ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Administración Federal de Ingresos Públicos
ADUANAS
Resolución General 3571
Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Resoluciones Generales Nº 2.485 y Nº 2.758, sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma complementaria y modificatoria.
Bs. As., 16/12/2013
VISTO las Resoluciones Generales Nº 2.485 y Nº 2.758, sus respectivas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ADUANAS
Resolución General 3571
Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Resoluciones Generales Nº 2.485 y Nº 2.758, sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma complementaria y modificatoria.
Bs. As., 16/12/2013
VISTO las Resoluciones Generales Nº 2.485 y Nº 2.758, sus respectivas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ADUANAS
Resolución General 3571
Bs.As. 16/12/2013
Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Resoluciones Generales Nº 2.485 y Nº 2.758, sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma complementaria y modificatoria.
Bs. As., 16/12/2013
VISTO las Resoluciones Generales Nº 2.485 y Nº 2.758, sus respectivas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Destinaciones de exportación para consumo de gas natural. Determinación del valor imponible.
Bs. As.,29/8/2013 Resolución General 3526
Bs. As., 29/8/2013
VISTO la Actuación SIGEA Nº 13289-24566-2013 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Premio a la Innovación Aduanera - “Cadenas logísticas mundiales eficientes, seguras, transparentes y resistentes”. Su implementación.
Resolución General 3524
Bs. As., 28/8/2013
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12048-763-2013 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
AFIP -IMPUESTO A LAS GANANCIAS-
Rentas del Trabajo Personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas
Decreto Nº 1242
Bs. As., 29/8/2013
Resolución General 3525
EXPORTACIONES
Resolución General 3519
Bs. As., 5/8/2013
Valores referenciales de carácter preventivo. Resolución General Nº 2.716. Norma complementaria.
Bs. As., 5/8/2013
VISTO la Actuación SIGEA Nº 13707-55-2013 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
OBLIGACIONES IMPOSITIVAS DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ADUANERAS
Administración Federal de Ingresos Públicos
Resolución General N° 3516
Bs. As. 31/07/13
Procedimiento. Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades de pago para determinados sujetos. Requisitos, formas, plazos y de más condiciones.
Bs. As., 31/7/2013
Publicación en B.O.: 01/08/2013
VISTO el Artículo 32 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y
CONSIDERANDO:
Administración Federal de Ingresos Públicos
RESOLUCION GENERAL Nº 3509
Bs. As. 06 de junio de 2013
EXTERIORIZACION VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAIS Y EN EL EXTERIOR - Procedimiento. Ley Nº 26.860. Exteriorización Voluntaria de la Tenencia de Moneda Extranjera en el País y en el Exterior. Su reglamentación.
Publicado en el Boletín Oficial el 07/06/2013
VISTO el Régimen de Exteriorización Voluntaria de la Tenencia de Moneda Extranjera en el País y en el Exterior, establecido por la Ley Nº 26.860, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 18 de la citada ley dispone que esta Administración Federal reglamentará su Título II y dictará las normas complementarias que resulten necesarias para su aplicación.
Que en consecuencia procede el dictado de aquellas disposiciones necesarias para la aplicación de la ley mencionada en el Visto, facilitando el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los contribuyentes y/o responsables y posibilitando la adecuada utilización de los beneficios acordados por dicho régimen.
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS DE INGRESOS PÚBLICOS
RESOLUCION GENERAL Nº 3491
Bs. As. 29 de Abril de 2013
EGURIDAD SOCIAL - Programa de Simplificación y Unificación Registral. Creación de los Registros Especiales de la Seguridad Social. Resolución General Nº 2.988 y su modificatoria. Norma complementaria. Publicada en Boletín Oficial el 30/04/2013
VISTO el objetivo de esta Administración Federal —entre otros— de evitar maniobras de evasión y elusión, optimizando las acciones de control e induciendo a una mayor transparencia en las operaciones respectivas, y
CONSIDERANDO:
Art. 3° — Esta Administración Federal, en los casos que estime pertinentes, establecerá como requisito el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la presente. Su incumplimiento, además, estará sujeto a la aplicación de las sanciones que prevé la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.
Art. 4° — Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del primer día hábil del segundo mes posterior al de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación conforme para cada caso se indica a continuación:a) Personal de casas particulares (Apéndice I del Anexo): para las relaciones laborales existentes al 31 de mayo de 2013 y las que se inicien a partir de esa fecha. No obstante el plazo dispuesto en dicho Apéndice, la información referida a las relaciones de trabajo existentes a la mencionada fecha podrá suministrarse hasta el 30 de junio de 2013, inclusive.b) Vehículos de alquiler bajo la modalidad de auto-remis (Apéndice II del Anexo): para las relaciones laborales existentes al 30 de junio de 2013 y las que se inicien a partir de esa fecha. No obstante el plazo previsto en dicho Apéndice, la información podrá suministrarse hasta el 31 de julio de 2013, inclusive.
Art. 5° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Ricardo Echegaray.
ANEXO (Artículo 1°)
General Nº 2.988 y su modificatoria.
(Continuación)
APENDICE II - VEHICULOS DE ALQUILER BAJO LA MODALIDAD DE AUTO-REMIS1.
Sujetos alcanzadosDeberá inscribirse en el registro especial de Vehículos de Alquiler bajo la modalidad de Auto-remis, la agencia habilitada por la autoridad de aplicación para la prestación del servicio de viajes pactados con los locatarios, efectuada mediante automóviles de alquiler con chofer, debidamente autorizados.La obligación de informar los datos que se indican en el punto siguiente se cumplirá con independencia del encuadre previsional que corresponda otorgar a los choferes.
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