CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL
Sumario: Excepción de Incompetencia: Rechazo. Excepción: Defecto Legal y Falta de Legitimación Activa: Afirmaciones Dogmáticas Sin Sustento Legal. Rechazo.
“…en cuanto a la excepción de falta de legitimación, nada se dice en las escasas cuatro líneas que, a este punto, le dedica el recurso deducido. La consabida existencia de dos sujetos demandados -v.gr. una S.R.L. y una persona física-, no es «per se», sin otro argumento, causa suficiente para acceder a esta defensa, dado que el código ritual posibilita esa forma de emplazamiento plural; máxime si se tienen en cuenta los términos en que fuera planteada la demanda.”
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA “C”
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL
Sumario: Titulo Ejecutivo - Convenio: Inhabilidad. Rechazo. Incumplimiento de Pagos: Contrato - Rescisión de Acuerdo. Reconocimiento de Deuda: Autosuficiencia – Habilidad de Título Art. 525 del Cód. Proc.
ordenamiento legal es menester, además de ser acreedor de una obligación exigible de dar cantidades líquidas de dinero, contar con un título que traiga aparejada ejecución. Esa relación del vínculo de derecho debe resultar del título. La fuerza ejecutiva de un documento debe nacer directamente de éste.”
“Analizada la cuestión desde esta óptica, estima esta Sala que el reconocimiento de deuda base de autos posee vocación de título ejecutivo en tanto la exigibilidad de la obligación -esto es, el pago de la suma en tres cuotas allí determinadas, como resultado de prestaciones ya realizadas- resulta de las cláusulas primera y segunda del documento, en el cual se estableció la mora automática del deudor. Y, no empece a ello lo establecido en las restantes cláusulas del convenio, en tanto resultan independientes del reconocimiento de deuda allí formulado”
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL
Sumario: Medida Cautelar - Contracautela: Sociedad de Hecho – Intervención Judicial de Sujeto No Demandado – Designación de Veedor. Acción de Disolución de la Sociedad. Sociedad Irregular: Socia - Carácter – Pruebas. Desestima el Recurso.
“Es del caso señalar en relación al reiterado fundamento invocado para pretender sostener el recurso (que la sociedad de hecho no se encuentra demandada), que ciertamente la doctrina no es pacífica en orden a la intervención de estas sociedades no constituídas regularmente.”
“Sin embargo, estima esta Sala que en el contexto fáctico planteado, no parece desacertado el temperamento adoptado por el a quo de nombrar un veedor con fundamento legal en el cpr:224, pues claro está, de los antecedentes arrimados surgiría cierto conflicto respecto del cual podría arrojar luz lo observado por el veedor.”
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Sumario: Excepción de Falsedad de Título – Planteo de Inconstitucionalidad: Rechazo. Pagaré: Inhabilidad de Título – Firma. Socio Gerente: Firma de Pagaré – Falta de Acreditación de la Representación - Falta de Prueba - Demanda Invocando tal Representación.
“…la alusión a que el recurrente no era representante de la sociedad demandada, no sólo no se ve acompañada de la prueba pertinente, sino que no se compadece con la circunstancia de que él mismo contestó la demanda invocando esa representación.”
“…el escueto y ambiguo planteo constitucional no se halla sustentado en la demostración de un perjuicio -actual o inminente- que pueda obedecer a las disposiciones impugnadas del código procesal, toda vez que el derecho que el apelante dice menoscabado se circunscribiría a la imposibilidad de oponer la falsedad del documento, lo cual tuvo lugar en autos, sin éxito de parte del excepcionante.”
«G.E.A. C/ O. S.R.L. S/ EJECUTIVO». Expediente Nº 70179.09
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Sumario: Presidente de S.A.: Planteo de Nulidad – Derecho de Defensa en Juicio. Resolución Administrativa de IGJ: Aplicación de Multa por Incumplimientos en la Presentación de Balances y Falta de Actualización de los Actuales Accionistas. Libros Societarios y Documentación Contable: Secuestrados - Allanamiento Juzgado Nacional Criminal de Instrucción. Solicitud de Prórroga para Cumplimiento Requerido por Órgano de Contralor – Nuevas Prórrogas – Otorgamiento – Intimación no Respondida – Constatación en la Sede – Libros Sociales – Intimación. Incumplimiento Comprobado – Falta de Actuación Diligente del Presidente. Rechazo del Recurso.
