SOCIEDADES COMERCIALES - TASA ANUAL - VENCIMIENTO 19 DE DICIEMBRE
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Fijase el día 19 de diciembre de 2017 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual establecida por el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 967-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-27142490-APN-DSC#IGJ, la Decisión Administrativa N° 46 del 24 de abril de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que el segundo párrafo del artículo 9º de la Decisión Administrativa citada en el Visto, delega en este Ministerio la atribución de fijar la fecha de vencimiento para el pago de la tasa establecida en su artículo 4º.
Que resulta apropiado fijar el vencimiento mencionado para el día 19 de diciembre de 2017.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 9º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Fijase el día 19 de diciembre de 2017 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual establecida por el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.
ARTÍCULO 2º.- Vencida la fecha establecida en el artículo anterior, será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Germán Carlos Garavano.
e. 11/12/2017 N° 95506/17 v. 11/12/2017
Fecha de publicación 11/12/2017