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Buenos Aires, Jueves 21 de Mayo de 2009
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20762


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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SÍNTESIS DOCTRINARIA DE LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - OFICIANA DE JURISPRUDENCIA
BOLETÍN MENSUAL - FEBRERO 2009 - FISCALIA GENERAL Proc. 72 Representación. Validez del mandato convencional para representar en juicio pese a no ser letrado (art. 15 ley 10.996). Si bien es cierto que la libertad de contratar está limitada en materia de mandato, en lo que concierne a los procesos judiciales la representación en juicio sólo puede ser ejercida, además de los representante legales, por los sujetos que enumera el art. 1° de la ley 10.996 del Ejercicio de la Procuración (abogado, procurador y escribano sin ejercicio), no lo es menos que el art. 15 de dicha ley, que exceptúa a las personas de familia dentro del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad, y a los mandatarios generales con facultad de administración respecto de los actos de administración. Estos últimos, sí pueden estar en juicio en representación de su pariente o mandante, pese a no ser profesionales del derecho.
F.G. Dictamen N° 47.735 del 26/02/2009 Sala X Expte. N° 18.186/2008 “Suárez Fabián Enrique c/San Pablo Construcciones SRL s/ley 22.250”. (Dra. Prieto).

PLENARIOS CONVOCADOS

“COUTO DE CAPA, IRENE MARTA c/ AREVA S.A. s/ Ley 14.546”.(Expte. N° 9.589/2005 – Sala IV).Convocado por Resolución de Cámara N° 14 del 25 de junio de 2008.
Temario: “¿Es aplicable lo dispuesto por el art. 253 último párrafo L.C.T. al caso de un trabajador que sigue prestando servicios sin interrupción a las órdenes del mismo empleador, luego del goce del beneficio de la jubilación?”.

“TULOSAI, ALBERTO PASCUAL c/ BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA s/ Ley 25.561” (Expte. N° 8.448/2006-Sala VII). Convocado por Resolución de Cámara N° 27 del 2 de diciembre de 2008.
Tema: procedencia de la inclusión de la parte proporcional del sueldo anual complementario y de la gratificación bonus anual en la base de cálculo de la indemnización establecida en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Visitante N°: 31564886

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