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Buenos Aires, Martes 11 de Agosto de 2015
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20616


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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NOVEDADES IMPOSITIVAS

(Parte III)
REGÍMENES ESPECIALES. MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. MODIFICACIÓN DE CATEGORÍAS Y CLASIFICACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Se adecuan los valores máximos de las ventas totales anuales y se establece un único valor límite de las ventas anuales según el sector de la empresa para incluir en este a todo el universo de las micro,pequeñas y medianas empresas, según el siguiente detalle:- Sector agropecuario: $ 82.000.000.- Sector industria y minería: $ 270.000.000.- Sector comercio: $ 343.000.000.- Sector servicios: $ 91.000.000.- Sector construcción: $ 134.000.000.
La presente resolución entrará en vigencia a partir del 2 de julio de 2015.
RESOLUCIÓN (SEC. PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL) 357/2015
BO: 01/07/2015

PROCEDIMIENTO FISCAL. BLANQUEO DE MONEDA EXTRANJERA. PRÓRROGA AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015
Se prorroga el blanqueo de moneda extranjera hasta el 30 de septiembre de 2015. Recordamos que el mismo comprende la exteriorización voluntaria de moneda extranjera en el país y en el exterior, y que los importes exteriorizados en pesos quedan eximidos de los impuestos nacionales que se omitió declarar oportunamente y no se encuentran sujetos a ningún impuesto especial creado con motivo del presente blanqueo.
DECRETO (PODER EJECUTIVO) 1232/2015
BO: 01/07/2015

NOVEDADES LABORALES
TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL. INCREMENTO PROGRESIVO A PARTIR DE AGOSTO DE 2015 Y ENERO DE 2016

Se fijan los nuevos valores del salario mínimo, vital y móvil de acuerdo con el siguiente cronograma: a) A partir del 1 de agosto de 2015, en $ 5.588 para los trabajadores mensualizados que cumplan la jornada legal de trabajo a tiempo completo y de $ 27,94 por hora para los trabajadores jornalizados.b) A partir del 1 de enero de 2016, en $ 6.060 para los trabajadores mensualizados que cumplan la jornada legal de trabajo a tiempo completo y de $ 30,30 por hora para los trabajadores jornalizados.
Los trabajadores contratados a tiempo parcial (art. 92 ter, LCT) y los contratados con jornada reducida (art. 198, LCT) lo percibirán en forma proporcional.
RESOLUCIÓN (CONSEJO NAC. EMPLEO, PRODUCTIVIDAD Y SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MOVIL) 4/2015
BO: 24/07/2015

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. ASIGNACIONES FAMILIARES. ACTUALIZACIÓN SEGÚN LEY DE MOVILIDAD JUBILATORIA. VIGENCIA
Se establece que las asignaciones familiares previstas en la ley 24714 serán “móviles”, para lo que se aplicará el mismo cálculo del índice de movilidad de la ley de movilidad jubilatoria (26.417). Con relación al impuesto a las ganancias, se establece que los sujetos que perciban asignaciones familiares no podrán computar en el citado impuesto la deducción especial por hijo o cónyuge.
LEY (PODER EJECUTIVO) 27160
BO: 17/07/2015

TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. CONTRATO DE TRABAJO. LIBRO DE SUELDOS Y JORNALES.CERTIFICADO DE TRABAJO. EMISIÓN A TRAVÉS DE INTERNET
Se establece que los empleadores que confeccionen el libro especial previsto en el artículo 52 de la ley de contrato de trabajo (LCT) mediante el registro de hojas móviles a que se refiere el punto 4 del citado artículo y de acuerdo a las previsiones de la resolución general (AFIP) 3781 deberán emitir dichas hojas a través de Internet.

(Continúa en la Próxima Edición).

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