PROTOTIPO DEL AFICHE INFORMATIVO
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo informa que la Gerencia de Comunicación y Relaciones
Institucionales, en atención a lo dispuesto por la resolución (SRT) 268/2016, confeccionó un nuevo
afiche, donde se destacan los derechos y obligaciones de trabajadores y empleadores para preservar
condiciones de salud y seguridad en el ámbito del trabajo.
El afiche es de exhibición obligatoria por parte de los empleadores, quienes deben verificar la correcta
conservación del mismo y, en caso de que se encuentre dañado, solicitar su reposición a la
aseguradora.
9
NOVEDADES DE LEGISLACIÓN. ASIGNACIONES FAMILIARES. INCREMENTO DE ASIGNACIONES FAMILIARES Y TOPES DE LOS RANGOS SALARIALES A PARTIR DE MARZO DE 2017
Se formaliza el incremento del valor de las asignaciones familiares y los topes de los rangos salariales a partir del mes de marzo de 2017, en virtud del régimen de movilidad dispuesto por la ley 27160.
RESOLUCIÓN (ADM. NAC. SEGURIDAD SOCIAL) 33-E/2017
BO: 10/03/2017
INCREMENTO A PARTIR DE MARZO DE 2017. DETERMINACIÓN DEL MONTO
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) informa que, para determinar la prima mensual del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO), corresponde tomar el valor del salario mínimo vital y móvil publicado en el mes de diciembre, cuyo último tramo es de $ 8.060.
En consecuencia, por aplicación de la resolución (SSN) 39766/2016, la suma asegurada asciende, a partir de marzo de 2017, a $ 44.330 (5,5 veces el valor del SMVM), mientras que la prima mensual del SCVO se incrementa a $ 9,09 por cada trabajador.
Se recuerda que la vigencia será a partir del período marzo de 2017, cuyos pagos son efectuados por los empleadores en los primeros días de abril.
Por último, la entidad comunica que dicha prima operará hasta el período febrero de 2018.
TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA). COEFICIENTES DE ACTUALIZACIÓN DE LAS REMUNERACIONES MENSUALES. HABERES MÍNIMO GARANTIZADO Y MÁXIMO DESDE MARZO DE 2017. BASE IMPONIBLE. IMPORTE DE LA PRESTACIÓN BÁSICA UNIVERSAL (PBU). DETERMINACIÓN
Se aprueban los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 28 de febrero de 2017 o que continúen en actividad a partir del 1ero de marzo de 2017.
El valor de la movilidad -art. 32, L. 24241- se determina en 12,96%.
La base imponible mínima queda establecida en $ 2.224,32 y la máxima en $ 72.289,62, a partir del devengado marzo de 2017.
Asimismo, se establecen los haberes mínimo garantizado y máximo, vigentes a partir del 1 de marzo de 2017, en $ 6.394,85 y $ 46.849,81, respectivamente, y el importe de la Prestación Básica Universal (PBU), prevista en el artículo 19 de la ley 24241, se fija en la suma de $ 3.021,16.
RESOLUCIÓN (ADM. NAC. SEGURIDAD SOCIAL) 34-E/2017
BO: 10/03/2017