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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Martes 06 de Marzo de 2007
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20619


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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CONSORCIO DE COPROPIETARIOS LOS CARDALES COUNTRY CLUB

CONVOCATORIA

Se convoca a los Señores Consorcistas a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria para el día 27 de marzo de 2007, a las 19:00 horas en primera convocatoria y a las 19:30 horas en segunda convocatoria y a las 19:30 en primera convocatoria y a las 20:00 horas en segunda respectivamente, en el Círculo de Oficiales de Mar, sito en la calle Sarmiento 1867 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

1) Designación de dos copropietarios para que, conjuntamente con el Presidente, firmen al acta.

2) Consideración de la Memoria, Inventario, Balance General, Estado de Recursos y Gastos y Estado de Origen y Aplicación de Fondos correspondientes al período 01-01-06 al 31-12-06.

3) Consideración de la gestión del Consejo de Administración saliente.

4) Ratificación de las modificaciones al Reglamento Interno aprobadas por la Asamblea General Extraordinaria de Los Cardales Country Club S.A. del 27 de marzo de 2007.

5) Fijación del número de los miembros Titulares y Suplentes del Consejo de Administración por el término de dos años en reemplazo de los actuales miembros cuyos mandatos expiran en esta Asamblea.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

1) Designación de dos copropietarios para que, conjuntamente con el Presidente, firmen al acta.

2) Consideración sobre la forma de contratación de la Obra de Acceso Físico del Country.

Buenos Aires, 17 de febrero de 2007.
EL ADMINISTRADOR

Art. XXIX: cada copropietario deberá estar al día en el pago de sus obligaciones con el Consorcio para poder participar en las Asambleas.

Art. XXXVII: los copropietarios podrán hacerse representar en las reuniones por otro copropietario exclusivamente mediante carta poder con la firma certificada por escribano público, por un banco o por el Consejo de Administración. Un mismo mandatario no podrá representar a más de cinco copropietarios. El Administrador no podrá asumir la representación de ningún copropietario.

EL PRESIDENTE

Diario «El Accionista»
FANº2798 I.06-03-07 V.06-03-07

Visitante N°: 26658956

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