Atención al público y publicaciones:

San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Lunes 17 de Abril de 2023
AÑO: LXXXI | Edicion N°: 20633


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
CONVOCATORIA A ASAMBLEA

HOSPITAL BRITANICO DE BUENOS AIRES, ASOCIACION CIVIL
-

Se convoca a los señores Asociados a la Asamblea General Extraordinaria que se realizará el lunes 8 de mayo de 2023 a las 16.00 horas en forma presencial en el Sitting Room del HOSPITAL BRITÁNICO DE BUENOS AIRES, ASOCIACIÓN CIVIL, en su domicilio legal de la calle Perdriel 74 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para tratar el siguiente

Orden del Día:

1. Consideración de la Reforma de Estatuto en su artículo 27 según lo dispuesto al pie de la presente Convocatoria. (*) (**)

Texto vigente:

27º- Condiciones para Participar en las Asambleas.- Con al menos cuarenta (40) días de antelación a la fecha de la Asamblea se pondrá a disposición de los Asociados el padrón de los que están en condiciones de intervenir.- Se podrá efectuar reclamos hasta cinco (5) días hábiles antes del acto, los que deberán resolverse dentro de los dos (2) días siguientes, debiendo asimismo otorgarse al Asociado un plazo de veinticuatro (24) horas para permitirle subsanar la situación que hubiera podido dar origen a su exclusión del padrón.- Se excluirá del padrón a quienes hubieren sido privados de su calidad de Asociados.- Todo Asociado puede hacerse representar en cualquier Asamblea General mediante carta-poder otorgada a otro Asociado -excepto para la elección de autoridades-, pero nadie puede representar a más de un cinco por ciento (5%) de la totalidad de los Asociados.- Los candidatos para formar parte de los órganos sociales deberán ser propuestos por escrito al Secretario con no menos de diez (10) días de antelación a la respectiva Asamblea.- La propuesta únicamente podrá ser efectuada: a) por la Comisión Directiva, o b) por un grupo de Asociados que represente al menos el veinte por ciento (20%) del total de Asociados.- En todos los casos, el voto será expresado a viva voz y será computado por el Secretario en ejercicio o por quien lo reemplace por decisión de la Asamblea.

Texto propuesto según solicitudes:

27º- Condiciones para Participar en las Asambleas.- Con al menos cuarenta (40) días de antelación a la fecha de la Asamblea se pondrá a disposición de los Asociados el padrón de los que están en condiciones de intervenir.- Se podrá efectuar reclamos hasta cinco (5) días hábiles antes del acto, los que deberán resolverse dentro de los dos (2) días siguientes, debiendo asimismo otorgarse al Asociado un plazo de veinticuatro (24) horas para permitirle subsanar la situación que hubiera podido dar origen a su exclusión del padrón.- Se excluirá del padrón a quienes hubieren sido privados de su calidad de Asociados.- Todo Asociado puede hacerse representar en cualquier Asamblea General mediante carta-poder otorgada a otro Asociado -excepto para la elección de autoridades-, pero nadie puede representar a más de un cinco por ciento (5%) de la totalidad de los Asociados.- Los candidatos para formar parte de los órganos sociales deberán ser propuestos por escrito al Secretario con no menos de diez (10) días de antelación a la respectiva Asamblea.- La propuesta únicamente podrá ser efectuada: a) por la Comisión Directiva, o b) por un grupo de Asociados que represente al menos el veinte por ciento (20%) del total de Asociados.- En todos los casos, el voto será expresado en secreto y será computado por el Secretario en ejercicio o por quien lo reemplace por decisión de la Asamblea.

