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Buenos Aires, Viernes 10 de Febrero de 2012
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20762


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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LUCHA CONTRA EL LAVADO DE DINERO La IGJ establece controles sobre asociaciones civiles, fundaciones, sociedades de capitalización y ahorro y personas expuestas políticamente
LUCHA CONTRA EL LAVADO DE DINERO

La IGJ establece controles sobre asociaciones civiles, fundaciones, sociedades de capitalización y ahorro y personas expuestas políticamente

Las medidas apuntan a establecer procedimientos y controles para prevenir, detectar y reportar las operaciones que puedan estar vinculadas a los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

La Resolución IGJ (G) Nº 2/2012 del organismo dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Control Registral del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos establece que, a partir del 1 de marzo de 2012, será obligatorio cumplir con el trámite de presentación de una declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos por parte de aquellas asociaciones civiles y/o fundaciones que, al momento de la constitución o con posterioridad, reciban donaciones o aportes de terceros por montos que superen los 100 mil pesos, o el equivalente en especie, en un solo acto o en varios, en un período de 30 días.

El trámite deberá realizarse al momento de solicitar autorización para funcionar y con cada presentación de estados contables.

En los casos que la cifra supere los 200 mil pesos, se deberá presentar además la documentación respaldatoria y/o información que sustente el origen declarado de los fondos.

A su vez, la medida establece la obligatoriedad de la presentación de una declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente -incluida en los alcances de la Resolución UIF Nº 11/2011- “por parte de administradores y miembros del órgano de fiscalización de sociedades comerciales y representantes legales de sociedades extranjeras como así también integrantes de la comisión directiva de asociaciones civiles y del consejo de administración de fundaciones”.

Tal declaración jurada deberá presentarse al momento de solicitar la inscripción de la constitución de la sociedad, la autorización para funcionar o con cada cambio de autoridades.

Sociedades de capitalización y ahorro

En tanto, la Resolución IGJ (G) Nº 1/2012 dispone para estas sociedades la obligatoriedad de presentar anualmente una declaración jurada de información “sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo”. La medida se hará efectiva a parir del 1 de marzo próximo.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 31 de Enero de 2012.-
Inspección General de Justicia
Av Paseo Colón 285 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires - 0800-333-3445 - 0800-3333-IGJ
www.jus.gov.ar/igj

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