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Buenos Aires, Lunes 06 de Septiembre de 2021
AÑO: LXXXI | Edicion N°: 20876


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES (UBA)

Apruébese el Reglamento para el uso del Sistema de Gestión Documental Electrónica de la Universidad de Buenos Aires

Resolución 940/2021
Ciudad de Buenos Aires, 26/08/2021

VISTO

El Capítulo F CÓDIGO.UBA I-3, el Capítulo H CÓDIGO.UBA I-3, I CÓDIGO.UBA I-3, y;

CONSIDERANDO

Que en virtud de lo reglado en el Capítulo F CÓDIGO.UBA I-3 se implementó el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes electrónicos de la Universidad de Buenos Aires.

Que el Capítulo H CÓDIGO.UBA I-3 establece que toda presentación y/o solicitud a esta Casa de Altos Estudios debe ser realizada a través de la plataforma “Trámites a Distancia de la Universidad de Buenos Aires”, con excepción de las presentaciones y/o solicitudes cursadas a través de GDE-UBA por usuarios internos o externos y oficios judiciales diligenciados a través de la Plataforma “Diligenciamiento Electrónico de Oficios a Organismos Externos al Poder Judicial” reglamentada mediante Acordada 15/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Que el Capítulo I CÓDIGO.UBA I-3 reglamenta los trámites a distancia (TAD) para extranjeros.

Que para una más eficiente y eficaz aplicación del Sistema de Gestión Documental Electrónica de la Universidad de Buenos Aires y una correcta gestión digital de las actuaciones resulta necesario reglamentar los términos y condiciones de utilización, a través de dictado del presente Reglamento para el uso del Sistema de Gestión Documental Electrónica de la Universidad de Buenos Aires GDE-UBA.

Que, asimismo, resulta procedente aprobar el Reglamento para el uso de la Plataforma “Trámites a Distancia de la Universidad de Buenos Aires” (TAD-UBA).

Que resulta indispensable albergar la totalidad de los documentos generados y alojados en el Sistema de Gestión Documental Electrónica de la Universidad de Buenos Aires (GDE-UBA) en un único repositorio centralizado que garantice su integridad, resguardo, accesibilidad, disponibilidad, perdurabilidad, inmutabilidad e inalterabilidad, por lo que deviene procedente la creación del Repositorio Único de Documentos Oficiales de la Universidad de Buenos Aires.

Que, asimismo y en orden de mantener y mejorar el CODIGO.UBA, se propone la reclasificación de algunos capítulos correspondientes al Título 3, que pasaran a otros títulos, por lo que corresponde realizar las adecuaciones al encuadramiento oportunamente aprobado.

Lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento.

Lo dispuesto por este Consejo Superior en su sesión del día 25 de agosto de 2021.

Por ello, y en uso de sus atribuciones,

El CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Apruébese el Reglamento para el uso del Sistema de Gestión Documental Electrónica de la Universidad de Buenos Aires (GDE-UBA) que como Anexo I (ACS-2021-227-UBA-SG#REC) integra la presente, encuadrándose en el Capítulo B CÓDIGO.UBA I-59.

ARTÍCULO 2º. Apruébese el Reglamento para el uso de la Plataforma “Trámites a Distancia de la Universidad de Buenos Aires” (TAD-UBA), que como Anexo II (ACS-2021-226-UBA-SG#REC) forma parte integrante de la presente Resolución, encuadrado en el Capítulo C CÓDIGO.UBA I-59.

ARTÍCULO 3°. Reclasificar el Capítulo F CÓDIGO.UBA I-3 como Capítulo A CÓDIGO.UBA I-59.

ARTÍCULO 4°. Reclasificar el Capítulo H CÓDIGO.UBA I-3 como Capítulo D CÓDIGO.UBA i-59.

ARTÍCULO 5°. Reclasificar el Capítulo I CÓDIGO.UBA I-3 como Capítulo E CÓDIGO.UBA I-59.

ARTÍCULO 6°. Reclasificar el Capítulo J CÓDIGO.UBA I-3 como Título 60 CÓDIGO.UBA I.

ARTÍCULO 7º. Regístrese, comuníquese a las Unidades Académicas, al Ciclo Básico Común, a los Hospitales e Institutos Asistenciales, a los Establecimientos de Enseñanza Secundaria, a la Auditoría General de la Universidad, a las Secretarías del Rectorado y Consejo Superior y por su intermedio a todas sus dependencias. Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Mariano Genovesi - Alberto Barbieri

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/09/2021 N° 63265/21 v. 02/09/2021

Fecha de publicación en Boletín Oficial 02/09/2021

Visitante N°: 34800303

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