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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Lunes 30 de Julio de 2007
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20614


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Desestímase un recurso jerárquico implícito en el de reconsideración interpuesto contra la Decisión Administrativa Nº 46 del 24 de abril de 2001.
Decreto 949/2007 Bs. As., 23/7/2007

VISTO el Expediente Nº 201.776/23.228/621.369 del registro de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que a través de los Decretos números 360 del 14 de marzo de 1995 y 67 del 24 de enero de 1996, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó sendos regímenes de tasas por la prestación de servicios a cargo de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA dependiente del ex MINISTERIO DE JUSTICIA –actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-.

Que el artículo 59 de la Ley Nº 25.237 (Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio de 2000), ratificó lo dispuesto en los artículos 8º y 9º y 12 del Decreto Nº 360/95, como así también, hasta la fecha de promulgación de dicha ley, lo preceptuado en el Decreto Nº 67/96.

Que, asimismo, la referida norma legal facultó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para establecer los valores o escalas a aplicar para la fijación del importe de las tasas a percibir por la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA; para determinar los procedimientos relacionados con su pago; y para fijar las sanciones aplicables en caso de incumplimiento.

Que en ejercicio de dicha facultad fueron dictadas las Decisiones Administrativas Nº 55 del 18 de mayo de 2000 y 46 del 24 de abril de 2001.

Que la firma VICENTE FORMISANO S.A. impugnó la Decisión Administrativa citada en último término, por vía indirecta y a través del cuestionamiento a la legitimidad de los actos de aplicación que instrumentan las respectivas boletas de pago de tasa anual emitidas por la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Que el respectivo recurso de reconsideración, que lleva implícito el jerárquico en subsidio, fue tramitado en el marco de las previsiones de los artículos 73 y 75 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos – Decreto 1759/72 T.O. 1991”, y desestimado por conducto del artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 274 del 22 de mayo de 2006.

Que corresponde encuadrar la impugnación interpuesta como recurso jerárquico implícito en el de reconsideración interpuesto en forma directa contra los actos de aplicación de la Decisión Administrativa Nº 46/01, e indirectamente contra dicho acto de alcance general, en los términos de los artículos 73 y 83 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos – Decreto 1759/72 T.O. 1991”, cuya resolución compete al Poder Ejecutivo Nacional, a base de las previsiones de los artículos 73, 88 y 90, segunda parte del mismo Reglamento.

Que no se han aportado nuevos elementos que permitan desvirtuar en esta instancia la decisión adoptada por conducto de la Decisión Administrativa antes citada.

Que en consecuencia, el recurso jerárquico implícito en el de reconsideración deducido en las actuaciones citadas en el VISTO debe ser desestimado.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN.

Que los artículos 73, 83 y 90, segunda parte del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991”facultan para el dictado de la presente.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º - Desestimar el recurso jerárquico implícito en el de reconsideración interpuesto indirectamente – a través del cuestionamiento a la legitimidad de los actos de aplicación que instrumentan las respectivas boletas de pago de tasa anual emitidas por la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA –por la firma VICENTE FORMISANO S.A., contra la Decisión Administrativa Nº 46 del 24 de abril de 2001.

Artículo 2º - De forma.- KIRCHNER.- Alberto J.B. Iribarne.

Pub. en Bol. Of. el 25/07/2007

Visitante N°: 26455365

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