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Buenos Aires, Jueves 18 de Abril de 2024
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20613


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA: Informa Ley de tierras: debaten sobre procedimientos de control e intercambio de información por parte de los organismos registrales El tratamiento del tema tuvo lugar en la XIX Reunión Nacional de Organismos de Control de Personas Jurídicas y Registros Públicos de Comercio, que se lleva a cabo en Santa Fe. Expusieron representantes del Ministerio de Justicia y Derecho Humanos de la Nación. El Inspector General de Justicia, Marcelo Mamberti, el Subinspector General, Gustavo Varela, la directora del Registro Nacional de Sociedades (RNS), Silvina Martínez, el director de Entidades Civiles, Luciano Palacios, y autoridades del Registro Nacional de Tierras asisten a la primera de las dos jornadas que anualmente reúne a las autoridades de los organismos registrales de todo el país. El evento, que este año se lleva a cabo en Santa Fe, comenzó ayer y culminará hoy por la tarde.


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Modifícase la Resolución General Nº 2/12, relacionada con la obligatoriedad de presentación de una declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos. Resolución General Nº 9 - Bs. As., 11/5/2012


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA: Informa Ley de tierras: debaten sobre procedimientos de control e intercambio de información por parte de los organismos registrales El tratamiento del tema tuvo lugar en la XIX Reunión Nacional de Organismos de Control de Personas Jurídicas y Registros Públicos de Comercio, que se lleva a cabo en Santa Fe. Expusieron representantes del Ministerio de Justicia y Derecho Humanos de la Nación. El Inspector General de Justicia, Marcelo Mamberti, el Subinspector General, Gustavo Varela, la directora del Registro Nacional de Sociedades (RNS), Silvina Martínez, el director de Entidades Civiles, Luciano Palacios, y autoridades del Registro Nacional de Tierras asisten a la primera de las dos jornadas que anualmente reúne a las autoridades de los organismos registrales de todo el país. El evento, que este año se lleva a cabo en Santa Fe, comenzó ayer y culminará hoy por la tarde.


INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
INFORMA Entre Ríos interesado en el Registro Nacional de Sociedades Autoridades de la provincia adelantaron el interés de adherir al RNS. Tucumán, Mendoza, Jujuy, La Pampa, Río Negro, La Rioja, Chaco, Salta, Santa Cruz y Tierra del Fuego ya adhirieron. El RNS permitirá ordenar y compartir información entre los registros de todo el país. La Secretaria General de la Gobernación de Entre Ríos, Sigrid Kunath, y la Secretaria General del Ministerio de Gobierno provincial, Lucila Haidar, fueron recibidas en la IGJ por el Inspector General de Justicia, Marcelo Mamberti, el Subinspector General, Cr. Gustavo Varela, y la Directora del Registro Nacional de Sociedades (RNS), Silvina Martínez. El encuentro tuvo como el objetivo avanzar en la adhesión de la provincia a la Ley 26.047 de Registros Nacionales.


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
ANEXO VII DE LAS NUEVAS NORMAS DE I.G.J. « Informe sobre Estado de Capitales y su Aumento y Forma de Integración» Que el principio contable de la integridad o suficiencia establece que la información contenida en los estados contables debe ser completa e incluir todo aquello que sea necesario para representar la situación patrimonial. Que la transcripción de los resúmenes del rubro inventario en el Libro, cumplen ese principio de suficiencia e integridad que recepta la ciencia contable, debido a que la totalidad de los rubros del inventario estarían volcados al libro y la información detallada se podría complementar con la registrada en el ordenador, medio mecánico o magnético.


INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Fijan plazos para reactivar trámites precalificados en la IGJ La Inspección General de Justicia fijó el 1 de junio de 2012 como el plazo límite para dar impulso a los trámites precalificados que se encuentren inactivos por más de un año. Lo dispuesto por la Resolución IGJ (G) Nº 3/2012 apunta a resolver el problema de la acumulación de trámites precalificados que, ante la inacción de quienes los presentaron, quedan inconclusos y archivados, con observaciones que no son subsanadas. Desde el organismo dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Control Registral del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señalaron que “además de configurar un incumplimiento a las obligaciones legales, el cúmulo de actuaciones inconclusas ocasiona un serio perjuicio operativo al organismo, al abarrotar sus archivos”.


