ASEGURADORES DE CAUCIONES S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS
CAMARA DE COMERCIANTES EN REPUESTOS DEL AUTOMOTOR
CONVOCATORIA A ASAMBLEA
CENTRO DE LA INDUSTRIA LECHERA
MINISTERIO DE SEGURIDAD
INFORMACIÓN SOBRE LOS HABERES DE OCTUBRE 2022
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL «JURISPRUDENCIA»
SALA J - “S J P C/T M R. Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS” JUZG N° 14
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS
Dispone que las SAS con domicilio en CABA deberán acreditar la existencia y veracidad del domicilio y sede social; la solicitud de apertura de todos los libros digitales contables y societarios obligatorios; y presentar sus estados contables correspondientes a los ejercicios económicos finalizados durante 2020, 2021, y, de corresponder, 2022. Transcurrido el plazo previsto por la resolución, se considerarán inactivas a las que no cumplan con lo dispuesto y no se dará curso a ninguna inscripción registral hasta tanto no se regularice la situación. Además, serán reportadas a la AFIP como sociedades presuntamente inactivas.