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Buenos Aires, Martes 20 de Febrero de 2024
AÑO: LXXXI | Edicion N°: 20633


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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MINISTERIO DE SALUD Y AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

ESTABLÉCESE UNA ACTUALIZACIÓN AL VALOR DE LOS ARANCELES VIGENTES DEL SISTEMA DE PRESTACIONES DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-12260083- -APNDNPYRS#AND, la Ley N° 24.901, sus modificatorias y
complementarias, los Decretos N° 1193 del 8 de octubre
de 1998, N° 698 del 5 de septiembre de 2017 y sus
modificatorios y N° 95 del 1 de febrero de 2018, la
Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 428 del 23
de junio de 1999 y las Resoluciones Conjuntas del
MINISTERIO DE SALUD y la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD N° 5 de fecha 1 de agosto de 2023 y N°
7 de fecha 3 de noviembre de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 24.901, sus modificatorias y
complementarias, se instituyó el Sistema de Prestaciones
Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con
Discapacidad.
Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º
del Decreto N° 1193/98, por Resolución N° 428/99 del
entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL
se aprobó el Nomenclador de Prestaciones Básicas para
Personas con Discapacidad, cuyos aranceles se actualizan
periódicamente a partir de la propuesta elevada por el
Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de
Atención Integral a favor de las Personas con
Discapacidad.
Que mediante la Resolución Conjunta N° 5/2023 del
MINISTERIO DE SALUD y la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD se dispuso la actualización al valor de
los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones de
Atención Integral a favor de las Personas con
Discapacidad, en seis tramos acumulativos, según el
siguiente detalle: un DIEZ POR CIENTO (10%) para el
mes de julio de 2023, un CINCO POR CIENTO (5%) para
el mes de agosto de 2023, un CINCO POR CIENTO (5%)
para el mes de septiembre de 2023, un CINCO POR CIENTO
(5%) para el mes de octubre de 2023, un CINCO POR
CIENTO (5%) para el mes de noviembre de 2023 y un
CINCO POR CIENTO (5%) para el mes de diciembre de
2023, de acuerdo con el Anexo N° IF-2023-88303269-APNDE#AND.
Que por el artículo 2° del mismo acto resolutivo se
reconoció un adicional del VEINTE POR CIENTO (20%)
sobre el arancel básico, por zona desfavorable, a las
prestaciones brindadas en las provincias de la zona
patagónica.
Que, posteriormente, por Resolución Conjunta N° 7/2023
del MINISTERIO DE SALUD y la AGENCIA NACIONAL
DE DISCAPACIDAD se dispuso un incremento adicional
a la actualización de los valores de los aranceles del Sistema
de Prestaciones de Atención Integral acordados mediante
la citada Resolución Conjunta N° 5/2023, equivalente a
un DIEZ POR CIENTO (10%) para el período octubre de
2023 y a un CINCO POR CIENTO (5%) para el período
noviembre de 2023, de acuerdo con el detalle consignado
en el Anexo IF-2023-130643345-APN-DE#AND.
Que atento a la necesidad de readecuar los aranceles del
Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con
Discapacidad, el Directorio del Sistema de Prestaciones
Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con
Discapacidad propuso la modificación de dicho
Nomenclador con el objeto de conferir una actualización,
de conformidad con lo acordado mediante Acta N° 422
del mentado Directorio, suscripta el día 2 de febrero de
2024.
Que la referida propuesta comprende establecer un
incremento de los aranceles del Nomenclador del Sistema
de Prestaciones de Atención Integral a favor de las
Personas con Discapacidad, en dos (2) tramos
acumulativos, según el siguiente detalle: un VEINTE POR
CIENTO (20%) para el mes de enero de 2024 y un DIEZ
POR CIENTO (10%) para el mes de febrero de 2024.
Que por el Acta aludida se ratifica la continuidad del
reconocimiento de un adicional del VEINTE POR CIENTO
(20%) a las prestaciones que se brindan en las provincias
de la zona patagónica.
Que la mencionada actualización de los aranceles del
Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con
Discapacidad se detallan en el Anexo N° IF-2024-
11510133-APN-DNPYRS#AND, el cual forma parte
integrante de la presente Resolución.
Que han tomado la intervención de su competencia los
servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE
SALUD y de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD.
Que se actúa en uso de las facultades conferidas por la
Ley N° 22.520 y sus modificatorias, los Decretos N° 1193/
98, N° 698/17 y sus modificatorios, N° 7/23 y N° 96/23.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD Y EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1°. - Establécese una actualización al valor
de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones de
Atención Integral a favor de las Personas con
Discapacidad, en dos (2) tramos acumulativos, según el
siguiente detalle: un VEINTE POR CIENTO (20%) para el
mes de enero de 2024 y un DIEZ POR CIENTO (10%)
para el mes de febrero de 2024, de acuerdo con el Anexo
N° IF-2024-11510133-APN-DNPYRS#AND, que forma
parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. - Reconócese un adicional del VEINTE
POR CIENTO (20%) sobre el arancel básico por zona
desfavorable, a las prestaciones brindadas en las
provincias de la zona patagónica.
ARTÍCULO 3°. - Comuníquese, publíquese, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.
Mario Antonio Russo - Diego Orlando Spagnuolo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución
Conjunta se publican en la edición web del BORA -
www.boletinoficial.gob.are. 08/02/2024 N° 5595/24 v. 08/02/2024
Fecha de publicación 08/02/2024

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