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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Martes 09 de Agosto de 2016
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20614


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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SECRETARÍA DE HACIENDA Y SECRETARÍA DE FINANZAS

DEUDA PÚBLICA
Resolución Conjunta 3 - E/2016
Dispónese la emisión de los nuevos instrumentos de deuda pública denominados “Bonos de la República Argentina en Dólares Estadounidenses”
Parte II


i. Las ofertas para adquisición de los valores deberán ser realizadas en firme, únicamente por intermedio del Sistema de Comunicaciones provisto por el MERCADO ABIERTO ELECTRONICO (MAE) (en adelante “SIOPEL”), debiendo contener la siguiente información:
• Identificación de la Entidad Financiera.
• Número de CUIT o CUIL del declarante interesado en la adquisición de los bonos.
• Valor Nominal del bono solicitado: deberá indicar el monto sin decimales, dado que la denominación mínima del bono es VN U$S 1.
• Para el ingreso de ofertas deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
1. Moneda y Monto. La integración de la suscripción de ambos bonos podrá efectuarse en Pesos o Dólares Estadounidenses. Si la suscripción se realiza en Pesos, el Tipo de Cambio Aplicable para la suscripción del título será la cotización “Divisas Venta” del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA correspondiente al día hábil anterior al de envío de la oferta, que podrá consultarse en la página de dicha entidad financiera (http://www.bna.com.ar).

2. Todas aquellas ofertas presentadas en forma incompleta, con errores o transmisiones que no cumplan con los requerimientos del SIOPEL, serán automáticamente rechazadas.

3. Cada oferente será responsable por las ofertas emitidas desde su terminal, a través del SIOPEL.

2.b. Diariamente a las 15:00 horas se realizará la apertura y adjudicación de las ofertas recibidas ese día para el BONAR 1% 2023 y semanalmente los días viernes a las 15:00 horas se realizará la apertura y adjudicación de las ofertas recibidas para el BONAR 0% 2019, a través del SIOPEL. Semanalmente los días viernes se elaborará el listado de adjudicación de ambos instrumentos, detallando los importes en valores nominales y efectivos a ser colocados a cada participante.

2.c. Las liquidaciones de las ofertas aceptadas de ambos bonos se realizarán semanalmente los días miércoles con las ofertas recibidas hasta las 15:00 horas del día viernes anterior.

2.d. En cada fecha de liquidación la Dirección de Administración de la Deuda Pública en base al listado conformado al que hace referencia el punto 2.b, procederá a remitir al BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA los Certificados Globales a nombre de ese Banco y los listados conteniendo la siguiente información:
a. Fecha de adjudicación.
b. Fecha de liquidación.
c. Instrumento y número de ISIN.
d. Denominación de la entidad financiera.
e. Número de cuenta de la entidad financiera participante en la CRYL del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, donde se acreditarán los títulos.
f. Número de CUIT del interesado en la adquisición de los bonos.
g. Importe en valor efectivo que será debitado de la cuenta de efectivo de la entidad financiera participante, radicada en el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en Pesos o Dólares Estadounidenses, según corresponda.
h. Tipo de Cambio Aplicable, de corresponder.
i. Importe en valor nominal que será acreditado en la Cuenta de Registro de la entidad financiera participante.

2.e. El BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA efectuará la liquidación de las operaciones a las 12:00 horas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la fecha de liquidación determinada, por los montos a ser acreditados en la cuenta del TESORO NACIONAL. Simultáneamente procederá a acreditar los valores nominales equivalentes de los instrumentos adjudicados en las Cuentas de Registro de la entidad financiera.

2.f. La presentación de la entidad financiera interviniente presupone la autorización para debitar su correspondiente cuenta de efectivo en el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

3. La Dirección de Administración de la Deuda Pública en base al resultado de la colocación, procederá a registrar la misma mediante la confección de los formularios correspondientes, de acuerdo a las disposiciones de la Contaduría General de la Nación dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS. La Tesorería General de la Nación, procederá a registrar el ingreso de los fondos mediante la confección de los formularios correspondientes.

4. La documentación quedará en poder de la Dirección de Administración de la Deuda Pública, para el control por parte de los organismos competentes.

5. Los correspondientes Certificados Globales serán intervenidos con la firma de los funcionarios autorizados en las correspondientes normas de emisión.

6. Se aceptarán todas las ofertas presentadas, según se detalla a continuación:

6.a. En el caso del BONAR 0% 2019 se aceptarán ofertas hasta las 15 horas del 30 de septiembre de 2016. Si las ofertas recibidas superaran el monto emitido, se procederá a su ampliación hasta cubrir el total ofertado.

6.b. En el caso del BONAR 1% 2023 se aceptarán ofertas hasta el día en el que se alcance el monto emitido o hasta el 31 de diciembre de 2016, lo que ocurra primero. Si las ofertas recibidas superaran el monto emitido, se procederá a realizar la ampliación del monto de emisión hasta cubrir el total ofertado en dicha fecha.

7. La Oficina Nacional de Crédito Público recibirá las ofertas a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial. Para el BONAR 0% 2019 las ofertas serán recibidas hasta las 15:00 horas del día 30 de septiembre de 2016. Para el caso del BONAR 1% 2023 las ofertas serán recibidas hasta las 15:00 horas del día en que se agote el cupo correspondiente o del 31 de diciembre de 2016, lo que ocurra primero.

8. Semanalmente, los días jueves, la Oficina Nacional de Crédito Público transferirá electrónicamente a la “AFIP” a través del servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos” DOS (2) archivos conteniendo la información relativa al estado de las liquidaciones en el exterior y en el país, detallando Número de Identificación de la operación, CUIT del declarante, Número de ISIN, Código de Especie de Caja de Valores, Moneda de Liquidación, Monto Valor Nominal, Cantidad de Efectivo a Transferir y el Tipo de Cambio Aplicable.

9. La apertura de ofertas previstas en los puntos 1. y 2. será efectuada diariamente a las 15:00 horas en presencia de la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Visitante N°: 26446201

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