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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Martes 09 de Marzo de 2010
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20618


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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PREVENCION DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACION DEL TERRORISMO (Unidad de Información Financiera)
Extiéndese el plazo establecido en la Resolución Nº 32/10 en relación con la Directiva sobre operaciones sospechosas, modalidades, oportunidades y límites del cumplimiento de la obligación de reportarlas - Registros Automotores y Registros Prendarios. Resolución 37 - Bs. As., 26/2/2010

VISTO, el Expediente Nº 404/2004 del Registro de esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA (U.I.F.), lo dispuesto por la Ley Nº 25.246, modificada por las Leyes Nº 26.087, Nº 26.119 y Nº 26.268, lo establecido en el Decreto Nº 290/07, lo dispuesto por la Resolución UIF Nº 310/09, lo establecido en la Resolución Nº 32/10 y,

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de la Resolución citada en el VISTO, se aprobó la DIRECTIVA SOBRE REGLAMENTACION DEL ARTICULO 21, INCISOS A) Y B) DE LA LEY Nº 25.246. OPERACIONES SOSPECHOSAS. MODALIDADES, OPORTUNIDADES Y LIMITES DEL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE REPORTARLAS - «REGISTROS AUTOMOTOR Y REGISTROS PRENDARIOS», que fuera incorporada como Anexo I de la misma.

Que por el artículo 2º de la mencionada Resolución se aprobó la «GUIA DE TRANSACCIONES INUSUALES O SOSPECHOSAS DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO», que fuera incorporada como Anexo II.

Que mediante el artículo 3º de la misma se aprobó el «REPORTE DE OPERACION SOSPECHOSA», que fuera incorporado como Anexo III.
Que por el artículo 4º se estableció que la Resolución citada en el VISTO comenzaría a regir a los treinta (30) días corridos de su publicación en el Boletín Oficial.

Que por Resolución UIF Nº 32/10 se extendió el plazo de entrada en vigencia de la Resolución UIF Nº 310/09 hasta el día 8 de febrero de 2010.

Que la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS solicitó mediante Nota D.N. Nº 186/10 del 23/02/10, obrante a fs. 329/330, una nueva extensión del plazo de entrada en vigencia de la Resolución UIF Nº 310/09, fundamentando tal petición en la necesidad de conformar una Mesa de Trabajo entre las partes a los fines de fijar los procedimientos pertinentes para la efectiva aplicación de la Resolución citada.

Que la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA se encuentra facultada para emitir directivas e instrucciones que deberán cumplir e implementar los sujetos obligados, conforme lo dispuesto en el artículo 14 incisos 7) y 10) y en el artículo 21 incisos a) y b) de la Ley Nº 25.246.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias, previa consulta al Consejo Asesor de esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA (fs. 305 y 313).

Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
RESUELVE:

Artículo 1º — Extender nuevamente el plazo establecido en el artículo 4º de la Resolución UIF Nº 310/09 por 90 (noventa) días, a contarse desde el vencimiento del plazo acordado por Resolución Nº 32/10, lapso durante el cual se conformará una Mesa de Trabajo entre las partes.

Art. 2º — De forma. — José Sbatella.
Pub. en Bol. Of. el 04/03/2010

Visitante N°: 26612180

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