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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Viernes 22 de Julio de 2016
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20614


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Resolución 13/2016
Sistema de Gestión Documental Electrónica. Nomenclatura.
Bs. As., 19/07/2016
VISTO el Expediente Nº EX-2016-00103773- -APN-SECMA#MM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016 y 561 del 6 de abril de 2016, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 de mayo de 2016 y 171 del 19 de julio de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Resoluciones Nros. 3 del 21 de abril de 2016, 4 del 9 de mayo de 2016, 7 del 2 de junio de 2016 y 9 del 29 de junio de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 y modificatorias, en su artículo 23 octies establece las competencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN entre las cuales se encuentra la de diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión de la Administración Pública Nacional.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 que aprueba el PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprueba la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de expedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto, ordena a las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional la utilización del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el artículo 6 del Decreto N° 561/16, faculta a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que la Resolución N° 3/16 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprueba la implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador de Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico” (EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que las Resoluciones Nros. 4/16 y 9/16 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprueban la inclusión de distintos procedimientos al Nomenclador de Trámites del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que las Resoluciones Nros. 65/16, 101/16 y 171/16 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establecen los cronogramas de implementación de los distintos módulos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que en consecuencia resulta necesario incluir en el Nomenclador de Trámites del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) aquellos procedimientos que deberán realizarse a través del módulo EXPEDIENTE ELECTRÓNICO (EE).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Inclúyase en el Nomenclador de Trámites del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE, los siguientes procedimientos:
1) Creación de cargo extraescalafonario y designación.
2) Contratación Artículo 9 del Decreto N° 1421/02.
3) Contratación Decreto N° 2345/08 con financiamiento externo.
4) Contratación Decreto N° 2345/08 sin financiamiento externo.
5) Aprobación de estructuras organizativas de Primer Nivel Operativo.
6) Aprobación de estructuras organizativas de Segundo Nivel Operativo.
7) Modificación del Decreto N° 357/2002 - Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional.
8) Modificación del Nomenclador de Funciones Ejecutivas - Incorporación y Reasignación.
9) Modificación del Nomenclador de Funciones Ejecutivas - Homologación, Ratificación y Derogación.
10) Función Ejecutiva Designación Transitoria.
11) Solicitud de intervención de proyecto tecnológico.
12) Derecho de acceso a la información.
13) Apoderamiento de Abogados del Cuerpo de Abogados del Estado.
14) Convenios.
15) Reencasillamiento y reubicación agente.
16) Caja chica Rendición.
17) Caja chica Solicitud.
18) Reintegro de gastos.
19) Designación Planta Permanente.
20) Autorización Gastos Fondo Rotatorio.
21) Autorización Gastos.
22) Oficio Judicial.
23) Liquidación General de Haberes.
24) Liquidación Complementaria de Haberes.
25) Autorización Anticipo de Fondos.
26) Reclamo agente.
27) Cese de servicios Jubilación.
28) Cese de servicios Fallecimiento.
29) Cese de servicios Renuncia.
30) Adscripción Agente.
31) Transferencia Agente.
32) Licencia Especial.
33) Solicitud de créditos INAP.
34) Plan Anual de Capacitación.
35) Prórroga Plazo de Jubilación Agente.
36) Reclamo de haberes.
37) Solicitud del pago de Unidades Retributivas.
38) Delegación de firma.
39) Solicitud de pasajes y viáticos nacionales.
40) Reconocimiento de Servicios.
41) Solicitud de autorización apertura cuenta oficial.
42) Solicitud de apertura de cuenta recaudadora CUT.
43) Solicitud de adecuación de denominación de cuentas.
44) Solicitud de prórroga para operar cuenta bancaria.
45) Solicitud de cierre de cuenta recaudadora CUT.
46) Solicitud de incremento de fondo rotatorio.

ARTÍCULO 2° — Los siguientes organismos deberán tramitar exclusivamente mediante el módulo de EXPEDIENTE ELECTRÓNICO (EE) los procedimientos detallados en el artículo precedente:
- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
- SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
- MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
- MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
- MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
- MINISTERIO DE ENERGÍA
- MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
- MINISTERIO DE COMUNICACIONES
- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
- MINISTERIO DE DEFENSA
- MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA,
- SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA,
- INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN, y
- SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN).

ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo Martelli.

Visitante N°: 26452662

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