2. Consideración de la Reforma de Estatuto en su artículo 7 según lo dispuesto al pie de la presente Convocatoria. (*) (**)

Texto vigente:

Artículo 7º- Pérdida del Carácter de Asociado.- Se perderá el carácter de Asociado: a) por haber dejado de reunir las condiciones requeridas por este Estatuto para serlo; b) por no asistir a tres (3) Asambleas Ordinarias consecutivas salvo casos evidentemente justificables, en cuyo caso el cese en el carácter de Asociado deberá ser decidido por la Comisión Directiva a propuesta del Secretario por simple mayoría de votos presentes.- Esta causal no será aplicable a los Asociados Honorarios; c) por estar ausente del país durante un período de más de tres años, en cuyo caso el cese en el carácter de Asociado deberá ser decidido por la Comisión Directiva a propuesta del Secretario por simple mayoría de votos presentes; d) por renuncia; e) por fallecimiento; y/o f) por expulsión, conforme se establece en los artículos 8° y 9° siguientes.

Texto propuesto según solicitudes:

Artículo 7º- Pérdida del Carácter de Asociado.- Se perderá el carácter de Asociado: a) por haber dejado de reunir las condiciones requeridas por este Estatuto para serlo; b) por no asistir a tres (3) Asambleas Ordinarias consecutivas salvo casos evidentemente justificables, en cuyo caso el cese en el carácter de Asociado deberá ser decidido por la Comisión Directiva a propuesta del Secretario por simple mayoría de votos presentes.- Esta causal no será aplicable a los Asociados Honorarios; c) por renuncia; d) por fallecimiento; y/o e) por expulsión, conforme se establece en los artículos 8° y 9° siguientes.

3. Consideración de la Reforma de Estatuto en su artículo 25 según lo dispuesto al pie de la presente Convocatoria. (*) (**).

Texto vigente:

Artículo 25º- Quórum.- Prórrogas.- Las Asambleas se celebrarán válidamente, excepto en el caso de disolución de la Asociación, sea cual fuere el número de Asociados concurrentes, media hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiera reunido ya la mayoría absoluta de los Asociados.- Serán presididas por quien la Asamblea designe de entre los Asociados presentes, por mayoría simple de votos emitidos.- El Secretario de la Comisión Directiva conducirá la Asamblea hasta tanto sea elegido quien la presida y luego actuará como secretario hasta su finalización.- Las Asambleas podrán pasar a cuarto intermedio por una sola vez, debiendo reanudarse la sesión dentro de los treinta (30) días corridos siguientes, sin necesidad de nueva convocatoria.- Se confeccionarán actas separadas de cada reunión.

Texto propuesto según solicitudes:

Artículo 25º- Quórum.- Prórrogas.- Las Asambleas se celebrarán válidamente, excepto en el caso de disolución de la Asociación, sea cual fuere el número de Asociados concurrentes, media hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiera reunido ya la mayoría absoluta de los Asociados.- Serán presididas por quien la Asamblea designe de entre los Asociados presentes, por mayoría simple de votos emitidos.- El Secretario de la Comisión Directiva conducirá la Asamblea hasta tanto sea elegido quien la presida y luego actuará como secretario hasta su finalización.- Las Asambleas podrán pasar a cuarto intermedio por una sola vez, debiendo reanudarse la sesión dentro de los treinta (30) días corridos siguientes, sin necesidad de nueva convocatoria.- Se confeccionarán actas separadas de cada reunión. Se podrá convocar Asambleas que admitan la participación de asociados a distancia, en cuyo caso se permitirá que estos asociados estén comunicados por medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, sujeto al cumplimiento de las formalidades requeridas por este Estatuto y la normativa legal y reglamentaria vigente.

4. Informe de la Comisión Directiva relativa a la sugerencia relacionada con nuevos asociados. (*).

5. Informe de la Comisión Directiva sobre la creación y constitución de una Subcomisión de asociados con el objeto de considerar, examinar y analizar en forma exhaustiva y pormenorizada una reforma a artículos del Estatuto.

