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Buenos Aires, Viernes 22 de Enero de 2010
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20619


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA Sumario: Listado de Precios de Fábrica de los Bienes a Adjudicar: Incumplimiento de la Obligación de Presentar Información requerida por el Art. 16.2 del Capítulo I de las Normas de Ahorro. Sanción: Multa. RESOLUCIÓN I.G.J. Nº 1018/2009 – PLAN ROMBO S.A.

BUENOS AIRES, 28 de Octubre de 2009

VISTO: El Expediente GN° 71.209 caratulado «PLAN ROMBO S.A. S/LISTA DE PRECIOS» y sus acumulados Expedientes GNros. 69.831, 69.887, 71.173 y 69.719 y,
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones «PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS» acompaña los listados de precios de fábrica de los bienes a adjudicar a través de su plan de ahorro, correspondientes al mes de mayo de 2009.
Que a fojas 12 interviene el Departamento Control Federal de Ahorro y advierte que la información fue presentada en forma extemporánea.
Que dicha falta ya había sido observada en las presentaciones de diciembre de 2008 y enero, febrero, marzo y abril de 2009.
Que la RESOLUCION GENERAL I.G.J N° 26/04 Capítulo I artículo 16.2 sobre «Comunicación de Precios» establece que las sociedades administradoras deben presentar las listas de precios dentro de los diez (10) primeros días corridos de cada mes.
Que el cumplimiento en tiempo y forma de los plazos establecidos por la normativa vigente resulta esencial para el contralor de la actividad de captación de ahorro previo. La falta de observancia a los plazos establecidos en dicha normativa por parte de PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS ha desvirtuado el fundamento de la obligación impuesta por el artículo 16.2 del Capítulo I de las Normas Sobre Sistemas de Capitalización y Ahorro, que es justamente, la de contar con la información fidedigna en tiempo oportuno.
Que idéntica infracción ha sido verificada en los expedientes GNros 69.881, 69.887, 71.173 y 69.719, todos ellos acumulados al presente.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Control Federal de Ahorro a fojas 13, 14 y 15, y las facultades conferidas por los artículos 9, 14 y 21 inc. a) de la LEY N° 22.315 y 52 y cctes. del Decreto N° 142.277/43 y sus modificatorios, y Resolución I.G.J. (G) N° 26/04,

EL INSPECTOR GENERAL
DE JUSTICIA
RESUELVE:

ARTICULO 1°: Aplícase a «PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS» una multa de $ 1.000 (Pesos Un mil) por incumplimiento de la obligación de presentar la información requerida por el artículo 16.2 del Capítulo I de las Normas de Ahorro en tiempo propio. La multa deberá ser oblada y acreditado su pago en estas actuaciones bajo apercibimiento de perseguir su cobro por la vía judicial.
ARTICULO 2°: Regístrese. Notifíquese por cédula a la Sociedad. Oportunamente, vuelva al Departamento Control Federal de Ahorro. Dr. MARCELO O. MAMBERTI - INSPECTOR GENERAL. INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Visitante N°: 26676438

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