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Buenos Aires, Viernes 17 de Diciembre de 2004
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20616


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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I.G.J.: Jurisprudencia Administrativa.
Sumario: Denuncia: Convocatoria Convocada por Autoridades No Reconocidas como tal – Acefalía. I.G.J.: Audiencia de Conciliación – Grupos Antagónicos – Listas Padrón Electoral – Diferencias no Resueltas.
RESOLUCIÓN I.G.J. Nº: 1378

Buenos Aires, 27 Octubre 2004

VISTO

El expediente N° 40356/354488/7069 correspondiente a la asociación civil «ASOCIACIÓN ITALIANA DE LOS SANTONOFRESES EN LA ARGENTINA» del registro de esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA; y

CONSIDERANDO:

Que se iniciaron estas actuaciones a raíz de una denuncia incoada por el Sr. Domingo CALAFATI y otros contra la «ASOCIACIÓN ITALIANA DE LOS SANTONOFRESES EN LA ARGENTINA».

En su presentación cuestionaron la convocatoria a la asamblea del 3 de julio de 2004, por haber sido convocada por quienes se arrogan el carácter de autoridades sociales que los denunciantes no reconocen, encontrándose la institución acéfala desde el 13 de diciembre de 2003, fecha en que presentó la renuncia la mayoría de los integrantes de la comisión directiva.

Con fecha 3 de julio de 2004 se celebró la asamblea en cuestión, convocada para tratar la recomposición de la comisión directiva, dadas las 17 renuncias presentadas en la asamblea general ordinaria del día 13 de diciembre de 2003, entre otros puntos. En dicha ocasión los veedores designados para asistir a la misma, se reunieron con el Sr. Pedro POLICARO, quien dijo ser presidente de la entidad y la Sra. Palmira FRASCA, secretaria de actas y se les informó que existía una denuncia en trámite y que los denunciantes solicitaron la intervención de los inspectores como árbitros.

Luego de un extenso debate las veedoras de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, acordaron con ambas partes que serían citadas a concurrir a una audiencia de conciliación.

A fs. 52/53 la entidad contestó el traslado conferido.

Con fecha 6 de agosto de 2004, se celebró la audiencia de conciliación, en la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, presentándose por una parte los Sres. Pedro POLICARO, Ana DEFINA de POLICARO y Palmira María FRASCA, y por la otra los Sres. Felipe FRANZE, Domingo CALAFATI y Nelson Fabián CEVALLOS, quiénes arribaron al siguiente acuerdo:

- Suspender los términos de la denuncia hasta el 1 de noviembre de 2004, y el llamado a elección de autoridades para los comicios a celebrarse el 31 de octubre de 2004.

- En atención al debate habido entre las partes en relación al balance cerrado al 31 de octubre de 2003, convinieron que el mismo fue aprobado.

- Consensuar el padrón de asociados, previa depuración y en condiciones de ser utilizado en las próximas elecciones.

Este organismo de contralor designó inspectores a fin de que lleven a cabo el control preelectoral de las elecciones a realizarse el 31 de octubre de 2004.

A fs. 74 de las presentes actuaciones, obra el informe de los inspectores que asistieron a la sede social de la entidad. En tal ocasión fueron recibidos por el Sr. Pedro POLICARO y la Sra. Palmira FRASCA, quienes hicieron entrega de un padrón confeccionado con los recibos de pago de las cuotas sociales, atento que el libro de registro de asociados estaba en poder de los denunciantes.

En tal ocasión acompañaron además una lista encabezada por el Sr. Pedro POLICARO.

A fs. 76 obra una nueva presentación del Sr. Domingo CALAFATI, manifestando que ninguna de las autoridades provisorias de la entidad se comunicó con él, a los fines de delinear el padrón electoral.

Asimismo, adjuntó un padrón de socios extraído del libro de registro de asociados, que es más amplio que el presentado por el Sr. POLICARO, atento estar también incluidas las personas que no están al día con tesorería.

Acompañó además, una lista encabezada por él.

Con fecha 22 de octubre del corriente se realizó una reunión en la sede social de la entidad a la que asistieron por una parte los Sres. POLICARO y FRASCA y por la otra los Sres. Felipe FRANZE y Domingo CALAFATI.

En tal oportunidad el Sr. FRANZE solicitó la mediación de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, ya que las partes no llegaban a un acuerdo.
Luego de un extenso debate las partes no pudieron arribar a un acuerdo con respecto al padrón de socios a aplicar, al horario de celebración de la asamblea y a la implementación del sistema de votación.

Los Sres. CALAFATI y FRANZE exhibieron el libro de registro de asociados N° 1 a los inspectores que asistieron a la reunión y luego entregaron el mismo al Sr. Pedro POLICARO.

Finalmente, a fs. 129 de estas actuaciones, se presentó el Sr. Domingo CALAFATI impugnando la lista encabezada por el Sr. POLICARO.

En este estado corresponde hacer las siguientes consideraciones:

Las partes no han podido zanjar las diferencias existentes entre ellas.

Con respecto a la convocatoria a elecciones, la circular remitida a los asociados, detallaba que la votación se celebraría a mano alzada, convocándose el acto para las 16 y no consignando la hora de cierre de la votación.

Habida cuenta que se presentaron dos listas, el sistema de votación elegido no resulta aplicable, toda vez que el voto debe ser secreto.

Por otro lado, cabe señalar que siendo la fecha de celebración fijada para las elecciones, el 31 de octubre del corriente, este organismo de control no cuenta con tiempo ni elementos suficientes para dictar una resolución con respecto a cuál debe ser el padrón de socios a utilizar.

Que por todo lo expuesto, lo dispuesto por los Arts. 6º, 10° Inc. b) y d) de la Ley 22.315, de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA y lo dictaminado por el Departamento de Asociaciones Civiles y Fundaciones

EL INSPECTOR GENERAL
DE JUSTICIA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declarar irregular e ineficaz a los efectos administrativos, la convocatoria a elecciones para el 31 de octubre de 2004.

ARTÍCULO 2°.- Designar a los inspectores Alejandro SCHULZE y Bernardo SARAVIA, a efectos de que lleven a cabo la convocatoria a elecciones, previa depuración de padrones, a fin de que se realice el acto eleccionario dentro de los 40 días de notificada la presente.

ARTÍCULO 3°.- Disponer, en el caso de que exista pluralidad de listas, que las elecciones se celebrarán en el horario de 10 a 18 hs., habilitándose una urna para que el voto sea secreto.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Notifíquese por cédula a los denunciantes en Lavalle 2262 P.B. «C» y a la entidad en Juan B. Alberdi 5192. Fecho vuelvan las actuaciones al Departamento de Asociaciones Civiles y Fundaciones. Dr. RICARDO AUGUSTO NISSEN – INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA.

Visitante N°: 26558925

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