Atención al público y publicaciones:

San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Martes 14 de Febrero de 2006
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20601


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA
RESOLUCIÓN I.G.J. Nº 1170 Bs.As. 07-11-05 Sumario: Asociación Civil: Recurso de Aclaratoria de Resol IGJ Nº 951/05 s/Intimación a Convocar a un Nuevo Proceso Electoral y Llamado a Elecciones. SOCIEDAD DE PROPIETARIOS DE AUTOMÓVILES CON TAXÍMETRO


Buenos Aires, 7 de Noviembre de 2005

VISTO:
El expediente Nº 53003/350243(347 correspondiente a la asociación civil “SOCIEDAD DE PROPIETARIOS DE AUTOMÓVILES CON TAXÍMETRO” del registro de esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA; y

CONSIDERANDO:

Que se presenta a fs. 145/46 el Sr. Humberto Horacio MORETTI, en su carácter de presidente de la SOCIEDAD PROPIETARIOS DE AUTOMÓVILES CON TAXÍMETRO S.P.A.T. presentando recurso de aclaratoria de la resolución Nº 951 de fecha 30 de septiembre de 2005 en la que se intima a la entidad a convocar un nuevo proceso electoral y llamado a elecciones.
Con idénticos fines se presenta a fs. 147 el Sr. César Alvarez Gonzales.
En mérito de lo expuesto corresponde señalar lo siguiente:

La Junta Electoral de los comicios deberá estar conformada por los mismos integrantes que participaron en las últimas elecciones.
Los padrones a utilizar serán los mismos que estuvieron vigentes al momento de los comicios de fecha 2 de julio de 2005.
Con respecto a la cuota social, los socios deberán estar al día al momento de celebrarse las nuevas elecciones, en las mismas condiciones que regían al 2 de julio de 2005, a esos efectos deberá habilitarse la tesorería el día en que se celebre el acto eleccionario.

Por ello, lo dictaminado por el Departamento de asociaciones Civiles y Fundaciones y lo dispuesto en los artículos 6 incisos b) y c) y 10 incisos f) y g) de la Ley 22.315,

EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º - Confirmar la Resolución I.G.J. Nº 951/05, en cuanto a la convocatoria a un nuevo proceso electoral y llamado a elecciones teniendo presente los considerandos precedentes con relación a la asamblea a convocar.

ARTÍCULO 2º - Designar a los inspectores Bernardo SARAVIA y Mariana SINGERMAN a fin de que fiscalicen el proceso electoral.

ARTÍCULO 3º - Regístrese. Notifíquese por cédula a los denunciantes en el domicilio constituido en la calle Paysandú 1415 y a entidad en la calle Jerónimo Salguero 1214, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecho vuelvan las actuaciones al Departamento de Asociaciones Civiles y Fundaciones. Dr. RICARDO AUGUSTO NISSEN – INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA.

Visitante N°: 26185148

Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral