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Buenos Aires, Martes 19 de Enero de 2016
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20770


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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DISPOSICIÓN N° 1/2016
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES Modificaciones en el horario de atención y trámites que se podrán realizar durante el mes de Enero ante la Inspección General de Justicia Bs. As., 15/01/2016 VISTO el Expediente N° S04:0002874/2016 del Registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO: Que durante el mes de enero se inicia el período de feria judicial durante el cual disminuye el flujo de trámites que se inician ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, por lo que resulta conveniente que una parte sustancial del personal tome su licencia anual durante dicho mes. Que atento lo expuesto, resulta necesario para la optimización de las funciones a cargo de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, adoptar previsiones relativas a horarios de atención a la recepción de trámites y diligencias compatibilizando la sustanciación de las actuaciones con las disponibilidades de recursos humanos a fin de llevar sus acciones con eficacia y eficiencia.
Que en atención a la necesidad de planificación, programación, gestión y control de las actividades desarrolladas para el cumplimiento de las metas y acciones asignadas a las distintas áreas del organismo, resulta conveniente modificar la Resolución General IGJ N° 12 del 22 de diciembre de 2015, mediante la cual se estableció el régimen de atención del organismo durante el mes de enero del corriente año.

Que atento que las autoridades del organismo aún no se encuentran designadas y en orden a la oportunidad, mérito y conveniencia, resulta indispensable el dictado de la presente por parte del suscripto.

Que como principio general y en el marco de las facultades asignadas por la estructura organizativa del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES puede avocarse al tratamiento de cuestiones de índole organizativa y administrativa que no afecten la especialidad del organismo inferior.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por los artículos 20 y 21 de la Ley N° 22.315 y en virtud de lo normado en el Decreto N° 12 del 5 de enero de 2016modificatorio del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS REGISTRALES DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Derógase los Artículos 2°, 3°, 4° y 6° de la Resolución General N° 12 del 22 de diciembre de 2015 de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

ARTÍCULO 2° — Modifícase el Artículo 7° de la Resolución General IGJ N° 012/15, el que quedará redactado de la siguiente forma:

«ARTÍCULO 7°.- TRAMITES EXCLUIDOS: No se recibirán durante el mes de enero de 2016 los siguientes trámites:

a) trámites ordinarios y urgentes del Departamento de Precalificación de Sociedades Comerciales y del Departamento de Personería Jurídica de Entidades Civiles;

b) pedidos de expedición de testimonios, certificados, informes comunes y urgentes, pedidos de reintegro, desarchivo y/o consultas de actuaciones de cualquier clase;

c) solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración;

d) presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los sistemas de Ahorro y Capitalización;

e) trámites comunes y urgentes relativos al Departamento de Rúbricas;

f) trámites comunes y urgentes relativos al Departamento de Control Contable de Sociedades Comerciales y al Departamento de Control Contable de Entidades Civiles.»


ARTÍCULO 3° — Modifícase el Artículo 9° de la Resolución General IGJ N° 012/15, el que quedará redactado de la siguiente forma:

«ARTÍCULO 9°.- Suspéndase el plazo para proveer denuncias durante enero de 2016. Sin perjuicio de ello, podrá disponerse su tramitación en caso de requerirlo el ejercicio inmediato de medidas propias de la fiscalización permanente sobre sociedades comprendidas en los artículos 299 y 301 de la Ley N° 19.550, 8° de la Ley N° 22.315, asociaciones civiles, fundaciones o entidades comprendidas en el artículo 9° de la Ley N° 22.315, siempre que dicha solicitud se encuentre debidamente fundada para el tratamiento de asuntos que no admitan demora.»

ARTÍCULO 4° — Instrúyese a la Delegación Administrativa a fin de comunicar lo dispuesto en la presente a las Direcciones, Departamentos, Áreas y Oficinas del Organismo y a los Entes de Cooperación. Asimismo la citada Delegación procederá a colocar extractos informativos en zonas de acceso y circulación del público, cajas recaudadoras, y demás dependencias de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MARTIN BORRELLI, Subsecretario de Asuntos Registrales, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Publicado en el Boletín Oficial el 18/01/2016.-

Visitante N°: 31732118

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