UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
Los Agentes o Corredores Inmobiliarios Matriculados y las Sociedades de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario; Integradas y/o administradas exclusivamente por agentes o Corredores Inmobiliarios Matriculados. Artículo 20, inciso 19, de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias.
Resolución 16 - Bs. As., 25/1/2012
UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
PREVENCION DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACION DEL TERRORISMO
Los Agentes o Corredores Inmobiliarios Matriculados y las Sociedades de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario; Integradas y/o administradas exclusivamente por agentes o Corredores Inmobiliarios Matriculados. Artículo 20, inciso 19, de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias.
Resolución 16/2012
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
PREVENCION DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACION DEL TERRORISMO
Los Agentes o Corredores Inmobiliarios Matriculados y las Sociedades de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario; Integradas y/o administradas exclusivamente por agentes o Corredores Inmobiliarios Matriculados. Artículo 20, inciso 19, de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias.
Resolución 16/2012 Bs. As., 25/1/2012
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. Artículo 20, inciso 15., de la Ley Nº 25.246 y modificatorias.
RESOLUCION 12/2012 Bs. As. 19/01/2012
Que el inciso 2. del artículo 13 de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias establece que es competencia de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA disponer y dirigir el análisis de los actos, actividades y operaciones que puedan configurar actividades de Lavado de Activos o de Financiación del Terrorismo y, en su caso, poner los elementos de convicción obtenidos a disposición del MINISTERIO PUBLICO, para el ejercicio de las acciones pertinentes.
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. Artículo 20, inciso 15., de la Ley Nº 25.246 y modificatorias.
RESOLUCION 12/2012 Bs. As. 19/01/2012
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA - REGLAMENTO GENERAL DEL SISTEMA DE PASANTÍAS EDUCATIVAS
Resolución 20/2012 Bs. As., 18/1/2012
Apruébase el Reglamento General del Sistema de Pasantías Educativas.
VISTO el Expediente Nº S01:0474744/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 26.427, la Resolución Conjunta Nº 825 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y Nº 338 del MINISTERIO DE EDUCACION de fecha 30 de septiembre de 2009, y
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. Artículo 20, inciso 15., de la Ley Nº 25.246 y modificatorias.
RESOLUCION 12/2012 Bs. As. 19/01/2012
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
PREVENCION DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACION DEL TERRORISMO
RESOLUCION 11/2012 Bs. As. 19/01/2012
Asociaciones Mutuales y Cooperativas reguladas por las Leyes Nº 20.321 y Nº 20.337, inciso 20., de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias.
DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVOS
DISPOSICION Nº 3 /2011 Bs.As. 17/01/12
SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR - IMPORTACIONES
DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACION
Resolución 1/2012 - Bs. As., 11/1/2012
VISTO el Expediente S01:0010739/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 5 de enero de 2012, la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS emitió la Resolución General Nº 3252, por medio de la cual se establece un régimen de información anticipada aplicable a todas las destinaciones definitivas de importación para consumo, a través de una DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE INFORMACION (DJAI).
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