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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Martes 12 de Julio de 2011
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20616


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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SINTESIS DOCTRINARIA DE LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
BOLETÍN DE MARZO 2011 PROCEDIMIENTO Proc. 57 Medidas cautelares. Medida autosatisfactiva. Piloto que solicita su incorporación en la programación de los vuelos regulares. En el caso el actor sostiene que, a raíz de su afiliación a la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas la empresa Austral Líneas Aéreas del Sur S.A. lo desafectó del plan de vuelos, y que ello reconoce su origen en un conflicto intersindical entre dicha asociación y la Unión de Aviadores de Líneas Aéreas. Como medida cautelar innovativa solicita su incorporación como piloto en la programación de los vuelos regulares. Sin embargo, la mera alegación de un peligro en cuanto a la posible pérdida de habilitación para continuar regularmente prestando servicios en la actividad, sin que se pruebe que la tramitación del proceso ordinario pueda ocasionarle un daño adicional e irreparable, resulta insuficiente para la viabilización de una medida de esa índole. El dictado de una resolución anticipatoria en el marco de un proceso urgente, a diferencia de la pretensión cautelar, requiere la acreditación de la denominada “urgencia pura” que se configura cuando existe una muy fuerte posibilidad de que el justiciable sufra un daño irreparable si no obtiene una respuesta jurisdiccional inmediata. Sala II, S.I. 60528 del 03/03/2011 Expte. N° 54.653/2010 “T.J.F. c/A.L.A.c.S.SA s/acción de amparo”. (G.-P.).

Visitante N°: 26542494

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