Atención al público y publicaciones:

San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Miércoles 14 de Diciembre de 2022
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20601


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA

PRESENTAR EL PLAN DE REGULARIZACIÓN DE ASOCIACIONES CIVILES - RG IGJ 37/2020
Si tenés una asociación civil con objeto específico y que adeuda estados contables, inscripción de autoridades y sede social, tenes tiempo hasta el 31/12/2022 para ponerte al día.

El trámite es gratuito y no necesita de dictamen profesional.

A través del Plan de Regularización, las asociaciones civiles cuyos objetos principales se encuentren comprendidos en la norma podrán actualizar sus autoridades, su sede social y presentar sus estados contables, como así también la rúbrica de libros.
Los trámites previstos para la regularización bajo la RG IGJ 37/20 deben presentarse de manera unificada en una sola oportunidad y no poseen costo.
Este trámite no requiere de dictamen de precalificación profesional.

¿A quién está dirigido?

+ Asociaciones civiles de primer grado cuyo objeto principal sea la promoción y atención de derechos económicos, sociales y culturales de grupos vulnerables y/o comunidades étnicas que presenten condiciones de pobreza y vulnerabilidad.
+ Asociaciones civiles de primer grado cuyo objeto principal sea la promoción y atención de cuestiones de género.
+ Asociaciones civiles de primer grado cuyo objeto principal sea la actuación como cooperadoras de establecimientos educativos, hospitalarios u otros que provean servicios a la comunidad.
+ Clubes sociales y deportivos.
+ Centros de jubilados.
+ Bibliotecas populares.
+ Espacios culturales independientes.
+ Organismos de derechos humanos que combatan delitos de lesa humanidad.

¿Qué necesito?

+ Formulario de actuación denominado «PLAN DE REGULARIZACIÓN ASOCIACIONES CIVILES por Res.37/2020». Para obtener el formulario ingresá en Formularios IGJ, completá los datos, descargalo, y presentalo junto al resto de la documentación.

+ Nota firmada por el Presidente y Secretario manifestando que la entidad se encuentra dentro del universo comprendido de la Resolución General IGJ 37/2020 y que desea someterse al PLAN DE REGULARIZACIÓN.

+ Copia de DNI del presidente y del secretario.

Para inscribir autoridades:

· Una de las siguientes opciones:
a) primer testimonio de la escritura pública;
b) instrumento privado original con firmas del presidente y el secretario de la entidad certificadas por escribano público u otro funcionario competente o se ratifiquen personalmente en la Inspección General de Justicia (se deberá cumplir con los recaudos del inciso 2 del artículo 37 de la RG IGJ 07/15;
c) forma alternativa del artículo 37 RG IGJ 07/15. Si la entidad carece de libros deberás proceder conforme al artículo 422 RG IGJ 07/15.

· Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente. Debe ser presentada por los administradores y miembros del órgano de fiscalización.

· Nómina de los miembros titulares y suplentes de la comisión directiva y del órgano de fiscalización, indicando su nombre y apellido, documento de identidad, CUIT o CUIL, domicilio real, cargo y duración del mismo. En caso de cesación de miembros, deberá incluirse la nómina de miembros titulares y suplentes que han cesado en el ejercicio de sus cargos por finalización de mandatos, renuncia o fallecimiento, indicando nombre y apellido y documento de identidad. La nómina debe estar firmada alternativamente por i) presidente y secretario. Acompañar copias de tamaño normal y protocolar (margen ancho 8 cm).

· Declaración jurada de los miembros titulares y suplentes de la comisión directiva y del órgano de fiscalización, mediante la cual constituyen domicilio especial y manifiestan que no se encuentran comprendidos en inhabilidades o incompatibilidades legales o reglamentarias para ejercer dichos cargos. No será necesaria si está incluido en el acta.
Para presentar Estados Contables:

Las entidades deberán presentar los estados contables y comunicar las asambleas de asociados respectivas correspondientes a los últimos 5 vencimientos anuales operados hasta la fecha de inicio del trámite, sin perjuicio de presentaciones de documentación correspondiente a períodos anteriores que voluntariamente quisieran aportar.
Además del formulario, la nota y las copias de los DNI del presidente y del secretario, deberás acompañar:

· Transcripción del Acta de la reunión del órgano de administración en la que se decidió convocar a la Asamblea y en la que se aprobó la documentación o asunto a considerarse en ésta y el orden del día correspondiente, firmada por el representante legal en original.

· Un ejemplar de los Estados Contables firmados por el representante legal en original, con Informe de Auditoría –cuya firma del Contador Público deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- y del órgano de fiscalización. Asimismo, se deberá acompañar el inventario anual exigido por el art. 391 del Anexo «A» de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15.

· Copia de la Memoria firmada por el representante legal en original.

· Copia del Informe del Órgano de fiscalización, con firma original de sus integrantes.

· Circular, y en su caso, avisos de publicación de la convocatoria a la Asamblea, previsto por las disposiciones estatutarias.
· Transcripción del Acta de la Asamblea Ordinaria en la que se aprobaron los Estados Contables y la Memoria del ejercicio económico correspondiente al ejemplar presentado, firmada por el representante legal en original. Además, se deberá acompañar constancia que acredite la asistencia de los asociados discriminando su número total y el número de los que asistieron con derecho a voto a la Asamblea, debiendo constar también si la Asamblea fue realizada en primera o en segunda convocatoria.
· En caso de corresponder, se deberá presentar la Declaración jurada sobre licitud y origen de los fondos.

¿Cómo hago?

1. Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.

2. Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.

3. Una vez culminado el proceso de regularización, la Inspección General de Justicia expedirá la certificación o testimonio que corresponda, conjuntamente con un certificado de vigencia de la entidad.
Las asociaciones que se encontraran en el Registro de Entidades Inactivas y adhieran al Plan de regularización serán excluidas del mismo, sin costo arancelario para la entidad.


¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito


Vigencia

El plan vence el 31 de diciembre de 2022.


Información complementaria

Resolución General IGJ 37/2020, y sus prórrogas: Resolución General IGJ 7/21 y Resolución General IGJ 5/22

Visitante N°: 26151492

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