- INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA - SISTEMAS DE CAPITALIZACION Y AHORRO
Resolución General 8/2005 Bs. As., 31/8/2005
Modifícanse las “Normas sobre Sistemas de Capitalización y Ahorro para Fines Determinados”, aprobadas por la
Resolución General Nº 26/2004.
- SOCIEDADES EXTRANJERAS - REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
Disposición Técnico Registral 1/2005 Bs.As., 19/8/2005
Adecuación de las sociedades extranjeras en los términos del artículo 124 de la Ley de Sociedades, conforme la Resolución General Nº 12/2003 de la Inspección General de Justicia. Inscripción de instrumentos portantes
de comunicaciones provenientes de la I.G.J.
APRUÉBANSE LAS NORMAS DE LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
RESOLUCIÓN GENERAL I.G.J. Nº 7/05. Bs.As.23-08-05
-ANEXO “A”-
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA: TASA ANUAL 2005 PARA SOCIEDADES COMERCIALES
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 540/2005 Bs.As.21-06-05
Fíjanse los vencimientos para el pago de la tasa anual establecida por el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 46/2001.
PRORROGA PARA LAS SOCIEDADES CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 6/2005 Bs. As. 30/05/2005
Prorrógase los plazos previstos en los artículos 7º y 8º de la Resolución General
Nº 2/2005 para la adecuación a la legislación argentina de determinadas sociedades constituidas en el exterior
NUEVA RESOLUCION DE LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA SOBRE SOCIEDADES EXTRANJERAS
Resolución General 5/2005 Bs. As. 27/4/2005
Inscripción de las citadas Sociedades en el Registro Publico de Comercio. Establécese que las mismas estarán dispensadas de la exigencia de acreditar la cancelación de su inscripción en el lugar de su constitución, incorporación o registro, en el caso de que acompañen dictamen de abogado o notario que demuestre que el derecho extranjero por el cual se han regido no contempla la posibilidad de dicha cancelación en las condiciones requeridas.
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA SOCIEDADES CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO
Resolución General 4/2005 Bs. As. 5/4/2005
Normas reglamentarias de resguardo de la eficacia del régimen normativo previsto en la Ley Nº 19.550, tanto para el emplazamiento de dichas sociedades como a la legitimación y publicidad del ejercicio de derechos por parte de las mismas.
SOCIEDADES EXTRANJERAS: NUEVA RESOLUCIÓN <
I.G.J.: Resol. Gral. Nº 3/05 - SOCIEDADES CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO - Establécese que para la inscripción en el Registro Público de Comercio prevista por el artículo 118, tercer párrafo, de la Ley Nº 19.550, la publicidad impuesta por el inciso 2) del mismo, cuando se trate de sociedades por acciones o de responsabilidad limitada o constituidas bajo un tipo desconocido por las leyes argentinas, deberá tener el contenido indicado en el artículo 10, incisos a) y b) de la citada Ley, en relación con el acto constitutivo de la sociedad y de las reformas al mismo, si las hubiere, en vigencia al tiempo de solicitarse la inscripción.
Se repite publicación del día 10-03-05 (en página web)
I.G.J.: Requisitos a cumplir por Soc.Ext. p/ser dispensadas Art. 1º de la Res.G. 7/03
SOCIEDADES CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO: Inscripción en el Registro Público de Comercio a los efectos de los artículos 118, párrafo tercero y 123 de la Ley Nº 19.550. Requisitos que deberán cumplir dichas sociedades para ser dispensadas de acreditar los extremos del artículo 1º de la Resolución General Nº 7/2003.
SOCIEDADES EXTRANJERAS: NUEVA RESOLUCIÓN
I.G.J.: Resol. Gral. Nº 3/05 - SOCIEDADES CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO
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