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Buenos Aires, Miércoles 07 de Diciembre de 2022
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20614


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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NOVEDADES IMPOSITIVAS

SIRE - NUEVO DISEÑO DE IMPORTACIÓN A PARTIR DE DICIEMBRE 2022
A partir del 1ero de diciembre de 2022 los agentes de retención y/o percepción del “Impuesto a las Ganancias – Beneficiario del Exterior” que ingresen los datos en forma individual, global o por lote (importación) a través de “Mis Aplicaciones Web” deberán considerar, las modificaciones efectuadas en el diseño de registro que se detallan en el manual “Especificación de archivo para emisión por lote”.

TUCUMÁN. APROBACIÓN DEL PROGRAMA APLICATIVO SIAPRE - VERSIÓN 6.0, RELEASE 22

Se aprueba el programa aplicativo “Declaración Jurada SiAPre - versión 6.0 release 22”, que será de uso obligatorio.
RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Tucumán) 82/2022
BO: 28/09/2022

REGÍMENES ESPECIALES. SE CREA EL “RÉGIMEN DE FOMENTO DE INVERSIONES PARA EXPORTACIONES DE LAS ACTIVIDADES DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”

Por medio del presente régimen se exceptúa de liquidar en el Mercado Libre de Cambios (MLC) las divisas equivalentes al 20 % de las sumas ingresadas en concepto de inversión extranjera directa y aquellos sujetos inscriptos en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento. podrán destinar el 30% de las divisas correspondientes al incremento de exportaciones, para el pago de remuneraciones al personal en relación de dependencia.
Por otra parte, se establece, bajo ciertas condiciones, la posibilidad de transferir por única vez los Bonos de Crédito fiscal.
DECRETO (Poder Ejecutivo) 679/2022
BO: 11/10/2022

PROCEDIMIENTO FISCAL. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE IMPORTACIONES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y PAGOS DE SERVICIOS AL EXTERIOR (SIRASE)

La AFIP junto a la Secretaría de Comercio dejan sin efecto el “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios” (SIMPES), reemplazándolo por el “Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE)”.
El mismo resulta aplicable a las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas que deban realizar pagos al exterior por cuenta propia o de terceros o actúen como ordenantes del pago, para cancelar obligaciones propias o de terceros.
RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA 5271/2022
BO: 12/10/2022

IMPUESTO PAIS. IMPUESTO PAIS: NUEVAS OPERACIONES ALCANZADAS

Se establece que las siguientes operaciones quedan alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)
„h La adquisición en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos (no incluye enseñanza educativa), y
„h La importación de los bienes suntuarios entre los que se incluyen automóviles y motos de alta gama, jets y aviones privados; embarcaciones de uso recreativo; bebidas alcohólicas premium; relojes, perlas, diamantes y otras piedras preciosas, máquinas tragamonedas y máquinas para minar criptomonedas.
DECRETO (Poder Ejecutivo) 682/2022
BO: 13/10/2022

IMPUESTO PAIS. CONSUMOS EN MONEDA EXTRANJERA: NUEVAS OPERACIONES ALCANZADAS POR EL RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN DE GANANCIAS Y BIENES PERSONALES

Para los consumos con tarjetas de crédito y débito superiores a USD 300 mensuales, pasajes al exterior y paquetes turísticos se establece una percepción adicional a cuenta del impuesto sobre los Bienes Personales del 25%.
Para la adquisición de bienes suntuarios y/o de lujo se establece la percepción a cuenta del impuesto a las Ganancias del 45% y la percepción a cuenta del impuesto sobre los Bienes Personales del 25%. Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación desde el día 13/10/2022
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5272
BO: 13/10/2022

NUEVO RELEASE DEL APLICATIVO IVA

La AFIP puso a disposición el release 5 del aplicativo IVA Versión 5.7. El mismo contiene:
- Adecuaciones en el módulo Exportadores
- Incorporación del Régimen de Editoriales a la tabla «Otros Conceptos que Disminuyen el Saldo Técnico»

SANTA FE. MODIFICACIONES AL RÉGIMEN GENERAL DE RETENCIONES Y PERCEPCIONES DE INGRESOS BRUTOS A PARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE

Se modifica a partir del 1ero de noviembre el régimen general de retenciones y percepciones del impuesto sobre los ingresos brutos -RG (API) 15/1997-.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Prov. Impuestos Santa Fe) 29/2022
BO: 28/10/2022