6. Consideración de dos asociados para firmar el acta de la presente Asamblea Extraordinaria.

NOTA *: Sobre la base de cartas recibidas por algunos asociados en cumplimento del artículo 24 del Estatuto (Asambleas Extraordinarias) con las solicitudes que se describen a continuación. Las solicitudes referidas a los puntos 1 a 3 expresan contemplar la: “modificación de los Estatutos para que en la elección de las autoridades se adopte un sistema de voto secreto y directo, por lista completa de candidatos y se deje sin efecto el sistema actual por el cual el voto de candidatos autoridades debe ser expresado a viva voz (art.27); modificación de los Estatutos para eliminar la causal de pérdida de carácter de Asociados por estar ausente del país durante un periodo de más de tres años (art 7); y modificación de los estatutos para admitir la participación de los Asociados que prefieran no estar físicamente presentes en Asambleas Ordinarias y Extraordinarias mediante utilización de medios o plataformas informáticas o digitales (art 25)”. La solicitud referida al punto 4 expresa contemplar: “considerando la asamblea extraordinaria solicitada, se sugiere incluir la elección de nuevos Asociados a propuesta de Comisión Directiva partir de nominaciones formuladas por el Consejo de Nominaciones creado en 2022 y/o de otras propuestas que pudieran formularse”. Asimismo, se informa que la Comisión Directiva no ha generado ni gestionado la necesidad de reformar el Estatuto vigente en esta instancia.

NOTA **: Se recuerda que este punto del Orden del Día (que requiere la aprobación por parte de esta Asamblea Extraordinaria) deberá contar con el voto favorable de al menos el setenta y cinco por ciento de los asociados presentes. En el supuesto caso que el punto se votara favorablemente es oportuno recordar los términos del artículo 404 de las normas de la Inspección General de Justicia (la “IGJ”) que establece que las modificaciones estatutarias no entrarán en vigencia hasta tanto no sean aprobadas por la IGJ e inscriptas en el Registro Público a su cargo lo cual deberá ser cumplido.
A fin de realizar una Asamblea ordenada, equitativa y debidamente reglada se establecen las siguientes normas que regirán la misma:
I) La Asamblea se desarrollará en idioma nacional.

II) Como se viene realizando, sólo serán válidas las autorizaciones locales para representar asociados/as que contengan las firmas certificadas y en caso de autorizaciones realizadas en el exterior cumplir con las formalidades que requiere la ley Argentina (certificación notarial más apostilla o consularización). En caso de dudas por favor consulta a Secretario.CD@hospitalbritanico.com.ar.

III) Previo al tratamiento de los puntos del Orden del Dia se seguirán las siguientes reglas procedimentales:
(i) Palabras introductorias del Presidente de la Comisión Directiva.

(ii) Uso de palabra de asociados/as. Se solicita que aquellos/as asociados/as que deseen hacer uso de la palabra sobre el Orden del Día, previo al periodo de votación, envíen su solicitud a Secretario.CD@hospitalbritanico.com.ar antes del 4 de mayo de 2023. A tales efectos se confeccionará una lista de oradores la cual será respetada por todos los asistentes.

(iii) Aquellos/as asociados/as que se han anotado como oradores, gozarán de un máximo 5 minutos para exponer sus opiniones y/o posiciones sobre los puntos del Orden del Día - siempre previo al período de votación. Asimismo, aquellos anotados como oradores tendrán derecho al uso de la palabra por 2 minutos adicionales únicamente en caso de que algún/a asociado/a se haya referido a su persona de manera individualizada (derecho a respuesta).

(iv) En consecuencia, una vez iniciado el período de voto se habrá finalizado el uso de la palabra de los/las asociados/as para llevar a cabo en forma ordenada y concatenada el voto correspondiente a los puntos del Orden del Día.
Alejandro Javier Mansilla Lockwood, Presidente.

EL PRESIDENTE
Diario El Accionista
FACT A-2474 I:17/04/2023 V:19/04/2023

Visitante N°: 27070664

Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral