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Buenos Aires, Jueves 24 de Noviembre de 2005
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20619


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - JURISPRUDENCIA ADMIBISTRATO
RESOLUCIÓN I.G.J. N° 1110 Bs.As., 27-10-05 Sumario: Sociedad Extranjera: Inscripción Art. 123 L.S. - Organismo Público Descentralizado de los Estados Unidos Mexicanos - Inscripción de Modificación de Estatutos y Designación de Representante Legal - Dictaminante Solicita Rectificación de Inscripción por Corresponder a Inscripción de Organismo Público y no de Modificación de S.A. «FONDO DE CULTURA ECONÓMICA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE»


Buenos Aires, Octubre 27 de 2005.

Y VISTO:

El Expediente Nº 294977/647893/4398 del Registro de esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA correspondiente a la sociedad extranjera denominada «FONDO DE CULTURA ECONÓMICA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE» de cuyas constancias surge:

1. Que a fs 9/20 de las presentes actuaciones se presentó el Sr. Leandro de SAGATIZABAL en su carácter de apoderado de «FONDO DE CULTURA ECONÓMICA», organismo público descentralizado de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de solicitar su inscripción conforme el Art. 123 de la ley 19550.

2. Que el día 9 de marzo de 2005 bajo el Nº 349 Libro 57 Tomo B de Estatutos Extranjeros fue inscripta la documentación acompañada por el Sr. Leandro de Sagatizabal como modificación de estatutos y designación de representante legal de la sociedad «FONDO DE CULTURA ECONÓMICA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE».

3. Que la dictaminante, sin retirar la documentación inscripta, solicitó la rectificación de la inscripción manifestando que corresponde la inscripción del referido Organismo Público y no de una modificación de la sociedad anónima.

4. Que a fs 27 de estos obrados, la dictaminante solicitó se autorice el desglose de la documentación original a fin de registrar la misma ante el Ministerio de Relaciones Exteriores por tratarse de un Organismo Público de los Estados Unidos Mexicanos.

Que de la escritura número 953 pasada al Folio 176 del Registro 1809 de la Capital Federal, se desprende que la entidad que pretende inscribirse es un Organismo Publico y que se dispuso la disolución y liquidación de la sociedad «FONDO DE CULTURA ECONÓMICA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE»

5. Que fs 169 del expediente de estatutos se encuentra la constancia de que con fecha 10 de noviembre de 1995 se ha practicado nota marginal en la inscripción del estatuto de la sociedad «FONDO DE CULTURA ECONÓMICA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE»

6. Que a fs 29, el Inspector de Justicia, Dr. Emilio Ferrara Muñiz, dictaminó en el sentido que correspondía que la requirente aportara la documentación y precalificara el trámite de cancelación ( Art. 123 de la ley 19550 ) de FONDO DE CULTURA ECONÓMICA, solicitando se deje sin efecto la ins

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