GARANTIAS BIND S.G.R.
CUIT 30708609915
Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de Accionistas.
Se convoca a los Sres. Accionistas a la Asamblea General Extraordinaria de Garantías Bind SGR (la “Sociedad”) para el día 31 de octubre de 2024 a las 10 hs. en primera convocatoria, y para las 11 hs. en segunda convocatoria en Maipú 1210, piso 10 Sala 10E, CABA.
Orden del Día
1. Designación de dos socios para firmar el acta.
2. Consideración de la reforma de los artículos 3, 7, 11, 14, 15, 16, 31, 34, 38, 39, 47, y re-numeración de los artículos 48 a 61 inclusive.
3. Otorgamiento de autorizaciones.
Nota 1: El Registro de Acciones Escriturales de Garantías Bind SGR es llevado por Caja de Valores SA con domicilio en la calle 25 de Mayo 362, P.B., CABA. Para asistir a la Asamblea el socio deberá legitimarse con constancia emitida por la Caja de Valores SA para su inscripción en el Registro de Asistencia a Asamblea, en las oficinas sitas en la calle Maipú 1210, piso 10, CABA, hasta 3 días hábiles antes de la celebración en el horario de 9 a 17 horas. Asimismo, el accionista deberá comunicar su asistencia, hasta 3 días hábiles antes de la celebración de la asamblea, indicando un teléfono celular y dirección de correo electrónico a fin de ser contactado con relación al acto asambleario en caso de ser necesario. A sus efectos, quedan a disposición de los socios las siguientes direcciones de correo electrónico a través de las cuales, en su caso, se efectuarán las comunicaciones previstas: asambleasgr@bindgarantias.com.ar. Los socios podrán hacerse representar en la Asamblea por carta poder otorgada con firma certificada en forma judicial, notarial o bancaria. La documentación a considerar en la Asamblea se encuentra a disposición de los Señores Socios en las oficinas de Garantías Bind SGR en Maipú 1210, piso 10, CABA.
Nota 2.: La Asamblea asumirá el carácter de extraordinaria a los efectos de considerar el punto 6. y 7 del Orden del Día. De conformidad con lo establecido con en el artículo 44, inciso 2 de la Ley N° 24.467 modificada por su par N° 25.300, se detalla que la modificación del Estatuto Social que se propone consiste en: (a) La modificación del artículo 3º del estatuto: tiene por fin adaptar el texto del estatuto a los fines de prorrogar la vigencia de la sociedad, extendiendo la vigencia de la sociedad hasta el año 2099. (b) La modificación del artículo 7º del estatuto: tiene por fin adaptar el texto del estatuto a la normativa aplicable, que establece específicamente las condiciones para ser incorporado como socio partícipe, eliminando el inciso que presentaba la posibilidad de ingresar como socios partícipes a agentes y sociedades de bolsa. (c) La modificación del artículo 11º del estatuto: tiene por fin adaptar el texto del estatuto a la normativa aplicable, incorporando todos los supuestos posibles para la exclusión de socios y el procedimiento que poseen los distintos órganos sociales para gestionarlos, unificando en 60 días el plazo de regularización de exclusión y el supuesto normativo de mantener actualizada la información. (d) La modificación de los artículos 14°, 15º y 16° del estatuto: tiene por fin adaptar el texto del estatuto al capital social actual de la compañía, como así también adaptar el texto del estatuto al hecho que ahora la Sociedad se encuentra habilitada normativamente para otorgar garantías a terceros que no revistan el carácter de socios. Asimismo, buscar cambiar el formato de las acciones de escriturales a nominales, a los fines de agilizar la administración del Registro de Acciones. (e) La modificación del artículo 34º del estatuto: tiene por fin adaptar el texto del estatuto al plazo de mandato de los síndicos por 3 años, renovable. Se busca con este cambio aunar los plazos de los mandatos de los consejeros y los síndicos, y que todas las autoridades de la SGR posean un plazo de 3 años. (f) La modificación de los artículos 31, 38, 39 y 47º del estatuto: tiene por fin adaptar el texto del estatuto a la normativa vigente que permite distintas formas de reuniones de los órganos sociales (presenciales, virtuales o mixtas) y su formalización a actas. En la búsqueda de brindar continuidad a la sociedad, y considerando los avances tecnológicos actuales, la posibilidad de ampliar los formatos de las reuniones sería muy conveniente para la ágil formalización de las reuniones por los distintos órganos sociales. (g) La modificación de los artículos 48°, 49°, 50°, 51°, 52°, 53°, 54º, 55°, 56°, 57°, 58°, 59°, 60° y 61° del estatuto: tiene por fin adaptar el estatuto en la re numeración de los artículos, consecuencia de la incorporación del artículo 47°.
Nota 3.: Se informa a los socios que (i) el tratamiento por las modificaciones al Estatuto Social (punto 2 del Orden del Día) se encuentra sujeto a la previa aprobación por parte de la autoridad de aplicación a cada modificación propuesta del estatuto, y (ii) podrán examinar en el domicilio social el texto íntegro de las reformas estatutarias que se someterán a consideración y su justificación.
EL PRESIDENTE
Diario El Accionista
Fact: 2924 I:20/09/2024 V:26/09/2024