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Buenos Aires, Miércoles 04 de Junio de 2008
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20770


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS DE BUENOS AIRES
SOCIEDADES COMERCIALES Y ASOCIACIONES CIVILES REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO El Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos – D.P.P.J. por Resolución 5/2008 establece el Reempadrona-miento obligatorio de todas las sociedades comerciales y asociaciones civiles; quedan exceptuadas aquellas sociedades y asociaciones inscriptas con posterioridad al 31 de diciembre de 2006. El plazo dispuesto es a partir del 3 de marzo de 2008 al 25 de agosto de 2008 Ante cualquier consulta, no dude en llamarnos al 4331-1883 y 4343-9950






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