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. GANANCIAS PARA EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBILADOS Y PENSIONADOS: SE INCREMENTA CON LAS REMUNERACIONES DEVENGADAS A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 2022 EL MONTO PARA DEJAR DE TRIBUTAR EL IMPUESTO

Se incrementa a $ 330.000 el tope de ingresos mensuales a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados quedan exceptuados de pagar el impuesto a las ganancias. Asimismo, se exime del pago del impuesto a la segunda cuota del SAC de los trabajadores cuya remuneración y o haber bruto no supere la mencionada suma.
DECRETO (Poder Ejecutivo) 714/2022
BO: 28/10/2022
NUEVO RELEASE DEL APLICATIVO SICORE
La AFIP puso a disposición el release 7 del aplicativo SICORE Versión 9.0.
En el mismo se incorporan regímenes de acuerdo a la RG (AFIP) 5272.

BCRA. SE HABILITO UNA BASE DE FACTURAS DE CRÉDITO ELECTRONICAS MIPYME IMPAGAS AL VENCIMIENTO

El Banco Central de la República Argentina habilitó la Central de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME impagas al vencimiento (CenFIV)
En esta base es posible consultar por número de CUIT la información de las empresas deudoras sobre los indicadores calculados en relación con las Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME (FCEM) impagas al vencimiento.
https://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/Central-de-Facturas-de-Credito-Electronicas-Impagas-CenFIV.asp

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBILADOS, PENSIONADOS Y ACTORES: REGLAMENTACIÓN DEL INCREMENTO DEL MONTO MÍNIMO PARA EFECTUAR LA RETENCIÓN DE GANANCIAS APLICABLE A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 2022

La AFIP reglamenta las modificaciones del régimen de retención del impuesto a las ganancias, que libera del impuesto a partir de noviembre de 2022 a los salarios y/o haberes brutos devengados por hasta $ 330.000, incluyendo la segunda cuota del SAC; y se establecen los tramos y deducciones adicionales para los salarios y/o haberes brutos mensuales superiores a $ 330.000 y hasta $ 431.988.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5280
BO: 07/11/2022

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. SE APRUEBA LA VERSIÓN 21.0 DEL APLICATIVO GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS
Se aprueba el programa aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS - Versión 21.0” que deberán utilizar las sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros que practiquen balance comercial, para la determinación y confección de la declaración jurada del impuesto a las ganancias.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5281
BO: 09/11/2022

NOVEDADES LABORALES

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. APLICACIÓN “MI ARGENTINA”: NUEVA FUNCIONALIDAD SOBRE REGISTRACIÓN Y PAGO DE OBLIGACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Se aprueba la vinculación del ícono “Mi Trabajo” dentro de la aplicación “Mi Argentina”, a través de la cual los ciudadanos que cuenten con un usuario validado en la misma podrán consultar la información relativa a la registración y el estado de pago de las obligaciones con destino a los recursos de la seguridad social.
RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA (Sec. Innovación Pública - Adm. Fed. Ingresos Públicos) 5287
BO: 18/11/2022
NOVEDADES SOCIETARIAS
NUEVA VERSIÓN DEL APLICATIVO SITIGJ PARA LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES
La Inspección General de Justicia pone a disposición la nueva versión del aplicativo SITIGJ para la presentación de estados contables por parte de sociedades por acciones y sociedades de responsabilidad limitada comprendidas en el inciso 2) del artículo 299 de la LGS.
La versión 1.30 se encuentra vigente desde el 11 de noviembre de 2022.
Recordamos que el archivo generado por el sistema se debe presentar en IGJ en formato pendrive o CD junto al formulario “Presentación de Balances (Aplicativo SITIGJ)”
SOCIEDADES. TASA ANUAL IGJ 2022: SE ESTABLECE SU VENCIMIENTO PARA EL 7 DE DICIEMBRE DE 2022
Se fija la fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual de sociedades por acciones inscriptas en la Inspección General de Justicia para el día 7 de diciembre de 2022.
Asimismo, se determina que la multa por falta de pago en término será la prevista en la decisión administrativa (IGJ) 46/2001.
RESOLUCIÓN (Min. Justicia y Derechos Humanos) 1737/2022
BO: 18/11/2022

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