TARIFAS URGENTES Y SEMIURGENTES PARA PUBLICACIONES EN BOLETIN OFICIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
Disposición 24/2005 Bs. As., 19/5/2005
Establécese el sistema de “trámite
urgente” y “trámite semiurgente” con aranceles diferenciados, de acuerdo con el cuadro tarifario aprobado por la Resolución Nº 7/2005 de la Secretaría Legal y Técnica, para la publicación de avisos comerciales y edictos judiciales, excepto sucesorios, en el Boletín Oficial de la República Argentina.
VISTO la Resolución SLyT Nº 7 del 22 de marzo de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que por norma citada en el Visto se autorizó a la Dirección Nacional del Registro Oficial a instaurar un sistema de “trámite urgente y semiurgente” con aranceles diferenciados, para la publicación de avisos comerciales con previo pago en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Que asimismo se fijaron los aranceles diferenciados que corresponderán a los referidos trámites.
Que esta Dirección Nacional ha efectuado la adecuación de los procesos de recepción y tratamiento de documentación para la publicación de avisos, con el fin de dar un eficiente servicio bajo tales condiciones.
Que así entonces, resulta necesario fijar las modalidades de prestación y banda horaria de atención para la recepción de trámites por este organismo, tanto en su sede central como en cada una de las delegaciones.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL
DISPONE:
Artículo 1º: Instaurar el sistema de trámite urgente y trámite semiurgente” con arancel diferenciado, según Cuadro Tarifario aprobado por RESOLUCIÓN SL y T Nº 7 del 22 de marzo de 2005, para la publicación de avisos comerciales y edictos judiciales, excepto sucesorios, en el Boletín Oficial de la República Argentina, a partir del día 1º de junio de 2005.
Artículo 2º: Establecer que la recepción de avisos bajo las referidas modalidades se realizará en la Sede Central y las Delegaciones del Boletín Oficial de la República Argentina, en las condiciones y correspondientes bandas horarias que se consignan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
Artículo 3º: De forma.- Jorge E. Feijoo.
ANEXO I
1.- Sede Central – Suipacha Nº 767 Ciudad Autónoma de Buenos Aires-.
Desde 11.30 hasta 13.30 horas.
2.- Delegación Tribunales – Libertad Nº 469 Ciudad Autónoma de Buenos Aires-
Desde 8.30 hasta 13.30 horas.
3.- Delegación Colegio Público de Abogados de la Capital Federal – Avda. Corrientes Nº 1441 Ciudad Autónoma de Buenos Aires-.
Desde 10.00 hasta 13.30 horas.
4.- Delegación Inspección General de Justicia – Moreno Nº 251 Ciudad Autónoma de Buenos Aires-.
Desde 9.30 a 12.30 Exclusivamente Avisos de Constitución de Sociedades.
Publicado en Boletín Oficial 20-05-2005
D.N.R.O.: Resolución 7/2005
Publicado en Bol. Of. el 23-03-2005
Publicado en “EL ACCIONISTA” el 30-03-2005
ANEXO I
TRAMITE URGENTE - PUBLICACIONES A LAS 24 HORAS DE SU PRESENTACIÓN.
Estatutos y Contratos de Sociedades Comerciales. Modificaciones.
Estatutos de sociedades por acciones y contratos de S.R.L. o cualquier otro tipo societario y/o modificaciones, de acuerdo con la Ley Nº 19.550 y modificatorias, se cobrará por cada renglón o línea de texto, de hasta SETENTA (70) espacios, o fracción: PESOS DOCE ($ 12) por cada día de publicación. “El excedente de hasta SETENTA(70) espacios en cada renglón se considerará línea completa adicional, cuyo valor será de PESOS DOCE ($12) por cada día de publicación”.
Por Avisos Comerciales y Edictos Judiciales, excepto sucesorios, y toda otra publicación ordenada por disposiciones legales, se cobrará por cada renglón o línea de texto de hasta SETENTA (70) espacios, o fracción: PESOS OCHO CON SETENTA CENTAVOS ($ 8,70) por cada día de publicación.
“El excedente de hasta SETENTA (70) espacios en cada renglón..., cuyo valor será de PESOS OCHO CON SETENTA CENTAVOS ($ 8,70) por cada día de publicación”.
TRAMITE SEMIURGENTE: PUBLICACIONES A LAS 48 HORAS DE SU PRESENTACIÓN.
Estatutos y Contratos de Sociedades Comerciales. Modificaciones.
Estatutos de sociedades por acciones y contratos de S.R.L. o cualquier otro tipo societario y/o modificaciones, de acuerdo con la Ley Nº 19.550 y modificatorias, se cobrará por cada renglón o línea de texto de hasta SETENTA (70) espacios, o fracción: PESOS DIEZ CON TREINTA CENTAVOS ($ 10,30) por cada día de publicación.
“El excedente de hasta SETENTA (70) espacios en cada renglón ..., cuyo valor será de PESOS DIEZ CON TREINTA CENTAVOS ($ 10,30) por cada día de publicación”.
Por Avisos Comerciales y Edictos Judiciales, excepto sucesorios, y toda otra publicación ordenada por disposiciones legales, se cobrará por cada renglón o línea de texto de hasta SETENTA (70) espacios, o fracción: PESOS SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 7,50) por cada día de publicación.
“El excedente de hasta SETENTA (70) espacios... será de PESOS SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 7,50) por cada día de publicación”.