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA
Sumario: Inscripción de Disolución por Vencimiento de Plazo – Nombramiento de Liquidador – Denegado. Asamblea – Accionistas – Acciones al Portador – Tenencias del 100 % - Inexistencia de Autoridades y de Libros Rubricados. Accionistas: Encuadrar Presentación bajo el Artículo 83 de la Resol. Gral. IGJ Nº 7/05 “Carencia de libros de actas” – Inexistencia de Edictos – Asamblea Autoconvocada. RESOLUCIÓN I.G.J. Nº 97/2011


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Lavado de dinero: nueva resolución de IGJ Se trata de la Resolución General Nº 7/2012, modificatoria del Anexo II de la Resolución Nº 2 /2012, que establece la obligatoriedad de la presentación ante el organismo de una Declaración Jurada de las Personas Expuestas Políticamente (PEP). La nueva medida del organismo dependiente del Ministerio de Justicia y DDHH de la Nación tiene el objetivo de adaptar la propia normativa a los cambios introducidos por la Resolución Nº 52/2012 de la Unidad de Información Financiera (UIF). Esta resolución redefinió la nómina de las Personas Expuestas Políticamente, ampliando las funciones contempladas dentro de esta categoría.


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA
Sumario: Solicitud de Cambio de Sede Legal. I.G.J.: Notificación al Domicilio Real del Presidente – Intimación se Proceda a Denunciar el Domicilio Actual de la Sociedad – Visita de Inspección – Informe de Inspector surge la Falta de Funcionamiento de la Administración y Negocios de la Sociedad. AFIP: Informe de Domicilio – Coincidente con el Inscripto. Visita de Inspección al Domicilio Fiscal: Inexistencia de Administración y Negocios Sociales. Incumplimiento: Ejercicios Económicos – Tasas. Inexistencia de Actividad: Acreditación del Estado de Disolución. IGJ: Acción de Disolución – Art. 303 Ley 19.550 – Incumplimiento del Objeto Social. Intimación: Regularice Presentación de Estados Contables y Tasas Adeudadas. “Que si bien la causal de inactividad no se encuentra incluida expresamente en el artículo 94 de la Ley 19.550, como un supuesto de disolución de la sociedad, lo cierto es que la enumeración prevista no debe considerarse taxativa y que la inactividad ha sido comprendida, por reiterada jurisprudencia, dentro del supuesto previsto en el inciso 4º de dicha norma, en tanto prevé, como suficiente causal de disolución la imposibilidad sobreviviente de cumplir el objeto.”


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA
Sumario: Solicitud de Cambio de Sede Legal. I.G.J.: Notificación al Domicilio Real del Presidente – Intimación se Proceda a Denunciar el Domicilio Actual de la Sociedad – Visita de Inspección – Informe de Inspector surge la Falta de Funcionamiento de la Administración y Negocios de la Sociedad. AFIP: Informe de Domicilio – Coincidente con el Inscripto. Visita de Inspección al Domicilio Fiscal: Inexistencia de Administración y Negocios Sociales. Incumplimiento: Ejercicios Económicos – Tasas. Inexistencia de Actividad: Acreditación del Estado de Disolución. IGJ: Acción de Disolución – Art. 303 Ley 19.550 – Incumplimiento del Objeto Social. Intimación: Regularice Presentación de Estados Contables y Tasas Adeudadas. “Que si bien la causal de inactividad no se encuentra incluida expresamente en el artículo 94 de la Ley 19.550, como un supuesto de disolución de la sociedad, lo cierto es que la enumeración prevista no debe considerarse taxativa y que la inactividad ha sido comprendida, por reiterada jurisprudencia, dentro del supuesto previsto en el inciso 4º de dicha norma, en tanto prevé, como suficiente causal de disolución la imposibilidad sobreviviente de cumplir el objeto.”


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