Atención al público y publicaciones:

San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Miércoles 08 de Julio de 2009
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20601


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA - JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA
Sumario: Asociación Civil: Entidad Solicita Suspensión Excepcional del Requisito de Antigüedad Requerido por el Estatuto Social. Antigüedad: 3 años. Aprobación. Modificación de Estatuto. “Que ha ingresado un importante número de asociados, quienes han participado activamente de las actividades sociales logrando la reactivación de la entidad y la preservación institucional.” “Que se tiene como antecedente la Resolución IGJ Nº 000920/2007 que obra a fs. 525/529 del trámite referenciado ut supra, en la cual se ha decidido suspender el requisito de antigüedad establecido en el estatuto social, a fin de que un mayor número de asociados participe del acto eleccionario.” RESOLUCIÓN I.G.J. Nº 506/2009 - AGRUPACIÓN GENTE DE ARTE Y LETRAS IMPULSO ASOCIACIÓN CIVIL
BUENOS AIRES, 7 DE JULIO DE 2009

VISTO: el expediente Nª 359532/ 4252 perteneciente a la AGRUPACIÓN GENTE DE ARTE Y LETRAS IMPULSO ASOCIACIÓN CIVIL del registro de esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que se presenta la entidad a fs. 77, solicitando se exima a la misma del requisito de antigüedad impuesto por el estatuto social, en virtud de lo oportunamente resuelto en el trámite Nª 51659 por Resolución IGJ Nº 000920/2007, y en función de la modificación que la entidad implementará en dicho estatuto al respecto.

Que cabe considerar que la regularización de la AGRUPACIÓN GENTE DE ARTE Y LETRAS IMPULSO ASOCIACIÓN CIVIL es reciente, atento a la intervención dispuesta oportunamente por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Que ha ingresado un importante número de asociados, quienes han participado activamente de las actividades sociales logrando la reactivación de la entidad y la preservación institucional.

Que se tiene como antecedente la Resolución IGJ Nº 000920/2007 que obra a fs. 525/529 del trámite referenciado ut supra, en la cual se ha decidido suspender el requisito de antigüedad establecido en el estatuto social, a fin de que un mayor número de asociados participe del acto eleccionario.

Que el requisito de antigüedad establecido en el estatuto social en el inciso a) de su artículo 13º, que es de tres años, será objeto de modificación en el propio seno del acto asambleario, el cual será convocado por las autoridades una vez autorizado el extremo requerido por la misma en estos actuados.

Que la entidad se encuentra cumpliendo cabalmente su objeto social y no existe obstáculo para acceder a lo solicitado, por lo que en virtud de lo dictaminado oportunamente por el Departamento de Asociaciones Civiles y Fundaciones, y lo dispuesto por los artículos 6 y 10 de la Ley 22.315

LA INSPECTORA GENERAL
DE JUSTICIA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Suspender en forma excepcional el requisito de antigüedad requerido por el artículo 13º inciso a) del estatuto social de la AGRUPACIÓN GENTE DE ARTE Y LETRAS IMPULSO ASOCIACIÓN CIVIL, para la renovación de autoridades correspondiente al año 2009.

ARTÍCULO 2º.- La entidad deberá modificar el artículo 13º inciso a) de modo tal que el requisito de antigüedad no altere el normal funcionamiento de la misma en las sucesivas asambleas.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Notifíquese a la entidad al domicilio de Aráoz de Lamadrid 355 de esta ciudad. Oportunamente vuelva al Departamento de Asociaciones Civiles y Fundaciones. Dra. Deborah Cohen-Inspectora General de Justicia-

Visitante N°: 26180342

Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral