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Buenos Aires, Viernes 28 de Mayo de 2010
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20617


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA
Sumario: Sociedad de Ahorro: Presentación de Balances de Liquidación: Observaciones del Sector Contable – Requerimiento de Información. Reiteración de Requerimiento – Cumplimiento Incompleto. Deber de Informar: Infracción Art. 12 de la Ley 22.315. Sanción: Multa. RESOLUCIÓN I.G.J. Nº 713/2009 - VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DE TERMINADOS


Buenos Aires, 25 de Agosto de 2009

VISTO: El Expediente GNº 69.399 caratulado “VOLKSWAGEN S.A. S/LIQUIDACIÓN DE GRUPOS” , y

CONSIDERANDO:

Que tratan las presentes actuaciones la presentación de los balances de liquidación de los Grupos 7901, 7902, 7903 y 7904 administrados por VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DE TERMINADOS y finalizados todos el día 31 de marzo de 2008.

Que a fojas 86 toma intervención el Sector Contable del Departamento Control Federal de Ahorro y luego de analizada la documentación presentada formula una serie de observaciones y un requerimiento de mayor información.

Que a fojas 88 la sociedad se presenta y brinda una respuesta incompleta, razón por la cual se le reitera el requerimiento a fojas 89.

Que a fojas 195, con fecha 21 de noviembre de 2008, la sociedad presenta la evolución de los grupos al mes de marzo de 2008.

Que a fojas 198, se presenta la sociedad a efectos de co9ntestar los puntos 7 y 9 de fojas 86, pero no da cumplimiento a los puntos 1, 4, 5 y 6 del requerimiento donde se la instó a acreditar la puesta a disposición de los fondos, liquidación y pago por reintegro de haberes, distribución de multas y excedentes a dos suscriptos por grupo.

Que la actitud descripta configura una infracción al deber de informar establecido en el artículo 12 de la Ley 22.315, que además obstaculiza las tareas de fiscalización y control de la operatoria.

Que posteriormente, a fojas 201/248 la sociedad presenta un nuevo informe de Evolución de Ingresos y Egresos de los grupos en cuestión al mes de marzo de 2009.

Que la circunstancia de que posteriormente haya presentado el estado de evolución de los grupos en estudio, no subsana la infracción, ya que quedan pendientes de respuesta todas las observaciones formuladas.

Por ello, lo dictaminado por el Departamento Control Federal de Ahorro a fojas 269/270 y las facultades conferidas por los artículos 9, 14 y 21 inciso a) de la Ley Nº 22.315 y 52 y 60 del Decreto Nº 142.277/43 y sus modificatorios y los antecedentes de infracción sancionada a través de la Resolución I.G.J. Nº 1502/04, 742 y 776/08.

EL INSPECTOR GENERAL
DE JUSTICIA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Aplícase a “VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS” una multa de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500) por Incumplimiento al deber de informar, suma que deberá oblar y acreditar su pago en autos dentro de los quince (15) días de notificada la presente resolución bajo apercibimiento de perseguir su cobro por la vía judicial.

ARTÍCULO 2º: Intímase a la sociedad para que dentro del plazo de quince (15) días presente la información omitida, bajo apercibimiento de hacer efectivas mayores sanciones.

ARTÍCULO 3º: Regístrese. Notifíquese a la Sociedad, Cumplido, vuelva al Departamento Control Federal de Ahorro. DR. MARCELO O. MAMBERTI – INSPECTOR GENERAL. INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Visitante N°: 26583369

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