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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Viernes 28 de Marzo de 2025
AÑO: LXXXI | Edicion N°: 20852


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA

MORATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE BALANCES Y DOCUMENTACIÓN CONTABLE
Hay tiempo hasta el 31/12/2025
La nueva moratoria, establecida por la Resolución General IGJ Nº 4/2025, permite a las entidades que se encuentren en mora con la presentación de sus balances y documentación contable, regularizar su situación a bajo costo y evitar sanciones. Hay tiempo hasta el 31 de diciembre de 2025 para adherirse.

¿A quién está dirigido?

Las entidades inscriptas en IGJ que adeuden las presentaciones de estados contables, o la documentación contable conforme la Resolución Conjunta N° 5289/2022 (IGJ-AFIP), en su caso, y la comunicación de las asambleas respectivas, correspondientes a los últimos 10 ejercicios anuales cerrados hasta el 31 de agosto de 2024.

Entidades alcanzadas:

- Sociedades por acciones.
- Sociedades de responsabilidad limitada cuyo capital alcance el importe determinado en el inciso 2) del artículo 299 de la Ley N° 19.550.
- Entidades constituidas en el extranjero inscriptas en los términos del artículo 118, tercer párrafo, de la Ley N° 19.550.
- Asociaciones civiles y fundaciones.

Quedan excluidas aquellas entidades con sanción firme de una o más multas por el incumplimiento en la presentación de estados contables, hasta tanto las mismas no hubieran sido abonadas y, en su caso, las costas generadas en el juicio de ejecución no hubieran sido saldadas.

¿Qué necesito?

Formularios de presentación. Se obtienen desde esta página web ingresando en "Formularios":

. Primer balance adeudado: Formulario PRESENTACIÓN FUERA DE TÉRMINO DE ESTADOS CONTABLES, según el tipo de entidad, debidamente timbrado.
. Balances adicionales adeudados: Formulario "PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES MORATORIA" (sin costo), uno por cada balance adicional que se presente.

Estados contables adeudados -con su documentación relacionada- correspondientes a los últimos 10 ejercicios anuales (cerrados desde el 31 de agosto de 2015 hasta el 31 de agosto de 2024).

Las fundaciones, además de presentar los estados contables adeudados, deberán acompañar: a) las reuniones de Consejo de Administración aprobatorias de los mismos; b) el plan trienal de acción por el trienio siguiente y c) la restante documentación exigida por el artículo 348 del Anexo A de la Resolución General I.G.J. N° 15/2024 en relación al último ejercicio contable concluido.

Desde la entrada en vigencia de la RG IGJ Nº 4/2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 quedarán suspendidos el inicio y la tramitación de procedimientos sumariales por incumplimiento de presentaciones de estados contables de las entidades obligadas, salvo en aquellos casos en los que el procedimiento sumarial debiera ser iniciado, tramitado o instruido, por orden judicial o denuncia de tercero interesado. Los procedimientos sumariales iniciados exclusivamente por falta de presentación de estados contables se archivarán una vez que la entidad incumplidora regularice su situación con los alcances previstos en lo dispuesto por la RG IGJ 4/2025.

¿Cómo hago?
Presentá los formularios del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.

¿Cuál es el costo?
La moratoria no tiene costo. Lo especificado a continuación refiere a los costos de los formularios de presentación fuera de término, según el tipo societario:

Sociedades por acciones
Sociedades no incluidas en el art 299 LSC: 30 módulos
Sociedades incluidas en el art 299 LSC: 67 módulos

Sociedades de responsabilidad limitada (cuyo capital alcance el importe determinado en el inciso 2) del artículo 299 de la Ley N° 19.550): 67 módulos


Vigencia
Hasta el 31 de diciembre de 2025.

Entidades constituidas en el extranjero inscriptas en los términos del artículo 118, tercer párrafo, de la Ley N° 19.550: 67 módulos

Asociaciones civiles
Asociación civil Categoría 1: 4 módulos
Asociación civil Categoría 2: 10 módulos
Asociación civil Categoría 3: 20 módulos

Fundaciones: 48 módulos

Vigencia
Hasta el 31 de diciembre de 2025.

Visitante N°: 34202880

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