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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Martes 17 de Enero de 2023
AÑO: LXXXI | Edicion N°: 20633


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

MÁS PLAZO PARA PRESENTACIÓN Y PAGO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES
Hasta el 13 de enero, el cumplimiento será considerado en término.
Resolución General 5313/2023
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que la presentación y el pago de aportes y contribuciones de los recursos de la seguridad social, con vencimientos fijados entre los días 9 y 11 de enero de 2023, ambos inclusive, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen hasta el día 13 de enero de 2023, inclusive.

La medida alcanza a las obligaciones de los empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), referidas a la presentación y, de corresponder, el pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado diciembre de 2022.

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Seguridad Social. Empleadores. Obligaciones de los recursos de la seguridad social. Presentación de declaraciones juradas y/o pago. Vencimientos producidos entre los días 9 y 11 de enero de 2023.

Resolución General 5313/2023

Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-00068699- -AFIP-DVNRIS#SDGREC, y

CONSIDERANDO:

Que determinados contribuyentes y responsables pudieron resultar afectados durante los días 9 al 11 de enero de 2023, ambos inclusive, por dificultades en el acceso a los sistemas de esta Administración Federal, e imposibilitados para cumplir en tiempo y forma sus obligaciones fiscales de presentación de declaraciones juradas y, en su caso, de ingreso de los respectivos saldos, correspondientes a los recursos de la seguridad social cuyo control se encuentra a cargo de este Organismo.

Que se estima razonable contemplar la situación descripta y disponer una nueva fecha hasta la cual las mencionadas obligaciones se considerarán cumplidas en término.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Servicios al Contribuyente, y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Las obligaciones de los empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), referidas a la presentación y, en su caso, al pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado diciembre de 2022, con vencimientos fijados entre los días 9 y 11 de enero de 2023, ambos inclusive, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen hasta el día 13 de enero de 2023, inclusive.

ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día de su dictado.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Carlos Daniel Castagneto

e. 12/01/2023 N° 1558/23 v. 12/01/2023

Fecha de publicación 12/01/2023

Visitante N°: 27072262

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