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Buenos Aires, Miércoles 06 de Febrero de 2019
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20617


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA

Declaración jurada sociedades incluidas en el artículo 299 de la Ley N° 19.550
El 28/02 vence el plazo para presentar la DJ. La declaración jurada se enmarca en lo establecido por el artículo 512 del Anexo A de la Resolución General N° 7/2015. La presentación se inicia a través de esta web, completando la planilla correspondiente.

Deberán presentarla las sociedades incluidas en el art. 299 de la Ley 19.550 que revisten el carácter de sujetos obligados a informar a la UIF, que no se encuentren bajo la supervisión del Banco Central de la República Argentina, de la Comisión Nacional de Valores o de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
La declaración jurada deberá ser suscripta por el oficial de cumplimiento y certificada por escribano público. En caso de no haber designado oficial de cumplimiento, deberá ser suscripta por el representante legal.
La presentación se inicia a través de esta  Web. El trámite se completa con la presentación de la planilla impresa, junto con el formulario correspondiente y la documentación respaldatoria (en caso de corresponder), en la sede central de la IGJ o en las ubicadas en los colegios profesionales (solo matriculados), previa solicitud de turno. 
La declaración jurada forma parte del conjunto de medidas del organismo que apuntan prevenir, detectar y reportar operaciones que puedan vincularse a delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Puede Acceder a la planilla para completar la Declaración Jurada DDJJ para sociedades del art. 299 en la Web de la IGJ «http://www.jus.gob.ar»
Genere el formulario «DECLARACION JURADA PLAFT SOCIEDADES ART. 299 (ART. 512 RG 07/15)». Utilice el campo Documentos Adjuntos para indicar que presenta la Declaración Jurada y Solicite Turno en http://www.jus.gob.ar.

Visitante N°: 26587800

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