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Buenos Aires, Miércoles 30 de Abril de 2014
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20622


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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NOVEDADES IMPOSITIVAS
Buenos Aires, 28 de abril de 2014 NOVEDADES IMPOSITIVAS INGRESOS BRUTOS. CONTRIBUYENTES DE PAGO MENSUAL. NUEVO RELEASE DEL APLICATIVO La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires informa, a través de su página web, que se encuentra vigente, a partir del 28/2/2014, la Versión 2 - Release 24 del aplicativo para contribuyentes de pago mensual.

INGRESOS BRUTOS. CONTRIBUYENTES DE PAGO BIMESTRAL. NUEVO RELEASE DEL APLICATIVO

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires informa, a través de su página web, que se
encuentra vigente, a partir del 27/2/2014, la Versión 1 - Release 14 del aplicativo para contribuyentes de pago bimestral.

BUENOS AIRES. INGRESOS BRUTOS. SELLOS. INMOBILIARIO. AUTOMOTORES. RÉGIMEN DE
REGULARIZACIÓN DE DEUDAS VENCIDAS O DEVENGADAS AL 31/12/2013

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) establece, hasta el 31/5/2014, un régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y
a los automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2013, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en etapa de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa.
Entre sus características más importantes, destacamos:

- El acogimiento podrá realizarse personalmente en las oficinas de ARBA, telefónicamente o a través
del sitio web www.arba.gov.ar.

- Las modalidades de pago son al contado o en hasta 96 cuotas.

- El importe de cada cuota no podrá ser inferior a $ 150 para deudas del impuesto inmobiliario o a los
automotores, a $ 250 para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos, y a $ 10.000 en el caso de la modalidad especial de pago.

- Vencimientos:

Pago al contado: 15 días corridos contados desde la fecha de formalización de acogimiento.

Anticipo para el pago en cuotas: a los 5 días corridos contados desde la fecha de formalización
del acogimiento.

Pagos restantes: vencen en forma mensual y consecutiva el día 10 de cada mes o inmediato
posterior hábil.

RESOLUCIÓN NORMATIVA
(AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES) 13/2014

BUENOS AIRES (CIUDAD). PROCEDIMIENTO. INTERESES RESARCITORIOS Y PUNITORIOS. TASAS MENSUALES

El Ministerio de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone el incremento en las tasas mensuales de interés resarcitorio y punitorio del 3% y 4%, respectivamente.
Se destaca que se faculta a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos a fijar la entrada en vigencia de las nuevas tasas.

RESOLUCIÓN (MIN. HACIENDA BUENOS AIRES (CIUDAD)) 202/2014
BO (BUENOS AIRES (CIUDAD)): 19/02/2014

BUENOS AIRES (CIUDAD). INGRESOS BRUTOS. CONTRIBUYENTES LOCALES. PAGO ELECTRÓNICO. SISTEMA SETIPAGO. EXCEPCIÓN PARA CONTRIBUYENTES CON ESCASA
FACTURACIÓN

Se excluye de la obligación de realizar el pago electrónico de las declaraciones juradas del impuesto
sobre los ingresos brutos a través del sistema SetiPagos a los contribuyentes locales del impuesto que hayan declarado ingresos totales, en el año inmediato anterior al período que se liquida, inferiores a la suma de $ 4.000.000.

Recordamos que, a partir del anticipo del mes de febrero de 2014, cuyos vencimientos operan en el
mes de marzo de 2014, resulta obligatoria para el resto de los contribuyentes locales, la utilización del
aplicativo online «e-SICOL» a los efectos de la confección de las declaraciones juradas -R. (AGIP Bs. As. cdad.) 687/2013-.

RESOLUCIÓN (ADM. GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS BUENOS AIRES (CIUDAD)) 80/2014

BO: (BUENOS AIRES (CIUDAD)): 13/02/2014

NOVEDADES LABORALES NUEVO «RELEASE» DEL SISTEMA APLICATIVO SICOSS. VERSIÓN 36

La AFIP dio a conocer el «Release 6» de la versión 36 del Aplicativo SICOSS (Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social).

La aplicación mantiene todas las funcionalidades de las versiones anteriores. Las novedades que contiene son las siguientes:

3

- Actualización de los topes remunerativos para el cálculo de los aportes de acuerdo a:

Resolución de la ANSeS 266/2013, en la que se establecen las bases imponibles de $ 861,57 (mínimo) y $ 28.000,65 (máximo), para el período 9/2013 - 2/2014.
Resolución de la ANSeS 27/2014, en la que se establecen las bases imponibles de $ 959,01
(mínimo) y $ 31.167,56 (máximo), a partir del período 3/2014.

- En modalidad de contratación: Se habilitan solo para los períodos entre enero a mayo de cada año
calendario los siguientes códigos de corresponsabilidad gremial vitivinícolas:

- 996 (Mendoza)
- 991 (Río Negro)
- 995 (San Juan)


RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. BENEFICIO DE REDUCCIÓN DE CONTRIBUCIONES PATRONALES, LEY 26476.


CONVENIOS DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL. PRÓRROGA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

Se prorroga el plazo establecido en el artículo 23 de la ley 26476 desde el 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014 para aquellos empleadores comprendidos en el régimen de sustitución de aportes emergentes de Convenios de Corresponsabilidad Gremial suscriptos en el marco de la ley 26377.

Recordamos que el beneficio se originó con motivo del blanqueo y moratoria de fines del año 2008 y consiste en una reducción del 50% de las citadas contribuciones por los primeros 12 meses y del 25%
por los siguientes 12 meses.

DECRETO (PODER EJECUTIVO) 232/2014
BO: 07/03/2014


EMPLEADOS DE COMERCIO. CCT 130/1975. INCREMENTO CONTRIBUCIÓN INACAP. FEBRERO DE 2014


El Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológico para el Comercio (INACAP) dio a conocer el nuevo importe de la contribución a ese Organismo con motivo del último Acuerdo salarial celebrado el 16 de mayo de 2013, que dispuso que los aumentos pactados en el artículo 1 se incorporen a los «básicos» del convenio de la actividad a partir del salario del mes de febrero de 2014 (art. 2 de dicho Acuerdo).

Nuevo importe de la contribución patronal obligatoria al INACAP



Cuota vigente a mayo de 2013

Maestranza A inicial
$ 5.202,30

% aporte
0,50%

Cuota INACAP
$ 26,01

Aumento salarial no remunerativo del 24%, aplicable desdemayo de 2013

Maestranza A inicial
$ 1.248,55

% aporte
0,50%

Cuota INACAP
$ 6,24

Salarización del aumento del 24% aplicable desde febrero de2014

Maestranza A inicial
$ 217,14

% aporte
0,50%

Cuota INACAP
$ 1,09


Total cuota INACAP

Maestranza A inicial
$ 6.667,99

% aporte
0,50%

Cuota INACAP
$ 33,34

- Vigencia: aplicable a los sueldos de febrero de 2014.

- Vencimiento para el pago: los días 15 del mes siguiente.

- Liquidación y emisión de la boleta de pago: a través de la página web www.institutocap.org.ar.

- Lugares de pago: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires y Pago Fácil
(todos ellos en efectivo o cheque); redes Bapropago, Rapipago y Cobro Express (solo en efectivo); red Banelco y red Link (todos ellos en cajeros automáticos o por Internet).

- Mesa de ayuda y consultas: 0810-122-4622 / 5291-8800 (líneas rotativas).


NOVEDADES DE LEGISLACIÓN. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. TOPES MÍNIMO Y MÁXIMO A LAS BASES IMPONIBLES

La base imponible mínima queda establecida en $ 959,01 y la máxima en $ 31.167,56, a partir del devengado marzo de 2014.

RESOLUCIÓN (ADM. NAC. SEGURIDAD SOCIAL) 27/2014 BO: 12/02/2014


NOVEDADES SOCIETARIAS
MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA. ACTUALIZACIÓN DE LAS NORMAS REFERIDAS A LA CALIFICACIÓN DE LA CONDICIÓN DE MIPYME


Mediante la Comunicación A (BCRA) 5529, se actualizan las normas sobre determinación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa. En este sentido se señala que, a los fines de la calificación de una empresa como MiPyME, se considerará el valor promedio de las ventas totales anuales -excluidos los impuestos al valor agregado e internos- obtenido de los últimos 3 estados contables, deducidas hasta el 50% del valor de las exportaciones que surjan de los mencionados balances o información contable.


Asimismo, se indica el nivel máximo de las ventas totales anuales que, según el sector de actividad, deberán registrar para ser consideradas micro, pequeña y mediana empresa. A saber:

- Sector agropecuario $ 54.000.000

- Industria y minería $ 183.000.000

- Comercio $ 250.000.000

- Servicios $ 63.000.000

- Construcción $ 84.000.000

Visitante N°: 26738988

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