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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Martes 29 de Marzo de 2016
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20618


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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SECRETARIA GENERAL

INTERÉS NACIONAL
VI Congreso Latinoamericano de Traducción e Interpretación, “El traductor después del mañana”.

Bs. As., 18/03/2016
VISTO el Expediente N° 44190/2015 del Registro de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985, modificado por el Decreto N° 1517 del 23 de agosto de 1994, la Resolución S.G. N° 459 del 21 de octubre de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la solicitud efectuada por el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, de declarar de Interés Nacional al VI Congreso Latinoamericano de Traducción e Interpretación, “El traductor después del mañana”, que se realizará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 21 al 24 de abril de 2016.
Que dicho acontecimiento es convocado con el objetivo de hacer trascender la labor profesional de los traductores en el mundo y muy especialmente en la región de América Latina.
Que dicho Congreso se convierte en una excelente ocasión para hacer conocer esa milenaria profesión a la sociedad, ofrecer un espacio de intercambio de opiniones y permitir un enriquecimiento concreto de sus asistentes, gracias a la participación de importantes personalidades provenientes del país y del exterior.
Que en un mundo cada vez más interconectado, donde se vuelve ineludible el contacto entre culturas que hablan distintos idiomas, los traductores e intérpretes desempeñan una función social esencial para agilizar la comprensión mutua.
Que la traducción es una herramienta de inestimable valor para fomentar el entendimiento entre los pueblos.
Que teniendo en cuenta el prestigio de la entidad organizadora, expositores y participantes del evento, se considera procedente declarar de Interés Nacional al VI Congreso Latinoamericano de Traducción e Interpretación, “El traductor después del mañana”.
Que la Resolución S.G. N° 459/94 establece los requisitos y procedimientos a los que se debe ajustar el trámite de declaraciones de interés nacional.
Que los MINISTERIOS DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, DE TURISMO y DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han tomado la intervención correspondiente, dictaminando favorablemente.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso j) del Decreto N° 101/85 y su modificatorio, Decreto N° 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1° — Declárase de Interés Nacional al VI Congreso Latinoamericano de Traducción e Interpretación, “El traductor después del mañana”, a desarrollarse del 21 al 24 de abril de 2016, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la Jurisdicción 20.01 - SECRETARÍA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Fernando de Andreis.

Fecha de publicación en Boletín Oficial 28/03/2016.

Visitante N°: 26609314

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