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Buenos Aires, Viernes 06 de Septiembre de 2019
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20595


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 533/2019
Resolución 535/2019
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 533/2019

Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-75040454-APN-DGD#MTR, las Leyes N° 18.875 y N° 27.437; y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita la solicitud de Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A. (pertenecientes al Grupo Aerolíneas) por la cual se requiere que se apruebe el caso excepcional que habilita la contratación con firmas extranjeras en los términos del artículo 8° de la Ley N° 18.875, en el marco del procedimiento de selección para la contratación de un servicio de reparación de componentes principales de motores CFMI CFM56-7, PRATT & WHITNEY PW 4100 y GENERAL ELECTRIC CF6 y CF34-10

Que la Ley N° 18.875 de Compre Nacional prevé la protección de las empresas locales, instrumentada por medio de las políticas de reserva de mercado y trato preferencial.

Que mediante la Ley N° 27.437 se estableció el Régimen de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores con el objeto de otorgar preferencia a la adquisición, locación o leasing de bienes de origen nacional, y se mantuvo la vigencia de la Ley N° 18.875, en todo aquello que no se oponga a la referida ley.

Que, a su vez, el artículo 8° de la Ley N° 18.875 establece que sólo en casos excepcionales y aprobados previamente por una resolución del Ministerio competente, en los que se demuestren razones valederas para la licitación o contratación internacional, se podrá contratar la construcción de obras y la provisión de servicios, con empresas que no sean locales.

Que, en consecuencia, el procedimiento de selección en cuestión se rige, entre otras normas, por la Ley N° 18.875.

Que intervinieron las áreas técnicas del Grupo Aerolíneas a fin de dar justificación a la contratación internacional, en particular la DIRECCIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS E INGENIERÍA DE AERONAVES y la GERENCIA TÉCNICA AU y la GERENCIA TÉCNICA AR mediante el Dictamen Técnico publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el día 9 de agosto de 2019.

Que en el referido dictamen se hizo énfasis en la necesidad de contratar un servicio de reparación de componentes principales de motores CFMI CFM56-7, PRATT & WHITNEY PW 4100 y GENERAL ELECTRIC CF6 y CF34-10 con el objetivo que Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A.( pertenecientes al Grupo Aerolíneas) puedan satisfacer las necesidades de reparación de los componentes principales de los motores de sus flotas y disponer de las aeronaves operando en tiempo y forma.

Que, asimismo, el dictamen mencionado sostiene que la magnitud del servicio que se procura contratar requiere que el proveedor que sea seleccionado posea los más altos niveles de idoneidad, experiencia previa demostrada y certificaciones requeridas por la normativa de aplicación y que esto no solo asegurará que la ejecución de las tareas se gestione de la manera más eficiente, sino que principalmente se alcancen los más altos niveles de seguridad operacional y competencia técnica.

Que, sumado a ello, consideró que, dentro del mercado aéreo local, liderado por el Grupo Aerolíneas, no existen servicios de reparación de componentes principales de motores CFMI CFM56-7, PRATT & WHITNEY PW 4100 y GENERAL ELECTRIC CF6 y CF34-10 desarrollados en el país.

Que, a mayor abundamiento, el dictamen detalla que el Grupo Aerolíneas con este servicio busca obtener que se cumpla con las características que esta necesidad requiere y que se analizaron distintos aspectos y criterios que, en su conjunto, buscan atender todas las especificaciones, riesgos y requerimientos regulatorios y contractuales aplicables para alcanzar los más altos niveles de seguridad.

Que, en cuanto al criterio de selección, el referido Dictamen Técnico manifiesta que debe contar con características técnicas y específicas a fin de lograr las funcionalidades y necesidades operativas del Grupo Aerolíneas que se enumeran a continuación: reputación y trayectoria del oferente; experiencia previa comprobada, minimización y mitigación de riesgos (del servicio y de safety), y que posean las certificaciones y las habilitaciones provistas por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), la Federal Aviation Administration (FAA) y la European Union Aviation Safety Agency (EASA) en virtud de que dichas autoridades son las únicas competentes en función de los requisitos regulatorios de aplicación.

Que el mencionado dictamen concluye que no existen en el mercado local oferentes que reúnan las características requeridas ni que tengan las habilitaciones otorgadas por las autoridades competentes, por lo que existen razones valederas para la licitación internacional.

