INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
RECTIFICA EL INC. A) DEL ARTÍCULO 1° DE LA RG IGJ 3/2023
Resolución General 4/2023
CABA, 03/03/2023
Ciudad de Buenos Aires, 10/03/2023
VISTO la Resolución General Nº 3/2023 de fecha 3 de marzo de 2023 del registro de esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, y,
CONSIDERANDO:
Que, en la Resolución General Nº 3/2023 se consignó de manera errónea en el Art. 1 Inc. a): “Para el ejercicio habitual de actos comprendidos en su objeto social, establecer sucursal asiento o cualquier otra especie de representación permanente en términos del art. 118, tercer párrafo de la Ley Nº 19.550 y cumplir con la obligación de la presentación de los regímenes informativos anuales conforme art. 6 de la presente Resolución”, siendo su texto correcto: “Inc. a) Para el ejercicio habitual de actos comprendidos en su objeto social deberán establecer sucursal asiento o cualquier otra especie de representación permanente en los términos del art. 118, tercer párrafo de la Ley Nº 19.550 y cumplir con lo dispuesto por los Arts. 5 y 6 de la presente Resolución.”
Por ello, y lo dispuesto por los artículos 4º, 11 y 21 de la Ley Nº 22.315 y los artículos 1º y 2º y concordantes del Decreto Nº 1493/82,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Rectifícase el Inc. a) del artículo 1º de la Resolución General I.G.J. Nº 3/2023 del 3 de marzo de 2023, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera:
“a) Para el ejercicio habitual de actos comprendidos en su objeto social deberán establecer sucursal asiento o cualquier otra especie de representación permanente en los términos del art. 118, tercer párrafo de la Ley Nº 19.550 y cumplir con lo dispuesto por los Arts. 5 y 6 de la presente Resolución.”
ARTÍCULO 2º: Regístrese como Resolución General. Publíquese. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Comuníquese a las Direcciones y Jefaturas de los Departamentos y respectivas Oficinas del Organismo y al Ente de Cooperación Técnica y Financiera, solicitando a éste ponga la presente resolución en conocimiento de los Colegios Profesionales que participan en el mismo. Para los efectos indicados, pase a la Delegación Administrativa. Oportunamente, archívese.
Ricardo Augusto Nissen
e. 13/03/2023 N° 15053/23 v. 13/03/2023
Fecha de publicación 13/03/2023