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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Miércoles 28 de Mayo de 2014
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20614


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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FUSION - ESCISIÓN
LAS LLORONAS S.A, - AGROPECUARIA DON JULIO S.A.

A los fines dispuestos por los art. 88 inc. 4° y 83 inc. 3° de la ley 19550 se hace saber por tres días que las asambleas celebradas el 30/04/2014 aprobaron el compromiso previo de escisión-fusión suscripto el 31/03/2014 entre Las Lloronas Sociedad Anónima, inscripta en el R.P.C. el 27/04/1983 bajo el N° 2148 del L° 98 T° A de Estatutos de Sociedades Anónimas Nacionales y Agropecuaria Don Julio Sociedad Anónima, inscripta en el R.P.C. el 9/03/1995 bajo el N° 1995 del L° 116 T° A de SA, ambas con domicilio legal en la calle Marcelo T. de Alvear 2467 Piso 3° Oficina «D» CABA, por el cual Las Lloronas Sociedad Anónima destina parte de su patrimonio para su fusión por incorporación con Agropecuaria Don Julio Sociedad Anónima. Aumento de capital de la sociedad incorporante: $ 4.800. Valuación del activo y del pasivo de las sociedades intervinientes: Las Lloronas Sociedad Anónima $ 1.457.254,13 y $ 780.399,22; Agropecuaria Don Julio Sociedad Anónima $ 2.897.621,54 y $ 2.008.517,32, respectivamente. Valuación del activo y del pasivo destinado a la sociedad incorporante: $ 728.627,07 y 390.199,61, respectivamente.
Autorizado por asamblea del 30/04/2014.

EL AUTORIZADO


Diario «El Accionista»
Fact. A Nº 5448 I:27-05-14 V:29-05-14

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