J. WALTER THOMPSON ARGENTINA S.A. – JWT S.A. – THOMPSON CONNECT WORLDWIDE S.A.
A los efectos del Artículo 83 inc. 3º Ley 19.550 se hace saber por tres días la fusión entre J.Walter Thompson Argentina S.A., JWT S.A. y Thompson Connect Worldwide S.A. Todas con sede social en Olga Cossettini 363, piso 3, Ciudad de Buenos Aires. Sociedad Absorbente: J. Walter Thompson Argentina S.A. CUIT 30-52618307-6.Inscripta en la Inspección General de Justicia el 28 de septiembre de 1983, número 9980, Libro 9, Tomo A de Sociedades Anónimas. Sociedades Absorbidas: (i) JWT S.A. CUIT 30-62866341-2. Inscripta en la Inspección General de Justicia el 5 de abril de 1977, número 940, Libro 87, Tomo A de Sociedades Anónimas. (ii) Thompson Connect Worldwide S.A. CUIT 30-70903500-9. Inscripta en la Inspección General de Justicia el 12 de diciembre de 2004, número 16299, Libro 26, Tomo de Sociedades Anónimas
Fusión: J. Walter Thompson Argentina S.A. absorbe a JWT S.A. y Thompson Connect Worldwide S.A., las que se disuelven sin liquidarse, conforme al Compromiso Previo de Fusión suscripto entre los representantes de todas las sociedades con fecha 31 de marzo de 2020, aprobado por Asambleas de Accionistas de todas las sociedades de fecha 20 de abril de 2020. Balances: La fusión se efectúa en base a los balances especiales cerrados al 31 de diciembre de 2019. Valuaciones: a dicha fecha el activo y pasivo de cada sociedad eran: J. Walter Thompson Argentina S.A.: Activo total: $ 312.080.394, Pasivo total: $ 195.691.266. JWT S.A.: Activo total: $ 8.958.118, Pasivo total: $ 1.324.805. Thompson Connect Worldwide S.A.: Activo total: $ 936.529, Pasivo total: $ 204.889. Capital y reformas: Por efecto de la fusión, la Sociedad absorbente aumenta su capital en la suma de $ 553.609, aumentando de $ 9.900.000 a $ 10.453.609, y se modifica el artículo cuarto de su estatuto social. Asimismo se modifica el artículo primero de su estatuto social, referido a su denominación social, manteniendo la denominación de J. Walter Thompson Argentina S.A., pero aclarando su carácter de sociedad continuadora de las sociedades absorbidas. Reclamos de Ley: en la sede social de la sociedad absorbente y/o las sociedades absorbidas.
Alejandro Vidal
Abogado T 59 F 201 CPACF
Autorizado por las Asambleas de accionistas de cada una de las sociedades, de fecha 20/4/2020.
Diario El Accionista
Fact-A:1648 I: 19-06-20 V:23-06-20