ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Dirección de Investigación Financiera.
Su creación.
Disposición 388 - Bs. As., 2/11/2011
NOVEDADES IMPOSITIVAS Y PREVISIONALES - BUENOS AIRES. INGRESOS BRUTOS. AGENTES DE RECAUDACIÓN. NUEVA OPERATORIA PARA LA PRESENTACIÓN Y PAGO DE LA DECLARACON JURADA. PRÓRROGA
Se prorroga al 1/9/2011 la aplicación obligatoria del nuevo procedimiento que deben realizar los agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos para la presentación y pago de la declaración jurada correspondiente, según lo dispuesto por resolución normativa (ARBA Bs. As.) 38/2011.
En este orden, los citados agentes de recaudación podrán utilizar en forma optativa el mencionado procedimiento respecto a retenciones y percepciones provenientes de operaciones efectuadas entre el 1/8/2011 y el 31/8/2011.
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO
Reporte Sistemático de Operaciones «on line»
VISTO el Expediente del Registro de esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA Nº 3267/2010, lo dispuesto en la Ley Nº 25.246 (B.O. 10/05/2000) y modificatorias, lo establecido en el Decreto Nº 290/07 (B.O. 29/03/2007) y modificatorio, y
CONSIDERANDO:
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO
Reporte Sistemático de Operaciones «on line»
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO
Profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Directiva sobre la Reglamentación del artículo 21, Incisos a) y b), de la Ley Nº 25.246 y modificatorias. Operaciones sospechosas. Modalidades, oportunidades y límites del cumplimiento de la obligación de reportarlas.
Resolución 65 - Bs. As., 20/5/2011
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO
Profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Directiva sobre la Reglamentación del artículo 21, Incisos a) y b), de la Ley Nº 25.246 y modificatorias. Operaciones sospechosas. Modalidades, oportunidades y límites del cumplimiento de la obligación de reportarlas.
Resolución 65 - Bs. As., 20/5/2011
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO
Profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Directiva sobre la Reglamentación del artículo 21, Incisos a) y b), de la Ley Nº 25.246 y modificatorias. Operaciones sospechosas. Modalidades, oportunidades y límites del cumplimiento de la obligación de reportarlas.
Resolución 65 - Bs. As., 20/5/2011
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO
Derógase la Resolución UIF 25/11.
Resolución 64 - Bs. As., 20/5/2011
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO
Exclúyese del artículo 2º, incisos a) y b), de la Resolución UIF Nº 39/2011 a los Despachantes de Aduana - Directivas e Instrucciones que deberán cumplir e implementar los Sujetos Obligados.
Resolución 63 - Bs. As., 20/5/2011
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO
Exclúyese del artículo 2º, incisos a) y b), de la Resolución UIF Nº 39/2011 a los Despachantes de Aduana - Directivas e Instrucciones que deberán cumplir e implementar los Sujetos Obligados.
Resolución 63 - Bs. As., 20/5/2011
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