SUSTITUYE EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 37 DE LA RG IGJ 7/2015, INCORPORADO POR LA RG IGJ 49/2020.
Resolución General 3/2024
AGRAN S.A.
ESCISIÓN DE SOCIEDADES
LEAMA S.A., ISADRI S.A. y ADRIDRO S.A.
MARELUNGO S.A.
CERRO DESTINO S.A.I.C.A.
ESCISIÓN / FUSIÓN POR ABSORCIÓN
LAUNANIA S.R.L. - LA PISADA S.R.L.
RED HOTELERA IBEROAMERICANA S.A.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA
EVOLUCION S.G.R.
Resolución Particular N° 1090
Resolución General 1/2024 Deroga la RG IGJ 1/ 2022
Resolución General I.G.J. Nº 1/22 - Estableció que todo instrumento constitutivo, contrato social o estatuto de sociedad comercial que deba ser inscripto en el Registro Público a cargo de esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA debe incluir el plazo de duración de la sociedad, que no podrá exceder el plazo de 30 años a contar de su inscripción en el referido registro.