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Buenos Aires, Miércoles 24 de Abril de 2024
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20617


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Régimen de atención durante enero


INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Declaraciones Juradas. Registro de Entidades Inactivas. Creación. Bs. As., 12/12/2014 Resolución General 4/2014


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General N° 7/2005 Su Modificación. Resolución General 2/2014 Bs. As., 5/11/2014


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 1/2014 Bs. As., 8/4/2014 La Inspección requerirá acreditación sobre la actividad económica de las sociedades constituidas en jurisdicciones consideradas de baja o nula tributación y/o categorizadas como no colaboradoras en la lucha contra el “lavado de dinero” y el crimen transnacional. Los nuevos requisitos quedan establecidos en la Resolución 1/2014.


INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
REGIMEN DE ATENCIÓN DURANTE ENERO 2014 Resolución: 04 Bs.As. 2013 BUENOS AIRES, VISTO lo actuado en el Expediente N° 5092573/2660287 de! Registro de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, y el Anexo «A» de la Resolución General I.G.J. N°7 de 23 de agosto de 2005 («Normas de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA») y; CONSIDERANDO:


INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
SISTEMAS DE CAPITALIZACION Y AHORRO PARA FINES DETERMINADOS SISTEMAS DE CAPITALIZACION Y AHORRO PARA FINES DETERMINADOS -Modificación- Resolución General 3/2013 Bs. As., 10/10/2013 VISTO la Resoluciones Generales I.G.J. Nº 26/04 y 14/06 y sus modificatorias y la presentación efectuada por la CAMARA DE PLANES DE AHORRO PARA LA ADJUDICACION DE AUTOMOTORES (C.A.P.A.) en el expediente Nº 1534360/7048638, y CONSIDERANDO:


TASA ANUAL. VENCIMIENTO.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA Resolución 1385 Bs. As., 12/8/2013 VISTO el Expediente Nº S04:0027231/2013 del registro de este Ministerio, la Decisión Administrativa Nº 46 del 24 de abril de 2001, y CONSIDERANDO:


TASA ANUAL. FORMA EXCLUSIVA DE CÁLCULO Y EMISION DE BOLETA
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA SOCIEDADES COMERCIALES Resolución General Nº2 Bs. As., 21/8/2013 VISTO lo actuado en el Expediente Nº 5116463/7064098 del Registro de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, lo establecido en las Leyes Nº 22.315, Nº 25.237, el Decreto Nº 1493 de fecha 13 de diciembre del año 1982, las Decisiones Administrativas Nº 55 de fecha 18 de mayo del año 2000 y 46 del 24 de abril del año 2001 y la Resolución Nº 1385 de fecha 12 de agosto del año 2013 del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y CONSIDERANDO:


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA
Sumario: S.R.L..: Inscripción de Renuncia y Designación de Gerente – Protocolización del Acto de Reunión de Socios. Reunión de Socios: Presencia del Administrador Provisorio de Sucesión de Socio Fallecido – Contrato Ausencia de Cláusula de Incorporación de Herederos. Profesional Dictaminante: Quórum del 50 % del Capital Social – Representativa del Socio Sobreviviente. Quórum: 100 % del Capital Social. Votación: Empate. Mayorías Legales Art. 160 de la L.S.. Herederos: Participación en las Asambleas – Legitimación – Art. 155 de la L.S. y Art- 18 del Anexo XVI de la Resol. Gral. IGJ Nº 7/2005. Inscripción Denegada por Inexistencia de Cláusula Contractual que regule Procedimiento de Desempate. “El profesional dictaminante, hizo constar que la Reunión de Socios sesionó con quórum del CINCUENTA POR CIENTO (50 %) DEL CAPITAL SOCIAL y que se aprobó la moción con el voto positivo del socio sobreviviente (50 %) de votos, a pesar de la concurr4encia del Administrador de la Sucesión. Fundamenta su postura en la falta de previsión estatutaria respecto a la incorporación de herederos, sosteniendo que los intereses que representa el administrador provisorio de la sucesión corresponden a los derechos económicos y no a los derechos políticos y, que en consecuencia, la resolución social se adoptó por mayoría del capital presente en la reunión de socios conforme lo dispuesto por el artículo 160 de la Ley N° 19.550.”


INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA: Informa
Balances Se fija plazo para presentación de manifiestos realizados con SITIGJ 1.2.5 Los profesionales que cuenten con el manifiesto transmitido y certificado con la versión 1.2.5, tendrán tiempo hasta el día 15 de febrero para realizar la presentación en el organismo. La misma deberá ser acompañada por un manifiesto realizado mediante el SITIGJ V 2013, sin legalizar.


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