“…lo cierto es que no ha acreditado mínimamente en autos que hubiera cumplido, aunque sea en forma parcial con los requerimientos del organismo de contralor. Véase que a un año desde que se puso a su disposición, por el juez penal, de los libros de la sociedad, ésta no ha exhibió ningún registro a la inspectora que efectuó la constatación, y si bien se le otorgó un nuevo plazo de 24 horas para ello, tampoco surge de este sumario que la sociedad hubiera exhibido al organismo de contralor libro alguno en donde se hubiera efectuado las actualizaciones requeridas desde el año 2003.”
“Añádase, además, que tampoco se acompañó documentación alguna que demostrara las diligencias que estuviera efectuando el presidente de la sociedad, como representante de la administración de aquélla, para actualizar el registro de los accionistas -misivas, intimaciones, etc-.-“
“…se estima que se encuentra comprobado el incumplimiento endilgado por el organismo de contralor, y se aprecian acreditadas las razones por las cuales se impuso la sanción.”
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Sumario: Presidente de S.A.: Planteo de Nulidad – Derecho de Defensa en Juicio. Resolución Administrativa de IGJ: Aplicación de Multa por Incumplimientos en la Presentación de Balances y Falta de Actualización de los Actuales Accionistas. Libros Societarios y Documentación Contable: Secuestrados - Allanamiento Juzgado Nacional Criminal de Instrucción. Solicitud de Prórroga para Cumplimiento Requerido por Órgano de Contralor – Nuevas Prórrogas – Otorgamiento – Intimación no Respondida – Constatación en la Sede – Libros Sociales – Intimación. Incumplimiento Comprobado – Falta de Actuación Diligente del Presidente. Rechazo del Recurso.
“…lo cierto es que no ha acreditado mínimamente en autos que hubiera cumplido, aunque sea en forma parcial con los requerimientos del organismo de contralor. Véase que a un año desde que se puso a su disposición, por el juez penal, de los libros de la sociedad, ésta no ha exhibió ningún registro a la inspectora que efectuó la constatación, y si bien se le otorgó un nuevo plazo de 24 horas para ello, tampoco surge de este sumario que la sociedad hubiera exhibido al organismo de contralor libro alguno en donde se hubiera efectuado las actualizaciones requeridas desde el año 2003.”
“Añádase, además, que tampoco se acompañó documentación alguna que demostrara las diligencias que estuviera efectuando el presidente de la sociedad, como representante de la administración de aquélla, para actualizar el registro de los accionistas -misivas, intimaciones, etc-.-“
“…se estima que se encuentra comprobado el incumplimiento endilgado por el organismo de contralor, y se aprecian acreditadas las razones por las cuales se impuso la sanción.”
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Sumario: Extinción de Contrato de Edición: Inexistencia de Plazo. Editor: Incumplimiento de Normativa Vigente. Extensión Temporal del Vínculo: Cláusula Abusiva. Contrato Preimpreso o de Adhesión. Resolución Contractual: Falta de Prueba. Cláusula de Exclusividad: Violación - Falta de Prueba. Cesión: Límite Temporal. Incumplimiento de Contrato – Pacto Comisorio. Incumplimientos: Parcial – Total – Defectuoso. Prueba: Valoración – Rendición – Perito. Impresión de Ejemplares: Imprimieron mas de los Denunciados. Información Errónea. Tiraje de Ediciones – Ejemplares en Exceso. Resolución del Contrato: Procedencia,
“…resultó acreditado en esta causa que se imprimieron más ejemplares que los efectivamente denunciados. Esa distorsión -sobre la que me explayaré mas adelante- muestra a las claras que la información cursada a la autora ha sido errónea, por lo que cabe considerar que en modo alguno, responde a la condición de “fehaciente”.”
“En efecto, conforme surge del formulario nro. 407033 que en copia obra glosado en fs. 235, el 16.6.05 la editorial registró ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor la primera edición de la obra “T”. En dicha oportunidad y con carácter de declaración jurada, tanto el editor cuanto el impresor afirmaron que la cantidad de ejemplares impresos ascendía a 2.000.”
