Atención al público y publicaciones:

San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Viernes 02 de Septiembre de 2011
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20601


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
INTÍMESE A LAS ENTIDADES CIVILES PARA LA PRESENTACIÓN DE UNA DELCARACIÓN JURADA DE ACTUALIZACIÓN DE DATOS. Resolución Nº 1227/2011

Bs. As. 29/8/2011

VISTO lo actuado en el Expediente Nº 5102707/4019936 del Resgiatro de Esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con las prescripciones previstas en el artículo 6º y cc. de la ley 22.315, la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA es el organismo competente para ejercer la función fiscalizadora de las sociedades comerciales y entidades civiles, facultándose a requerir información y todo documentao que estime necesario.

Que en ejercicio de dicha función la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA dictó la REsolución General IGJ Nº 1 de fecha 15 de julio de 2010 que dispuso la obligación de la presentación de una Declaración Jurada de actualización de datos para las sociedades comerciales, sociedades extranjeras, binacionales, asociaciones civiles y fundaciones.

Que mediante las Resoluciones Generales IGJ Nº 2/2010, 4/2010, 5/2010, 1/2011 y 2/2011, este organismo ha rporrogado los plazos de la presentación indicada, otorgándose a las Asociaciones Civilesy Fundaciones un plazo con vencimiento el día 29 de julio de 2011, el cual se encuentra vencido

Que de las tareas de control llevadas a cabo surge que las entidades destalladas en Anexo I no han dado cumplimiento con la normativa precitada.

Que no sólo es una atribución de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA dictar la normativa pertinente a fin de regular la tarea de control de fiscalización, sino también la de intimar a su efectivo cumplimiento.

Que siendo el objetivo de este Organismo agotar las vías necesarias para concretar el cumplimiento de las obligaciones que impone la normativa dictada, resulta pertinente intimar a las entidades a fin de que presenten ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA la DEclaración Jurada requerida.

Que lo anteriormente expuesto es sin perjuicio de lo establecido por el artículo 14 de la Ley 22.315 y artículo 5 de la Resolución General IGJ Nº 1/2010.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 3º, 6º y 21º de la Ley 22.315.

Por ello,

EL INSPECTOR GENERAL
DE JUSTICIA
RESUELVE:

Artículo 1º - Intímese a las entidades civiles detalladas en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente REsolución, a presentar ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA la DEclaración Jurada de actualización de datos establecida por REsolución General IGJ Nº 1 de fecha 15 de julio de 2010.

Artículo2º - De forma. Marcelo O. Mamberti.

Pub. en Bol. Of. el 01/09/2011

Nota: Se publica sin el Anexo que contiene el listado de todas las entidades.

Visitante N°: 26156855

Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral