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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Martes 23 de Febrero de 2021
AÑO: LXXXI | Edicion N°: 20876


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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NOVEDADES IMPOSITIVAS

1- IMPUESTO A LAS GANANCIAS. PROCEDIMIENTO FISCAL. SE UNIFICAN EN UN SOLO CUERPO NORMATIVO LAS DISPOSICIONES RELACIONADAS CON LOS MUTUOS HIPOTECARIOS

2- FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. FACTURAS DE CRÉDITO ELECTRÓNICAS MIPYMES. SISTEMA DE CIRCULACIÓN ABIERTA. ADECUACIÓN

3- MONOTRIBUTO. SE EXTIENDE A MARZO DE 2021 LA SUSPENSIÓN DE LA BAJA DE OFICIO Y LAS BAJAS AUTOMÁTICAS POR FALTA DE PAGO

4- PROCEDIMIENTO FISCAL. SE PRORROGA LA VIGENCIA TRANSITORIA DEL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE PARA ACCEDER A MAYORES BENEFICIOS EN LOS PLANES HASTA EL 31 DE MARZO DE 2021

5- PROCEDIMIENTO FISCAL. RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS Y NO FINANCIEROS. SE ADECUA EL CONCEPTO DE BENEFICIARIO FINAL Y SE EXTIENDE EL PLAZO DE INFORMACIÓN

6- PROCEDIMIENTO FISCAL. RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE PARTICIPACIONES SOCIETARIAS. PRÓRROGA PARA IDENTIFICAR A BENEFICIARIOS FINALES

7- PROCEDIMIENTO FISCAL. MORATORIA AMPLIADA 2020. SE PRORROGA AL 17 DE FEBRERO DE 2021 EL RÉGIMEN DE INFORMACIÓN

8- MONOTRIBUTO. SE INCORPORA LA PROVINCIA DE SALTA AL SISTEMA ÚNICO TRIBUTARIO

9- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. CONTROLADORES FISCALES. HOMOLOGACIÓN DE EQUIPO DE NUEVA TECNOLOGÍA

10- IDENTIFICACIÓN DEL CONSUMIDOR FINAL

11- SANTA FE. MODIFICACIONES A LA LEY IMPOSITIVA Y AL CÓDIGO FISCAL. RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA Y OTRAS NOVEDADES

12- BUENOS AIRES. REGLAMENTACIÓN DE LA EXENCIÓN EN EL PAGO DE INGRESOS BRUTOS PARA DETERMINADAS ACTIVIDADES EN LOS PERÍODOS 7/2020 A 12/2020

13- TUCUMÁN. APROBACIÓN DEL PROGRAMA APLICATIVO SIAPRE. VERSIÓN 6.0, RELEASE

14- TUCUMÁN. INCREMENTO ALÍCUOTA DE INGRESOS BRUTOS PARA LOS SERVICIOS FINANCIEROS E INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. PROCEDIMIENTO FISCAL. SE UNIFICAN EN UN SOLO CUERPO NORMATIVO LAS DISPOSICIONES RELACIONADAS CON LOS MUTUOS HIPOTECARIOS

La AFIP reúne en un solo cuerpo normativo la totalidad de las disposiciones relacionadas con los requisitos, plazos y demás condiciones que deben observar los sujetos que revisten el carácter de acreedores de mutuos hipotecarios, así como también el régimen de retención del impuesto a las ganancias aplicable cuando no se verifica la acreditación fiscal. Señalamos que, se incorpora el servicio «Presentaciones Digitales» para presentar el formulario de declaración jurada 980 de «Acreditación Fiscal». Las presentes disposiciones entran en vigencia a partir del 29 de enero de 2021
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4920
BO: 29/01/2021

FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. FACTURAS DE CRÉDITO ELECTRÓNICAS MIPYMES. SISTEMA DE CIRCULACIÓN ABIERTA. ADECUACIÓN

Se incorpora a la reglamentación vigente de las Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs las normas referidas a la alternativa de negociación de las mismas en el Sistema de Circulación Abierta que implementa el Banco Central de la República Argentina. 6 Recordamos que la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores autorizó al Banco Central de la República Argentina a implementar el «Sistema de Circulación Abierta para Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs» para la circulación extrabursátil, negociación, transmisión y cancelación de las facturas.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4919
BO: 29/01/2021

MONOTRIBUTO. SE EXTIENDE A MARZO DE 2021 LA SUSPENSIÓN DE LA BAJA DE OFICIO Y LAS BAJAS AUTOMÁTICAS POR FALTA DE PAGO

Se extiende la suspensión de las bajas de oficio, no realizando hasta el 1ero de abril de 2021 los controles sistémicos que se aplican habitualmente a tal fin por los ingresos obtenidos hasta el mes de marzo de 2021. Asimismo, se suspenden transitoriamente las bajas por falta de pago, no computándose los meses de enero a marzo de 2021 como meses a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4918
BO: 28/01/2021

PROCEDIMIENTO FISCAL. SE PRORROGA LA VIGENCIA TRANSITORIA DEL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE PARA ACCEDER A MAYORES BENEFICIOS EN LOS PLANES HASTA EL 31 DE MARZO DE 2021

Se prorroga al 31 de marzo de 2021 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente en relación con los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4917
BO: 28/01/2021

PROCEDIMIENTO FISCAL. RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS Y NO FINANCIEROS. SE ADECUA EL CONCEPTO DE BENEFICIARIO FINAL Y SE EXTIENDE EL PLAZO DE INFORMACIÓN

Se adecua el concepto de «Beneficiario Final» en el marco del régimen de información de fideicomisos financieros y no financieros. En este orden se establece quienes serán considerados como beneficiarios finales y se aclara, entre otros puntos, que en el caso que el mismo no participe en forma directa en el patrimonio fideicomitido o en el 7 control del fideicomiso se deberá informar el primer nivel que conforme la cadena de participaciones en el país entre el beneficiario final y el fideicomiso. En el caso de entidades radicadas o ubicadas en el exterior será obligatorio adjuntar toda la cadena de participaciones. Asimismo se prorroga el plazo de presentación del régimen de información correspondiente al año 2019 y se fija el siguiente cronograma: - Agentes de información que posean hasta 50 beneficiarios finales a informar: 30 de abril de 2021. - Agentes de información que posean más de 50 y hasta 500 beneficiarios finales a informar: 15 de mayo de 2021. - Agentes de información que posean más de 500 beneficiarios finales a informar: 31 de mayo de 2021. RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4912 BO: 26/01/2021

PROCEDIMIENTO FISCAL. RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE PARTICIPACIONES SOCIETARIAS. PRÓRROGA PARA IDENTIFICAR A BENEFICIARIOS FINALES

Se prorroga el plazo de presentación del régimen de información anual de participaciones societarias conforme al siguiente detalle:

Agentes de información que deban declarar participaciones y/o beneficiarios finales / Fecha de vencimiento
Hasta 50 sujetos 19/2/2021
Desde 51 a 500 sujetos 5/3/2021
Mas de 500 sujetos 19/3/2021

Señalamos que la presente prórroga no es abarcativa de la información que las personas humanas y sucesiones indivisas del país deben suministrar sobre participaciones en entidades del exterior; ni comprende la información referida a rentas pasivas.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4911
BO: 26/01/2021

PROCEDIMIENTO FISCAL. MORATORIA AMPLIADA 2020. SE PRORROGA AL 17 DE FEBRERO DE 2021 EL RÉGIMEN DE INFORMACIÓN

Se oficializa la prórroga al 17 de febrero de 2021 del régimen de información correspondiente a los sujetos que se adhieran a la moratoria.
Con respecto al régimen de información, recordamos que los sujetos que se adhieran a la moratoria deberán informar con carácter de declaración jurada, los socios, accionistas y/o similares, titulares de por lo menos el 30% del capital social y/o similar, al 26 de agosto de 2020, y los sujetos alcanzados por el requisito de repatriación -dispuesto por el art. 8 de la L. 27541- deberán informar, con carácter de declaración jurada, el monto total de los activos financieros situados en el exterior que posean a la citada fecha.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4910
BO: 26/01/2021

MONOTRIBUTO. SE INCORPORA LA PROVINCIA DE SALTA AL SISTEMA ÚNICO TRIBUTARIO

Se incorpora en el “Sistema Único Tributario” a aquellos sujetos con domicilio fiscal en la jurisdicción de la Provincia de Salta, adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) -previsto en el Anexo de la L. 24977- y a su vez alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto a las Actividades Económicas, a fin de simplificar la recaudación conjunta de los tributos correspondientes a ambos regímenes.
Asimismo, en caso de celebrarse Acuerdos de colaboración entre los municipios y la Provincia de Salta, dicha recaudación conjunta también abarcará las contribuciones municipales que incidan sobre los sujetos del Régimen Simplificado del Impuesto a las Actividades Económicas. Por último, se establecen los requisitos, condiciones y formalidades que deberán cumplir los sujetos comprendidos.
RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS - DIR. GRAL. RENTAS PCIA. SALTA) 4913
BO: 26/01/2021

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. CONTROLADORES FISCALES. HOMOLOGACIÓN DE EQUIPO DE NUEVA TECNOLOGÍA

Se homologa un equipo denominado “controlador fiscal” de nueva tecnología para la generación de documentos fiscales, no fiscales e informes.
Señalamos que se trata de un equipo denominado “impresora fiscal”.
RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4909
BO: 26/01/2021 9

IDENTIFICACIÓN DEL CONSUMIDOR FINAL

La AFIP actualiza los importes de las operaciones para que los contribuyentes se encuentren obligados a identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta:
En tal sentido deben identificar al adquirente los contribuyentes que efectúan ventas minoristas cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 20.932; o cuando la operación sea por un importe superior a $10.466 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.
También deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea "comercialización mayorista", salvo que la operación se realice por un importe inferior a $10.466 y sea cancelada por medios electrónicos.
La citada modificación obedece a la actualización semestral en base al IPC del periodo julio-diciembre 2020.

SANTA FE. MODIFICACIONES A LA LEY IMPOSITIVA Y AL CÓDIGO FISCAL. RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA Y OTRAS NOVEDADES

Se introducen modificaciones al Código Fiscal y a la ley impositiva y se establece un régimen de regularización tributaria para deudas devengadas hasta el 31 de octubre de 2020.
LEY (PODER LEGISLATIVO SANTA FE) 14025

BUENOS AIRES. REGLAMENTACIÓN DE LA EXENCIÓN EN EL PAGO DE INGRESOS BRUTOS PARA DETERMINADAS ACTIVIDADES EN LOS PERÍODOS 7/2020 A 12/2020

Se establecen los requisitos y demás condiciones para acceder al beneficio de exención para determinados sujetos del pago del impuesto sobre los ingresos brutos por las obligaciones devengadas y/o a devengarse desde el 1ero de julio de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020 -D. (Bs. As.) 1252/2020-.
RESOLUCIÓN NORMATIVA (AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES) 1/2021
BO (BUENOS AIRES): 19/01/2021

TUCUMÁN. APROBACIÓN DEL PROGRAMA APLICATIVO SIAPRE. VERSIÓN 6.0, RELEASE 13

Se aprueba el programa aplicativo “Declaración Jurada SiAPre - versión 6.0 release 13”, que será de uso obligatorio para las presentaciones que se efectúen a partir del 1/2/2021 inclusive.
RESOLUCIÓN GENERAL (DIR. GRAL. RENTAS TUCUMÁN) 6/2021
BO (TUCUMÁN): 15/01/2021 10

TUCUMÁN. INCREMENTO ALÍCUOTA DE INGRESOS BRUTOS PARA LOS SERVICIOS FINANCIEROS E INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

Se incrementan, a partir del período fiscal 2021, del 7% al 9% las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos aplicables a determinadas actividades de servicios de intermediación financiera y servicios financieros.
DECRETO (PODER EJECUTIVO TUCUMÁN) 20-3/2021
BO (TUCUMÁN): 13/01/2021

Visitante N°: 34800231

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