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Sumario: Extinción de Contrato de Edición: Inexistencia de Plazo. Editor: Incumplimiento de Normativa Vigente. Extensión Temporal del Vínculo: Cláusula Abusiva. Contrato Preimpreso o de Adhesión. Resolución Contractual: Falta de Prueba. Cláusula de Exclusividad: Violación - Falta de Prueba. Cesión: Límite Temporal. Incumplimiento de Contrato – Pacto Comisorio. Incumplimientos: Parcial – Total – Defectuoso. Prueba: Valoración – Rendición – Perito. Impresión de Ejemplares: Imprimieron mas de los Denunciados. Información Errónea. Tiraje de Ediciones – Ejemplares en Exceso. Resolución del Contrato: Procedencia.
“…resultó acreditado en esta causa que se imprimieron más ejemplares que los efectivamente denunciados. Esa distorsión -sobre la que me explayaré mas adelante- muestra a las claras que la información cursada a la autora ha sido errónea, por lo que cabe considerar que en modo alguno, responde a la condición de “fehaciente”.”
“En efecto, conforme surge del formulario nro. 407033 que en copia obra glosado en fs. 235, el 16.6.05 la editorial registró ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor la primera edición de la obra “T”. En dicha oportunidad y con carácter de declaración jurada, tanto el editor cuanto el impresor afirmaron que la cantidad de ejemplares impresos ascendía a 2.000.”
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Sumario: Extinción de Contrato de Edición: Inexistencia de Plazo. Editor: Incumplimiento de Normativa Vigente. Extensión Temporal del Vínculo: Cláusula Abusiva. Contrato Preimpreso o de Adhesión. Resolución Contractual: Falta de Prueba. Cláusula de Exclusividad: Violación - Falta de Prueba. Cesión: Límite Temporal. Incumplimiento de Contrato – Pacto Comisorio. Incumplimientos: Parcial – Total – Defectuoso. Prueba: Valoración – Rendición – Perito. Impresión de Ejemplares: Imprimieron mas de los Denunciados. Información Errónea. Tiraje de Ediciones – Ejemplares en Exceso. Resolución del Contrato: Procedencia.
“…resultó acreditado en esta causa que se imprimieron más ejemplares que los efectivamente denunciados. Esa distorsión -sobre la que me explayaré mas adelante- muestra a las claras que la información cursada a la autora ha sido errónea, por lo que cabe considerar que en modo alguno, responde a la condición de “fehaciente”.”
“En efecto, conforme surge del formulario nro. 407033 que en copia obra glosado en fs. 235, el 16.6.05 la editorial registró ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor la primera edición de la obra “T”. En dicha oportunidad y con carácter de declaración jurada, tanto el editor cuanto el impresor afirmaron que la cantidad de ejemplares impresos ascendía a 2.000.”
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Sumario: Extinción de Contrato de Edición: Inexistencia de Plazo. Editor: Incumplimiento de Normativa Vigente. Extensión Temporal del Vínculo: Cláusula Abusiva. Contrato Preimpreso o de Adhesión. Resolución Contractual: Falta de Prueba. Cláusula de Exclusividad: Violación - Falta de Prueba. Cesión: Límite Temporal. Incumplimiento de Contrato – Pacto Comisorio. Incumplimientos: Parcial – Total – Defectuoso. Prueba: Valoración – Rendición – Perito. Impresión de Ejemplares: Imprimieron mas de los Denunciados. Información Errónea. Tiraje de Ediciones – Ejemplares en Exceso. Resolución del Contrato: Procedencia.
“…resultó acreditado en esta causa que se imprimieron más ejemplares que los efectivamente denunciados. Esa distorsión -sobre la que me explayaré mas adelante- muestra a las claras que la información cursada a la autora ha sido errónea, por lo que cabe considerar que en modo alguno, responde a la condición de “fehaciente”.”
“En efecto, conforme surge del formulario nro. 407033 que en copia obra glosado en fs. 235, el 16.6.05 la editorial registró ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor la primera edición de la obra “T”. En dicha oportunidad y con carácter de declaración jurada, tanto el editor cuanto el impresor afirmaron que la cantidad de ejemplares impresos ascendía a 2.000.”
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