Que, en ese sentido, el Grupo Aerolíneas deberá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8° de la Ley N° 18.875

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 18.875 y los Decretos N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Aprúebase, en los términos del artículo 8° de la Ley N° 18.875, el caso excepcional que habilita la contratación con firmas o profesionales extranjeros, en el marco del procedimiento de selección para contratar un servicio de reparación de componentes principales de motores CFMI CFM56-7, PRATT & WHITNEY PW 4100 y GENERAL ELECTRIC CF6 y CF34-10, para disponer de dichos componentes para la operación de sus aeronaves en tiempo y forma para alcanzar los más altos niveles de seguridad, conforme el Dictamen Técnico publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el día 9 de agosto de 2019, que como Anexo (IF-2019-78510770-APN-MTR) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:

http://www.transporte.gob.ar/UserFiles/boletin/ANEXOS-RESOLUCION-RS-533-2019-MTR/IF-RS-533-2019-MTR.pdf

e. 03/09/2019 N° 65241/19 v. 03/09/2019

Fecha de publicación en Boletín Oficial 03/09/2019

MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 535/2019

Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2019

VISTO el Expediente EX-2019-56912406-APN-DCGYPRRHH#MTR, las Leyes N° 22.520, N° 25.164, N° 27.431 y N° 27.467, los Decretos N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio N° 859 de fecha 26 de septiembre de 2018, N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 338 de fecha 16 de marzo de 2018, las Resoluciones N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, N° 3 de fecha 2 de febrero de 2017 de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, N° 10 de fecha 15 de enero de 2019 de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, N° 66 de fecha 5 de febrero de 2019, N° 86 de fecha 15 de febrero de 2019 y N° 392 de fecha 5 de julio de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 338 del 16 de marzo de 2018 se autorizó, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.431 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018, la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de siete mil (7.000) cargos vacantes, pertenecientes a la reserva establecida por el artículo 6° de dicha ley, en el ámbito del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios.

Que por la Resolución Nº 3 de fecha 2 de febrero de 2017 de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN se incorpora la Convocatoria Interna, dentro de los Tipos de Convocatoria en la cual podrá inscribirse el personal permanente y no permanente, según los artículos 8º y 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 de la Jurisdicción u Organismo al que pertenezca la vacante a cubrir.

Que mediante la Resolución N° 10 de fecha 15 de enero de 2019 de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se asignaron cuarenta y siete (47) cargos vacantes y autorizados para su cobertura por el artículo 4° de la Decisión Administrativa N° 338 de fecha 16 de marzo de 2018 al MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que, asimismo, la mencionada resolución establece como requisito general de admisión a la Convocatoria Interna para la cobertura de los cargos vacantes, la acreditación de experiencia laboral superior a diez (10) años en la Administración Pública Nacional.

Que mediante la Resolución N° 66 de fecha 5 de febrero de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se designó a los integrantes del Comité de Selección N° 1 para la cobertura de cuarenta y siete (47) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), conforme lo establecido por el artículo 29, inciso b) del Anexo I a la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias.

Que mediante la Resolución N° 86 del 15 de febrero de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobaron las Bases de los Concursos y el respectivo llamado mediante Convocatoria Interna conforme a los procesos de selección vigentes, para la cobertura de cuarenta y siete (47) cargos del Agrupamiento General, vacantes y financiados de esta Cartera ministerial.

Que el Comité de Selección N° 1, mediante Acta N° 6 de fecha 21 de mayo de 2019, se ha expedido elevando el Orden de Mérito correspondiente a los cargos concursados de “Asistente Experimentado en Gestión Administrativa - Cargo con Reserva- Subsecretaría de Coordinación Administrativa” (Códigos de Identificación: 2018-019454-MINTRAG-SI-X-C y 2018-019455-MINTRA-G-SI-X-C), “Asistente Experimentado en Gestión Administrativo- Secretaría de Gestión de Transporte” (Códigos de Identificación: 2018-019456-MINTRA-G-SI-X-C al 2018-019482-MINTRA-G-SI-X-C), “Asistente Experimentado en Gestión Administrativa- Secretaría de Planificación de Transporte” (Códigos de Identificación: 2018-019483-MINTRA-G-SI-X-C al 2018-019490-MINTRA-G-SI-X-C) y “Asistente Experimentado en Gestión Administrativa- Subsecretaría de Coordinación Administrativa” (Códigos de Identificación: 2018-019491-MINTRA-G-SI-X-C al 2018-019500-MINTRA-G-SI-X-C).

Que, en consecuencia, por la Resolución N° 392 de fecha 5 de julio de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó la correspondiente Orden de Mérito Definitivo para la cobertura de los cargos vacantes.

Que las designaciones en los aludidos cargos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno para la jurisdicción.

Que las personas propuestas para cubrir los respectivos cargos han cumplimentado los requisitos establecidos en la reglamentación vigente.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE certificó la existencia de crédito presupuestario en el Ejercicio 2019 para solventar la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 355 de de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio N° 859 de fecha 26 de septiembre de 2018 y por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92).

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnanse, a partir del 1° de septiembre de 2019, en la Planta Permanente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, conforme al Cargo, Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado a las personas detalladas en el Anexo (IF-2019-78577873-APN-MTR) que forma parte integrante de la presente medida a efectos de cubrir cuarenta y un (41) cargos vacantes y financiados del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios.

ARTICULO 2°.- Decláranse desiertos los procesos de selección de la Planta Permanente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, correspondiente a SEIS (6) cargos de Asistente Experimentado en Gestión Administrativa, Nivel C.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará a las partidas específicas de la Jurisdicción 57 - MINISTERIO DE TRANSPORTE, de conformidad con la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/09/2019 N° 65305/19 v. 03/09/2019

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