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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Jueves 15 de Mayo de 2008
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20763


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
SOCIEDADES COMERCIALES Y ASOCIACIONES CIVILES REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO El Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos – D.P.P.J. por Resolución 5/2008 establece el Reempadrona-miento obligatorio de todas las sociedades comerciales y asociaciones civiles; quedan exceptuadas aquellas sociedades y asociaciones inscriptas con posterioridad al 31 de diciembre de 2006. El plazo dispuesto es a partir del 3 de marzo de 2008 al 25 de agosto de 2008 Ante cualquier consulta, no dude en llamarnos al 4331-1883 y 4343-9950

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