INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - TRAMITES DURANTE EL MES DE ENERO DE 2006 -
1 – Trámites correspondientes al Area Intervención y Rúbrica de Libros:
a) Trámites urgentes: de 11:00 a 12:00 hs.
b) Restantes trámites: de 12:00 a 14:00 hs.
2 – Trámites correspondientes al Departamento Precalificación:
a) Trámites urgentes: de 9:30 a 11:00 hs.;
b) Restantes trámites: de 11:00 a 14:00 hs.
3 – Demás trámites del organismo que se recepcionen: de 11:00 a 14:00 hs.
RECEPCIÓN DE TRÁMITES: SALVEDADES Y EXCEPCIONES:
I – Trámites registrales “urgentes”; estados contables; oficios; concurrencia de inspectores a actos de entidades.
1) Trámites registrales “urgentes” del Departamento Precalificación: se recibirán únicamente:
a) Constitución de sociedades;
b) Cambio de sede social;
c) Nombramiento y cesación de autoridades sociales.
Si en estos trámites correspondiere conferir vista por aplicación de la Resolución General I.G.J. Nº 9/05, se entregará al interesado copia de la mencionada vista para que el mismo la presente directamente al Departamento Contable, lo que supondrá pedido de pronto despacho a proveerse por dicho Departamento dentro del siguiente día hábil.
2) Presentación de estados contables: se receptarán y cursarán normalmente, en el horario indicado en el inciso 3) del artículo 1º.
3) Oficios: únicamente se receptarán y dará curso a su contestación a los que tengan carácter de urgente.
Se entenderá por tales a: a) los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte del auto ordenatorio o del cuerpo del despacho; b) los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materias penales y correccional; c) los provenientes de organismos instructorios en materia penal; d) todo otro que por razonable analogía se pueda considerar tal.
4) Solicitud oportuna de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración: se receptarán las presentadas con la antelación prevista en la normativa vigente, supeditándose la concurrencia al acto a la disponibilidad de inspectores en la oportunidad correspondiente.
II – Salvo que se invoque debidamente la existencia de razones concretas de urgencia:
1) No se recibirán:
a) requerimientos de organismos administrativos de cualquier clase;
b) pedidos de copias de estados contables;
c) pedidos de expedición de testimonios y certificados, ni de desarchivo y/o consulta de actuaciones de cualquier clase;
d) presentaciones encuadradas en el convenio suscripto por la I.G.J. con la Dirección de Deportes del Gobierno de la C.A.B.A.;
e) Trámites registrales “urgentes” distintos de los indicados en el inciso 1) del apartado anterior, en los que, en su caso, también se procederá en la forma indicada en el segundo párrafo de dicho inciso.
1) El plazo para proveer denuncias estará suspendido durante enero de 2006 y se reanudará también automáticamente el 1º de febrero de 2006. Sin perjuicio de ello podrá disponerse su tramitación en caso de requerirlo el ejercicio inmediato de medidas propias de la fiscalización permanente sobre sociedades comprendidas en los arts. 299 y 301 de la ley 19.550, 8º de la ley 22.315, asociaciones civiles, fundaciones o entidades comprendidas en el art. 9º de la citada ley 22.315, como así también en el caso de denuncias en el marco de la Resolución General I.G.J. Nº 8/03.
2) Solicitud tardía de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración: se dará curso a las efectuadas sin cumplir con la anticipación prevista en la normativa vigente siempre que de las razones de urgencia que se invoquen surjan también, concretamente, las razones por las cuales no haya sido posible efectuar oportunamente el pedido. La concurrencia también estará supeditada a la disponibilidad de inspectores en la oportunidad correspondiente.
En el caso de entidades sujetas a fiscalización permanente, podrá dispensarse la exigencia mencionada en el párrafo anterior si lo justifica la situación y/o la importancia del acto sujeto a fiscalización.
4) Salvo en trámites del Departamento Precalificación, no se dará curso a contestaciones de vistas, emplazamientos, intimaciones o requerimientos notificados con anterioridad al 31 de diciembre de 2005. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del día 30 de diciembre y se reanudará también automáticamente el 1º de febrero de 2006.
Se exceptúan las notificaciones por cédula que la Inspección General de Justicia disponga efectuar durante dicho lapso, en las cuales deberá aclararse expresamente el curso del plazo.
5) No se recibirán nuevos trámites de entidades comprendidas en el art. 9º de la ley 22.315 (entidades de capitalización y ahorro para fines determinados).
PLAZOS SUSPENDIDOS, SALVO QUE SE INVOQUE DEBIDAMENTE RAZONES DE URGENCIA
A partir del 26 de diciembre de 2005 no se recibirán presentaciones de nuevos trámites de sociedades extranjeras, ni presentaciones para la prosecución de los que estén en curso, correspondientes a la Oficina de Sociedades Extranjeras y Asuntos Especiales. Respecto de trámites ingresados a dicha Oficina con anterioridad, sus plazos de sustanciación se suspenderán a partir del 30 de diciembre de 2005 y hasta el 1º de febrero de 2006, salvo que se aleguen razones de urgencia, en cuyo caso, los trámites se sustanciarán con intervención de dicha Oficina y, en su caso de requerirse, del Departamento Contables, asignándose la firma en la forma que disponga el Subinspector General (int.).
BIBLIOTECA: permanecerá cerrada al público durante enero de 2006.
(Resol. Interna de IGJ Nº 53/05 del 22-12-2005 - Dr. Hugo Enrique Rossi - Subinspector General de Justicia (int.) a cargo de la Inspección General de Justicia)