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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Miércoles 27 de Marzo de 2024
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20601


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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NUEVAS NORMAS DE I.G.J.- RESOLUCIÓN GENERAL Nº 7/2005 - EDICION ACTUALIZADA
LAS NUEVAS NORMAS DE I.G.J. - RESOLUCIÓN GENERAL Nº 7/2005, ANEXOS Y REFORMAS INTRODUCIDAS Y LAS QUE SE INCORPORARÁN OPORTUNAMENTE


POLIZAS DE CAUCION EN 24 HS.
Directores y Gerentes - Solvencia Importadores y Exportadores - Alquileres - Judiciales. Antonio Sastre e Hijos SRL - Moreno 820 4º «R» (1091) C.A.B.A. TEL/FAX 4334-6517 antoniosastre@ciudad.com.ar www.antonio-sastre.com.ar


ANEXO VII DE LAS NUEVAS NORMAS DE LA I.G.J.
Comunicamos a nuestros lectores que se encuentra a la venta en nuestras oficinas el ANEXO VII DE LAS NUEVAS NORMAS DE I.G.J. Informe sobre Estado de Capitales y su Aumento y Forma de Integración


DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS
SOCIEDADES COMERCIALES Y ASOCIACIONES CIVILES: REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO


CLASIFICADOS
VENTAS BELGRANO Freire 2500. Excelente 2 amb. de categoría, cocina americana, balcón, frente muy luminoso, cochera optativa. JAI TOWERS (Tigre) Piso alto vista abierta. 2 amb. cocina-lavadero, baño completo, balcón. A estrenar. Edificio con SUM, yacuzzi, cafetería. Cochera optativa. CASA EN BELGRANO CHICO: Excelente Zona - 220 m2, pileta, jardín, parrilla, 3 dormitorios (1 suite c/vestidor).VENTA/ALQUILER.VENDIDO ALQUILERES Piso de categoría s/Av. Libertador 5400 PP 3 dormit(1 suite) living comedor apaisado a balcòn aterrazado, toilette, cocina comedor, dep.serv., cochera, baulera. SUM piscina. Amoblado. Ideal embajada, extranjeros. Importantísimo piso TORRE FARO PUERTO MADERO. 4 dormit. Ideal extranjeros, diplomáticos. BARRIO NORTE: oficina en Cerrito y Arenales. frente. 110mts. a/a vigilancia. categoría. (Alquilada) OPERACIONES INMOBILIARIAS PISOS-DEPTOS En Las Mejores Torres de la Ciudad: El Faro, Figueroa Alcorta. Obras Terminadas y en Construcción. OPERACIONES INMOBILIARIAS:Manuela Valls Tel: 4821-6034 / 15-4-470-5961


POLIZAS DE CAUCION EN 24 HS.
Directores y Gerentes - Solvencia Importadores y Exportadores - Alquileres - Judiciales.


ESTADO DE CAPITAL, AUMENTO E INTEGRACIÓN: NORMAS DE I.G.J.
ANEXO VII


REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO
Sociedades Comerciales y Asociaciones Civiles: El Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos – D.P.P.J. por Resolución 5/2008 establece el empadronamiento obligatorio de todas las sociedades comerciales y asociaciones civiles. El plazo dispuesto es a partir del 3 de marzo de 2008 al 25 de agosto de 2008


-SUSTITUCION DE REGISTROS CONTABLES LLEVADOS EN LIBROS MANUALES POR MEDIOS DE COMPUTACION - ARTICULO 61 LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES -
- CONSULTAS FRECUENTES - 1) Qué libros pueden ser sustituidos?: Diario y auxiliares ( subdiarios ) e Iva Compras e Iva Ventas. Sin variante para el libro Inventario y Balances. 2) Qué ley lo permite? La ley de sociedades Nº 19.550 modificada por Ley Nº 22.903, en su art. 61, no previsto en la normativa del Código de Comercio. 3) Qué organismo lo autoriza? La Inspección General de Justicia (Capital Federal), mediante la presentación del trámite correspondiente de acuerdo a lo establecido por el art. 83 de la Resol. Nº 6/80 de la I.G.J.. 4) Es eficaz medio de prueba? Sí, siempre y cuando se cuente con la autorización expresa del organismo de control (I.G.J.), mediante número de resolución fechada, la que se transcribirá conjuntamente con la descripción del sistema y modelos autorizados al Libro Inventario y Balances. 5) Es necesario presentar los listados periódicamente ante la I.G.J., para su intervención?. No, ante requerimiento de terceros, es válida la mencionada Resolución emitida por el organismo.. 6) La I.G.J. autoriza el sistema computarizado propuesto? No, autoriza diseño de listados. 7) Qué sistema de almacenamiento de datos puede ser presentado? Softward, medios ópticos (discos ópticos o CD Rom), microfichas, etc. 8) Se cumple con el art. 53 del Código de Comercio? Sí, porque con la autorización otorgada (símil rúbrica), los listados numerados correlativamente por ejercicio económico, deberán ser encuadernados por el sistema del cosido o pegado. En el caso de aplicarse el sistema de almacenamiento por CD ROM, ello no resulta necesario, previendo que ante requerimiento pueda ser impreso en papel.


-SUSTITUCION DE REGISTROS CONTABLES LLEVADOS EN LIBROS MANUALES POR MEDIOS DE COMPUTACION - ARTICULO 61 LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES -
- CONSULTAS FRECUENTES - 1) Qué libros pueden ser sustituidos?: Diario y auxiliares ( subdiarios ) e Iva Compras e Iva Ventas. Sin variante para el libro Inventario y Balances. 2) Qué ley lo permite? La ley de sociedades Nº 19.550 modificada por Ley Nº 22.903, en su art. 61, no previsto en la normativa del Código de Comercio. 3) Qué organismo lo autoriza? La Inspección General de Justicia (Capital Federal), mediante la presentación del trámite correspondiente de acuerdo a lo establecido por el art. 83 de la Resol. Nº 6/80 de la I.G.J.. 4) Es eficaz medio de prueba? Sí, siempre y cuando se cuente con la autorización expresa del organismo de control (I.G.J.), mediante número de resolución fechada, la que se transcribirá conjuntamente con la descripción del sistema y modelos autorizados al Libro Inventario y Balances. 5) Es necesario presentar los listados periódicamente ante la I.G.J., para su intervención?. No, ante requerimiento de terceros, es válida la mencionada Resolución emitida por el organismo.. 6) La I.G.J. autoriza el sistema computarizado propuesto? No, autoriza diseño de listados. 7) Qué sistema de almacenamiento de datos puede ser presentado? Softward, medios ópticos (discos ópticos o CD Rom), microfichas, etc. 8) Se cumple con el art. 53 del Código de Comercio? Sí, porque con la autorización otorgada (símil rúbrica), los listados numerados correlativamente por ejercicio económico, deberán ser encuadernados por el sistema del cosido o pegado. En el caso de aplicarse el sistema de almacenamiento por CD ROM, ello no resulta necesario, previendo que ante requerimiento pueda ser impreso en papel.


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