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Buenos Aires, Viernes 09 de Marzo de 2018
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20614


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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NOVEDADES IMPOSITIVAS
CORRIENTES. ADHESIÓN AL CONSENSO FISCAL DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 2017

La Provincia de Corrientes ratifica el Consenso Fiscal, Acuerdo suscripto el 16 de noviembre de 2017 entre el Poder Ejecutivo Nacional y los representantes de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En ese orden, se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a disponer de todas las medidas y dictar las normas necesarias para dar cumplimiento a las condiciones y alcances establecidos en el mencionado Acuerdo.

LEY (PODER LEGISLATIVO CORRIENTES) 6434
BO (CORRIENTES): 14/02/2018

GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS Y BIENES PERSONALES. VERSIÓN: 18.01 RELEASE 0 – VIGENTE


La AFIP difunde, a través de su página web, la versión 18.01 release 0 del programa aplicativo Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales. Las novedades que incluye la presente versión son las siguientes:

- En la pantalla "Determinación del Impuesto", subpantalla "Deducciones Generales", tanto para fuente argentina como fuente extranjera, se agregó el campo "Aportes a Instituciones de Capital Emprendedor" y el detalle del mismo por período fiscal.

- En la pantalla "Determinación del Saldo", se abrió el detalle del campo "Pago a cuenta fomento a las Inversiones Productivas Pymes. Ley N° 27.264", de manera tal que permita cargarse el detalle de distintos pagos a cuenta con su período de origen.

- En la pantalla "Justificación de Variaciones Patrimoniales", subpantalla "Otros conceptos que no justifican erogaciones y/o aumentos patrimoniales", se incorporó la siguiente opción: "Ley 27.260 - Impuesto especial".

Por su parte, señalamos que la misma no se encuentra habilitada para la liquidación del impuesto a las ganancias y bienes personales correspondiente al año 2017.

GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS - SOCIEDADES. VERSIÓN 15 RELEASE 2

La AFIP difunde, a través de su página web, la versión 15 release 2 del programa aplicativo ganancias personas jurídicas.
IMPUESTO A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA. IMPUESTO SOBRE LOS DÉBITOS Y CRÉDITOS EN LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS. PROCEDIMIENTO FISCAL. SE ADECUAN LAS FECHAS DE VENCIMIENTO
Con el dictado de la resolución general de vencimientos para el año 2018 -RG (AFIP) 4172-E-, se establecieron fechas de vencimiento para el impuesto a la ganancia mínima presunta, impuesto sobre los créditos y débitos en transacciones financieras y para el régimen de información de participaciones societarias distintas a las previstas originalmente en las normas correspondientes. Por medio de las presentes disposiciones, se adecuan dichas normas con el fin de facilitar la comprensión de las mismas, igualando los vencimientos a los dispuestos por la resolución de vencimientos para el año 2018 mencionada precedentemente.

MONOTRIBUTO. SE AMPLÍA EL RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO PERMANENTE PARA SUJETOS EXCLUIDOS DEL MONOTRIBUTO DESDE EL 1° DE ENERO DE 2017

Se establece que podrán ingresar al régimen de facilidades de pago permanente para sujetos excluidos del monotributo -RG (AFIP) 4166-E- aquellos sujetos que hayan sido excluidos del régimen desde el 1° de enero de 2017.

Recordamos que, mediante el citado régimen de facilidades de pago, se podrán regularizar obligaciones correspondientes a las declaraciones juradas determinativas de los impuestos al valor agregado y a las ganancias, como así también los aportes personales de los trabajadores autónomos, más sus respectivos intereses. La adhesión se realizará a través del sistema “Mis Facilidades”, y aquellos pagos realizados en exceso, posteriores a la exclusión, con destino al régimen simplificado, se podrán reimputar en concepto del componente impositivo y previsional a períodos impagos del régimen simplificado anteriores a la exclusión y a aportes personales de los trabajadores autónomos. En caso de que quede un excedente, el mismo se podrá imputar contra el impuesto al valor agregado y el impuesto a las ganancias, en ese orden.

RESOLUCIÓN GENERAL (ADM. FED. INGRESOS PÚBLICOS) 4201-E
BO: 01/02/2018.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. SE PRORROGA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 LA DEVOLUCIÓN DEL IVA A JUBILADOS, PENSIONADOS, BENEFICIARIOS DE LA ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO, ASIGNACIÓN POR EMBARAZO Y PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS NACIONALES

Se prorroga desde el 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2018, ambas fechas inclusive, la devolución del IVA con un tope de $ 300 mensuales para las operaciones de compra de bienes muebles realizadas a través de tarjetas de débito que realicen los siguientes sujetos -L. 27253-:
? jubilados y pensionados que perciban un haber no superior al mínimo garantizado -L. 24241, art. 125-beneficiarios de asignación universal por hijo para protección social, asignación por embarazo para protección social y pensiones no contributivas nacionales, por un importe que no supere el haber mínimo garantizado -L. 24241, art. 125-.

DECRETO (PODER EJECUTIVO) 94/2018
BO: 01/02/2018

LA RIOJA. ADHESIÓN AL CONSENSO FISCAL DEL 16/11/2017

La Provincia de La Rioja ratifica el Consenso Fiscal, Acuerdo suscripto el 16 de noviembre de 2017 entre el Poder Ejecutivo Nacional y los representantes de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
LEY (PODER LEGISLATIVO LA RIOJA) 10056
BO (LA RIOJA): 30/01/2018
NOVEDADES LABORALES TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. ASIGNACIONES FAMILIARES. VALOR DE LA MOVILIDAD. INCREMENTO DE ASIGNACIONES FAMILIARES Y TOPES DE LOS RANGOS SALARIALES A PARTIR DE MARZO DE 2018
Se determina el valor de la movilidad prevista en el artículo 1 de la ley 27160 en 5,71%.
Asimismo, se establece un incremento en las asignaciones familiares contempladas en la ley 24714 y la modificación en los topes de los rangos salariales a partir de marzo de 2018.

RESOLUCIÓN (ADM. NAC. SEGURIDAD SOCIAL) 32/2018
BO: 19/02/2018.

TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA). HABERES MÍNIMO GARANTIZADO Y MÁXIMO DESDE MARZO DE 2018. BASE IMPONIBLE. IMPORTE DE LA PRESTACIÓN BÁSICA UNIVERSAL (PBU). DETERMINACIÓN

Se aplica la primera actualización de la movilidad previsional, prevista en 5,71%, según lo dispuesto por la resolución (SSS) 2-E/2018, a partir del 1 de marzo de 2018.

La base imponible mínima se determina en $ 2.664,52 y la máxima en $ 86.596,10, a partir del devengado marzo de 2018.
Asimismo, se establecen los haberes mínimo garantizado y máximo, vigentes a partir del 1 de marzo de 2018, en $ 7.660,42 y $ 56.121,65, respectivamente.

Se fija el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del decreto 110/2018, reglamentario de la ley 27426, aplicable a partir del mes de marzo de 2018, en las sumas de $ 3.619,07 y $ 6.128,34, respectivamente.

RESOLUCIÓN (ADM. NAC. SEGURIDAD SOCIAL) 28/2018
BO: 19/02/2018

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